Alerta roja: Acuerdo Sala Gobierno TSJ sobre asistencia al trabajo y actos procesales


1 oct 2026


Por fin el TSJ ha dado un paso adelante y, vista la alarmante previsión metereólogica, la Sala de Gobierno ha acordado considerar justificada la no asistencia a cualquier acto procesal, o el no desplazamiento al centro de trabajo, mientras dure la alerta roja que comienza a las 18 horas.

Os dejamos el texto del Acuerdo y el enlace al documento:


D. Rafael Lara Hernández, SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, con sede en VALENCIA,

C E R T I F I C O: Que en el “Libro de Actas de las sesiones de la Sala de Gobierno” de este Tribunal Superior de Justicia, que se halla a mi cargo, en la correspondiente a la celebrada el día de la fecha 1 de octubre de 2026 con carácter de urgencia, figura el siguiente “ACUERDO”, que copiado literalmente es como sigue: 

Visto que, como consecuencia de la alerta roja por lluvias declarada por AEMET, el envío del Es-Alert y las comunicaciones de la DGJV referentes a la situación de alerta en la que se adoptan medidas preventivas para el personal, y que afecta a distintos municipios y zonas de la provincia de Valencia y Castellón, se ha procedido por las autoridades competentes a activar los correspondientes planes de emergencia y las medidas de protección civil, con afección significativa a la movilidad de personas y vehículos en diversas zonas del territorio. 

Visto, igualmente, que la evolución de la situación en las próximas horas a partir de las 18:00h del día de hoy, las restricciones de circulación establecidas pueden dificultar o incluso impedir el normal desplazamiento tanto de las personas como de aquellos ciudadanos, profesionales y empleados públicos que deban residir o transitar por las zonas afectadas o tengan en ellas su origen, destino o lugar de residencia para acudir durante la jornada del día de hoy y mañana a las distintas sedes judiciales. 

Considerando las recomendaciones emitidas por los servicios de emergencia y protección civil, así como la necesidad de preservar la seguridad de las personas sin menoscabo de la adecuada prestación del servicio público de Justicia, y en aplicación del Protocolo de Gestión de Situaciones de Crisis que afecten al ámbito judicial de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, así como de los restantes protocolos y planes de contingencia vigentes del CGPJ.

Considerando, asimismo, que corresponde a esta Sala de Gobierno, en el ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial, adoptar las medidas organizativas necesarias para garantizar, simultáneamente, la protección de las personas y la continuidad del servicio público de Justicia.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, ACUERDA:

1.- Esta Sala de Gobierno considera que, ante el riesgo evidente para las personas derivado de la situación descrita, y durante la vigencia de la situación de emergencia, prevista a partir de las 18h del día de hoy, y mientras permanezca la alera roja declarada, no existe obligación alguna de desplazarse cuando concurran las dificultades mencionadas, constituyendo, por sí misma, una justificación suficiente para presumir la imposibilidad material de acudir a las actuaciones jurisdiccionales o procesales que deban celebrarse en las zonas afectadas, o cuando sea necesario transitar por ellas.

En consecuencia, la innecesaridad o dispensa de desplazarse a las sedes judiciales se extiende a todas las personas que deban intervenir en una actuación jurisdiccional o procesal, ya se trate de personal judicial, del Ministerio Fiscal, de Letrados de la Administración de Justicia, de otro personal al servicio de la Administración de Justicia siempre conforme a las decisiones de sus superiores jerárquicos, y, especialmente, de cualquier profesional o ciudadano siempre que exista cualquier tipo de dificultad o riesgo al desplazarse por zonas afectadas.

En tales supuestos, bastará a ciudadanos y profesionales, a estos efectos, una simple comunicación al órgano jurisdiccional manifestando la imposibilidad o dificultad de desplazamiento para justificar la suspensión de la actuación; e incluso, cuando ni siquiera ello resulte posible, la mera incomparecencia deberá entenderse causa suficiente para acordar dicha suspensión. 

