La
administración nos plantea un Acuerdo de mínimos, tan de mínimos que no aporta nada
nuevo a lo que ya está garantizado por
Y os lo explicamos de manera sencilla:
-Garantía de las retribuciones:
No
necesitamos ningún acuerdo porque ya estaban garantizadas, desde 2003, tanto
por
“Se
deberá respetar la denominación, retribuciones y demás características de los
puestos afectados y, en ningún caso, supondrán cambio de municipio para el
personal.”
Además
de lo anterior, el acuerdo del CAT, de 2006, que determina que tanto el CAT
como la productividad se incorporarán al complemento específico una vez se
aprueben las Rpt’s.
Por tanto, no aporta nada nuevo ni garantiza nada que no estuviera
garantizado ya.
-Estructura de
El
Acuerdo no aporta nada ya que sólo dice que
Ya
sabemos lo que quiere decir que “podrá”…que hará lo que le dé la gana y, de
momento, no le da la gana de crear nada y deja los partidos judiciales a los
que afecta
Por tanto, no aporta nada nuevo ni garantiza nada.
-Procesos de acoplamiento:
Las
instrucciones, totalmente especificadas, de cómo se tiene que hacer el
acoplamiento ya estaban en
Por tanto, no aporta nada nuevo ni garantiza nada que no estuviera
garantizado ya.
-Compatibilidad de actividades de los
Juzgados de Paz con
Dice
Pero
es que desde CCOO nos negamos a que se establezca ningún tipo de compatibilidad
de actividades que obligaría al personal de los actuales Juzgados de Paz a
asumir trabajo del cabeza de partido.
Porque
quién va a valorar esas cargas de trabajo y con qué criterios?? Y más en una
comunidad turística, como es la nuestra, en la que el trabajo se incrementa
exponencialmente en verano en muchos juzgados y cuando ya hay muchos Registros
Civiles que han descargado, indebidamente, una parte de su faena a los Juzgados
de Paz. Intolerable.
Por tanto, no aporta ninguna garantía que queramos tener, sólo la de
que, probablemente, acaben sobrecargando de trabajo a los compañeros y
compañeras de los Juzgados de Paz (futuras Oficinas de Justicia en los
municipios).
-Actualización de las resoluciones de estructura y de las Rpt’s:
Dice
Por tanto, este punto no aporta nada, de nada, de nada y dar el visto
bueno a que no se creen estas plazas es dar el visto bueno a una ilegalidad.
-Refuerzos:
Dice
Por tanto, sino se garantizan los refuerzos, este punto no sólo no aporta nada, sino que deja entrever, unido a que no se creen las plazas que durante más de 3 años han sido de refuerzo, por dónde va el ahorro que dicen va a suponer este nuevo modelo organizativo:
MENOS PERSONAL PARA MÁS TRABAJO!! ESE SERÁ EL AHORRO, EN PERSONAL!!
Como
hemos dicho más arriba, todos los partidos
judiciales afectados tendrán, como mucho, tres centros de destino: Servicio Común
de Tramitación, Servicio Común General y Oficina de Registro Civil.
A pesar de nuestra solicitud e insistencia, se han negado a crear Servicios Comunes de Ejecución, a crear 2 Áreas en el Servicio Común General (de asuntos generales y de actos de comunicación) y a crear un Área de Violencia sobre la mujer ya que sólo crean un equipo (a nivel funcional pero no como centro de destino) en los partidos donde hay un Juzgado exclusivo de violencia.
NORMAS SOBRE EL ACOPLAMIENTO
Aunque
no estaba en el Orden del día, sí que estuvimos revisando, junto con la
administración, la normas de las que nos habían dado traslado y que, salvo en
alguna cuestión puntual, son un reflejo de lo que se recoge en
Esperamos que nos pasen un nuevo borrador con las debidas correcciones.
OTRO ASUNTOS TRATADOS EN RUEGOS Y
PREGUNTAS:
Complemento
Específico: Seguimos sin NADA
concreto y a la espera de que haya Presupuestos de
PAC: Por fin nos dicen el dinero que solicitaron que se
incluyera en los presupuestos de
Bolsa de trabajo: Se retrasa la convocatoria, al menos, hasta julio y la posible entrada en funcionamiento, al menos, hasta septiembre.
Libranzas
de guardia: Respecto a la
interpretación restrictiva que han hecho al respecto de la última modificación,
nos informan que aún están esperando el informe de