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9 may 2025

Mesa de negociación de las nuevas Rpt's: sin nada que nos beneficie y con muchos perjuicios

Sin nada que nos beneficie y con muchos perjuicios, ayer volvimos a ver en una nueva mesa de negociación, como nuestros derechos se van encogiendo mientras nuestras retribuciones siguen igual y nada parece indicar que, con los nuevos modelos organizativos, el servicio que prestamos vaya a mejorar para la ciudadanía.

La administración nos plantea un Acuerdo de mínimos, tan de mínimos que no aporta nada nuevo a lo que ya está garantizado por la Ley Orgánica, desde el 2003, o por el Reglamento de Ingreso y Provisión de puestos de trabajo. Se han limitado a copiar el Acuerdo firmado entre el Ministerio, Staj, Csif y Ugt, que CCOO no firmamos por absolutamente insuficiente, lo mismo que pasa con éste.

Y os lo explicamos de manera sencilla: 

-Garantía de las retribuciones:

No necesitamos ningún acuerdo porque ya estaban garantizadas, desde 2003, tanto por la LOPJ como por el Reglamento de Ingreso, que dicen:

“Se deberá respetar la denominación, retribuciones y demás características de los puestos afectados y, en ningún caso, supondrán cambio de municipio para el personal.”

Además de lo anterior, el acuerdo del CAT, de 2006, que determina que tanto el CAT como la productividad se incorporarán al complemento específico una vez se aprueben las Rpt’s.

Por tanto, no aporta nada nuevo ni garantiza nada que no estuviera garantizado ya.

-Estructura de la Oficina Judicial:

El Acuerdo no aporta nada ya que sólo dice que la Conselleria podrá crear áreas y/o equipos cuando proceda.

Ya sabemos lo que quiere decir que “podrá”…que hará lo que le dé la gana y, de momento, no le da la gana de crear nada y deja los partidos judiciales a los que afecta la I fase de implantación de los Tribunales de Instancia con sólo 3 centros de destino: el Servicio Común de Tramitación, el Servicio Común General y la Oficina de Registro Civil. Y, ojo, porque su pretensión inicial es que sólo hubiera 2.

Por tanto, no aporta nada nuevo ni garantiza nada.

-Procesos de acoplamiento:

Las instrucciones, totalmente especificadas, de cómo se tiene que hacer el acoplamiento ya estaban en la LOPJ de 2003 y el Reglamento de Ingreso de 2005, con el mismo contenido con que se ha incluido en la Ley Orgánica 1/2025 y en el Decreto de Adecuación de esta Ley.

Por tanto, no aporta nada nuevo ni garantiza nada que no estuviera garantizado ya.

-Compatibilidad de actividades de los Juzgados de Paz con la Oficina Judicial:

Dice la Administración que, previamente, estudiará las cargas de trabajo y que, en ningún caso, se empezará a tener esta compatibilidad de actividades antes de enero del 2026.

Pero es que desde CCOO nos negamos a que se establezca ningún tipo de compatibilidad de actividades que obligaría al personal de los actuales Juzgados de Paz a asumir trabajo del cabeza de partido.

Porque quién va a valorar esas cargas de trabajo y con qué criterios?? Y más en una comunidad turística, como es la nuestra, en la que el trabajo se incrementa exponencialmente en verano en muchos juzgados y cuando ya hay muchos Registros Civiles que han descargado, indebidamente, una parte de su faena a los Juzgados de Paz. Intolerable.

Por tanto, no aporta ninguna garantía que queramos tener, sólo la de que, probablemente, acaben sobrecargando de trabajo a los compañeros y compañeras de los Juzgados de Paz (futuras Oficinas de Justicia en los municipios).

-Actualización de las resoluciones de estructura y de las Rpt’s:

Dice la Administración que van a negociar las necesidades de plantilla, previo estudio de las cargas de trabajo pero, sin fechas concretas para esta revisión, de la que desconocemos los criterios a utilizar, a día de hoy no hay creación alguna de puestos de trabajo, ni tan siquiera las plazas de los casi 100 refuerzos que llevan nombrados más de 3 años y a pesar de que la LOPJ obliga a la creación de estas plazas  si son necesidades estructurales.

Por tanto, este punto no aporta nada, de nada, de nada y dar el visto bueno a que no se creen estas plazas es dar el visto bueno a una ilegalidad.

-Refuerzos:

Dice la Administración que se procederá al estudio de las cargas de trabajo, pero no dice que los refuerzos existentes vayan a continuar...

Por tanto, sino se garantizan los refuerzos, este punto no sólo no aporta nada, sino que deja entrever, unido a que no se creen las plazas que durante más de 3 años han sido de refuerzo, por dónde va el ahorro que dicen va a suponer este nuevo modelo organizativo:

MENOS PERSONAL PARA MÁS TRABAJO!! ESE SERÁ EL AHORRO, EN PERSONAL!!

 RPT’S DE LA I FASE 

Como hemos dicho más arriba, todos los partidos judiciales afectados tendrán, como mucho, tres centros de destino: Servicio Común de Tramitación, Servicio Común General y Oficina de Registro Civil.

A pesar de nuestra solicitud e insistencia, se han negado a crear Servicios Comunes de Ejecución, a crear 2 Áreas en el Servicio Común General (de asuntos generales y de actos de comunicación) y a crear un Área de Violencia sobre la mujer ya que sólo crean un equipo (a nivel funcional pero no como centro de destino) en los partidos donde hay un Juzgado exclusivo de violencia. 

NORMAS SOBRE EL ACOPLAMIENTO 

Aunque no estaba en el Orden del día, sí que estuvimos revisando, junto con la administración, la normas de las que nos habían dado traslado y que, salvo en alguna cuestión puntual, son un reflejo de lo que se recoge en la Ley 1/2025 y el Decreto de adecuación de esta Ley.

Esperamos que nos pasen un nuevo borrador con las debidas correcciones. 

OTRO ASUNTOS TRATADOS EN RUEGOS Y PREGUNTAS: 

Complemento Específico: Seguimos sin NADA concreto y a la espera de que haya Presupuestos de la Generalitat. 

PAC: Por fin nos dicen el dinero que solicitaron que se incluyera en los presupuestos de la Generalitat para el incremento: 1.520.000 €. Como en el punto anterior, a la espera de que haya presupuestos para ver si todo esto se materializa en algo real. 

Bolsa de trabajo: Se retrasa la convocatoria, al menos, hasta julio y la posible entrada en funcionamiento, al menos, hasta septiembre. 

Libranzas de guardia: Respecto a la interpretación restrictiva que han hecho al respecto de la última modificación, nos informan que aún están esperando el informe de la Abogacía.