En este sentido se comunica así a todos los órganos judiciales y servicios a los efectos procedentes.

Todo ello, sin perjuicio de que no se declara una suspensión generalizada de la actividad judicial, a fin de salvaguardar también los derechos de aquellos justiciables y profesionales que puedan comparecer sin dificultad y evitar así perjuicios derivados de demoras innecesarias, en particular en procedimientos pendientes desde hace tiempo. De este modo, se pretende conciliar los derechos de quienes no pueden desplazarse con los de quienes sí pueden y desean hacerlo, garantizando en ambos casos la tutela judicial efectiva, afectándose así únicamente aquellas actuaciones imposibilitadas por las circunstancias meteorológicas.

2.- Los Presidentes de la AP y los TI comunicarán de considerarlo necesario a la Sala de Gobierno la necesidad de suspender la actividad judicial ordinaria y/o la suspensión de vistas y plazos procesales. La Sala de Gobierno lo propondrá al CGPJ para su aprobación, salvo que, por urgencia, la Sala lo acuerde provisionalmente la suspensión con posterior ratificación.

3.-Se garantizará la prestación del servicio de guardia. A tal efecto podrá acordarse la prestación del servicio de guardia en otro partido judicial previa autorización del CGPJ o ratificando los acuerdos adoptados, en caso de urgencia, por los Presidentes de los Tribunales de Instancia afectados. La disponibilidad de funcionarios se coordinará entre el Presidente del TI y el Director del SCT.

4.- La Sala de Gobierno del TSJCV: de acuerdo con el Protocolo de Actuación Judicial en supuestos de grandes catástrofes (CGPJ), adoptará o ratificará las medidas necesarias en atención a la situación de crisis, proponiendo al CGPJ, en caso de considerarlo necesario la suspensión de plazos procesales o la modificación de normas de funcionamiento. En casos de urgencia, podrá acordar medidas provisionales, remitiéndolas de inmediato al CGPJ para su ratificación.

Póngase en conocimiento el presente acuerdo del CGPJ, los Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana y la Conselleria de Justicia para su conocimiento y efectos.

El Gabinete de Comunicación del TSJCV coordinará la difusión pública de acuerdos y medidas adoptadas.

El precedente Acuerdo se adoptan por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

Y para constancia expido el presente en Valencia a 1 de octubre de 2026



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Alerta por lluvias: nueva Circular de la Dirección General de Justicia



Tras solicitarle, reiteradamente, a la Dirección General de Justicia, un protocolo general para las situaciones de emergencia por las condiciones climáticas, por fin podemos dejar de utilizar documentos pasados y ya ha dictado un nuevo protocolo que servirá, sin límite temporal, para aplicarse en estas situaciones.

En la primera Circular cuyo texto os dejamos a continuación, se recoge la misma casuística contemplada hasta ahora y se indica cómo se ha de realizar el trámite de comunicación de la imposibilidad de asistencia al trabajo:

"CIRCULAR INFORMATIVA SOBRE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIAS EXTERIORES PARA EL PERSONAL DE LOS CUERPOS GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CUYAS COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL CORRESPONDEN A LA GENERALITAT

Dada la situación reiterada de avisos meteorológicos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la Comunidad Valenciana, considerando los riesgos que puede implicar el desplazamiento al lugar de trabajo y para garantizar la seguridad y el bienestar del personal, desde esta Dirección General, conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable, se informa lo siguiente:

Se dicta la presente circular para que se aplique en todas las situaciones presentes y futuras en las que se declare situación de emergencia por la autoridad competente. Esta circular se mantendrá vigente como instrucción informativa hasta que se desarrolle y apruebe el protocolo específico para la administración de Justicia.

