Reconocimiento de oficio del Subsidio por Incapacidad Temporal en la MUGEJU


28 dic 2021



  • . La MUGEJU anuncia que reconocerá de oficio el subsidio por IT a partir del séptimo mes de baja sin necesidad de solicitud de la persona interesada
  • . Para CCOO se plantean dudas sobre la efectividad de la medida si no se establecen mecanismos obligatorios para el Ministerio y Consejerías de Justicia para que envíen a la Mutualidad la documentación necesaria

CCOO requerirá a todas las administraciones competentes para que comuniquen a la MUGEJU de forma inmediata la concesión de licencias por enfermedad de más de seis meses de duración y para que remitan a la Mutualidad en estos casos el certificado de retribuciones del primer mes de baja, necesario para el cálculo del subsidio por IT

Imprimir artículo