La Dirección General de Justicia ha colgado una nota en la intranet, sobre el disfrute de los días de vacaciones del personal interino. Os dejamos el enlace a la misma, así como el texto íntegro para que podáis consultarla directamente:Nota
"INFORME
RECORDATORIO SOBRE EL DISFRUTE DE VACACIONES Y PERMISO POR
ASUNTOS PARTICULARES DEL PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO
Ante la finalización de los nombramientos de
personal temporal, se procede a recordar las disposiciones legales en materia
de disfrute de vacaciones y días de permiso por asuntos particulares, y las
condiciones aplicables al personal afectado.
1. Derecho al
disfrute de vacaciones y permisos por asuntos particulares
Conforme al artículo 50 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público (TREBEP), los funcionarios públicos tienen derecho a
disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de
veintidós días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el
tiempo de servicio durante el año fue menor.
Este derecho es irrenunciable e inalienable, lo que
implica que no puede ser sustituido por una cuantía económica, salvo en casos
excepcionales previstos por la ley.
Así mismo, a lo largo del año, los empleados
públicos tienen derecho a disfrutar de días de permiso por asuntos particulares
en número proporcional al de servicios efectivos prestados durante el mismo.
2. Obligación
de disfrute durante el periodo de nombramiento
Los refuerzos tienen una duración determinada,
establecida en el propio nombramiento.
Por su parte, las resoluciones de los concursos de
traslados establecen la fecha concreta del cese del personal temporal, con el
consiguiente fin del nombramiento.
En uno y en otro caso, el personal temporal de
refuerzo o interino en plaza vacante que pueda verse afectado por la resolución
de un concurso de traslados debe disfrutar de sus vacaciones y días de permiso
por asuntos particulares, dentro del periodo de su nombramiento y siempre con
anterioridad a la fecha de finalización de este.
La Administración tiene la obligación de garantizar
su disfrute efectivo, por lo que no procede el abono económico por días no
disfrutados, salvo, en el caso de las vacaciones, en situaciones excepcionales
debidamente justificadas.
3. Excepciones
para el personal afectado por un concurso de traslados
En el caso del personal temporal afectado por la
resolución de un concurso de traslados, dada la naturaleza excepcional de la
situación, se podrá autorizar el disfrute de los días de vacaciones no
disfrutados durante el siguiente nombramiento en un órgano judicial cuya
gestión corresponda a la Generalitat Valenciana, dentro del mismo año del nombramiento.
Esta autorización estará sujeta a la debida
justificación de la imposibilidad de disfrute antes de la finalización del
nombramiento y será evaluada por la Dirección General
de Justicia y Autogobierno.
4. Conclusión
Es imperativo que todo el personal afectado por la
finalización de los nombramientos sea de refuerzo o por la resolución de un
concurso de traslados, cumpla con las disposiciones legales en materia de
disfrute de vacaciones y días de permiso por asuntos particulares.
La Administración velará por el cumplimiento
de estos derechos y garantizará su ejercicio efectivo, en aras de la legalidad
y el bienestar del personal funcionario.
Se insta a todos los interesados a planificar y
solicitar el disfrute de sus vacaciones y días de permiso por asuntos
particulares, con antelación, conforme a los plazos establecidos, para evitar
situaciones que puedan comprometer el cumplimiento de la normativa vigente, así
como denegaciones por parte de los LAJs, por necesidades del servicio.
Así mismo, se aconseja el disfrute de los días de
vacaciones y permisos a medida que se vayan generando, evitando así la
acumulación en las fechas finales del nombramiento con los consiguientes
problemas para su disfrute.
La Subdirección General de Recursos Humanos de la Administración de
Justicia se pone a disposición para resolver cualquier duda o consulta al
respecto.
La directora general de Justicia y Autogobierno"