Por la Dirección General de Justicia y Autogobierno, nos adherimos al “Protocolo de actuación en caso de emergencias exteriores para el personal de la administración de la Generalitat”, con las especificaciones referidas a la administración de justicia. (Se anexa en documento aparte)

La Dirección General de Justicia y Autogobierno, se adhiere también al “Modelo de protocolos de actuación frente a emergencias exteriores en centros de trabajo” del INVASSAT como órgano competente en materia de prevención de riesgos laborales del personal empleado público de la Generalitat. (Se anexa en documento aparte)

En el punto 2, (ámbito de aplicación) del “Protocolo de actuación en caso de emergencias exteriores para el personal de la administración de la Generalitat”, la referencia “…a todo el personal de la Administración de la Generalitat…” debe entenderse realizada también a los funcionarios pertenecientes a los cuerpos generales de la administración de justicia cuya gestión corresponde a la Dirección General de Justicia y autogobierno.

Igualmente, en el punto 9 del protocolo mencionado (cadena de comunicaciones) la referencia a la Dirección general de Función Pública (DGFP) debe entenderse realizada a la Dirección General de Justicia y Autogobierno, quien informará a los órganos competentes de la administración de justicia, así como a las organizaciones sindicales con presencia en los órganos de representación del personal empleado público sobre las zonas geográficas afectadas, el tipo de alerta y su evolución.

Además, con el fin de conciliar la vida laboral, personal y familiar este protocolo será igualmente aplicable al personal empleado público de los cuerpos generales de la Administración de Justicia cuyas competencias en materia de personal correspondan a la Comunidad Valenciana con dificultades derivadas de la situación climatológica adversa, especialmente para aquellos con responsabilidades familiares afectadas por el cierre de los centros educativos, centros de atención socio-sanitaria, de carácter asistencial o similares. A tal fin, el personal que no pueda acudir al trabajo deberá comunicarlo mediante correo electrónico dirigido a la unidad administrativa a la mayor brevedad posible, informando de la situación, a efectos de que los servicios públicos de carácter esencial puedan ser organizados. El indicado correo electrónico deberá contener, como mínimo, los siguientes extremos:

a) Datos de identificación personal del empleado público.

b) Centro de destino.

c) Lugar de residencia.

d) Declaración responsable de los efectos producidos por la situación climatológica

adversa. (se anexa en documento aparte) 

Las direcciones a las que se deberá remitir el correo electrónico, según la ubicación del centro de destino del empleado, son las siguientes: 

a) Valencia: ua_justiciavalencia@gva.es

b) Alicante: ua_justiciaalacant@gva.es

c) Castellón: ua_justiciacastello@gva.es

d) Elx: ua_justiciaelx@gva.es 

DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Y AUTOGOBIERNO"

Además, se nos ha remitido el Protocolo de Actuación en caso de Emergencias Exteriores para el personal de la Administración de la Generalitat, que pasa a ser de aplicación al personal de Justicia, tal y como se indica en la anterior Circular:

Protocolo de actuación en caso de emergencias exteriores

Os dejamos, también el enlace a la web de Aemet:

Aemet

Y el modelo de Declaración Responsable, que deberá presentarse ante la Unidad Administrativa correspondiente.


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Nueva alerta meteorológica con cierre de colegios


30 sept 2026


Para los días 1 y 2 de octubre hay prevista una nueva alerta meteorológica, con alerta naranja en distintas zonas de nuestra Comunidad, con el cierre de colegios en algunas localidades. 

Ante está situación, os recordamos que sigue vigente la la Circular que se dictó, por parte de la Dirección General de Justicia, para una situación similar el pasado año. 

En ella se indica la justificación de la falta de asistencia al trabajo durante los días de la alerta, en este caso los días 1 y 2 de octubre, y mientras dure la alerta, en el caso de la imposibilidad de tal asistencia por el riesgo de desplazamiento al trabajo o por el cierre de colegios o centros asistenciales.

Os dejamos, también, el modelo de Declaración Responsable, que deberá presentarse ante la Unidad Administrativa correspondiente.




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Basta Ya!! Exigimos al Ministerio que cumpla de una vez!!



El Sector de la Administración de Justicia de CCOO nos hemos concentrado ayer ante el Ministerio de Justicia, denunciando el hartazgo que tenemos de promesas y anuncios incumplidos, de grupos de trabajo inoperantes y, en resumen, de la desidia, dejación y mostrada incompetencia del Ministerio de Justicia.

El Ministerio eterniza la resolución de los procesos selectivos, con una clara incapacidad de planificación y gestión y un desprecio absoluto hacia el personal que lleva más de dos años esperando para tomar posesión de un plaza que se ha ganado a base de sangre sudor y lágrimas, mientras.tenemos miles de puestos que deben cubrirse, órganos judiciales con necesidades de personal y una Administración con una tasa de temporalidad intolerable.

Exactamente el mismo problema sufrimos con los CONCURSOS DE TRASLADOS y ya entrado en el último trimestre de 2026 y sin un concurso completo el año pasado, nos encontramos ante la total incertidumbre de sí se va a convocar, o no, dentro de este año.

El concurso de traslados es un derecho y nuestra principal herramienta de movilidad y detrás de cada plaza hay personas que llevan meses esperando poder acercarse a su familia, cambiar de localidad, conciliar su vida personal y laboral o simplemente ejercer su legítimo derecho a la movilidad voluntaria.

La CARRERA PROFESIONAL, pendiente regulación básica, es un derecho que nos ganamos a pulso, tras las movilizaciones y huelga de 2018. ¿Cuántos grupos de trabajo tienen que celebrarse para reconocer algo tan elemental como que la experiencia, la formación, la responsabilidad y el desarrollo profesional de quienes trabajamos en la Administración de Justicia deben tener reconocimiento profesional y económico? CCOO siempre lo hemos reivindicado con absoluta claridad: queremos una carrera profesional real, negociada y retribuida.

El mismo camino parece que lleva el Reglamento del Registro Civil que, cinco años tras la entrada en vigor de la Ley sigue sin existir.

Y qué decir del TELETRABAJO. Resulta especialmente difícil de explicar. Durante años hemos escuchado hablar de digitalización, expediente electrónico, Justicia digital, trabajo deslocalizado y nuevas tecnologías. El propio Ministerio llegó a reconocer en sus documentos estratégicos que el teletrabajo y el trabajo deslocalizado habían venido para quedarse. Pues parece que llegaron para quedarse… pero se quedaron esperando en la puerta del Ministerio.

Basta ya de excusas!! Queremos un teletrabajo real ya!!

Por eso y por muchos más despropósitos, desde CCOO ayer nos volvimos a concentrar ante el Ministerio. Se acabó el tiempo de las buenas palabras.

¡¡Queremos que los procesos selectivos se resuelvan inmediatamente!!

¡¡Queremos la convocatoria inmediata y regular de los concursos de traslados!!

¡¡Queremos una carrera profesional con contenido real y económico!!

¡¡Queremos el Reglamento del Registro Civil!!

¡¡Queremos teletrabajo!!

¡¡Queremos negociación colectiva efectiva!!

La transformación de la Administración de Justicia se tiene que hacer CON SU PERSONAL y no A COSTA DE SU PERSONAL.

EXIGIMOS RESPUESTAS, PLAZOS, NEGOCIACIÓN Y RESULTADOS!!!


 

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Auxilio PJC/1549/2025: distribución por aulas en todas las sedes


29 sept 2026


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Sede examen Valencia: distribución de opositor@s de Tramitación



Por fin se han publicado los datos de la sede de examen, correspondiente al cuerpo de Tramitación del próximo sábado, en Valencia. Os dejamos el enlace al documento donde figura la distribución de opositoras y opositores, por apellidos, y también un plano de los edificios de Blasco Ibáñez:

Distribución de opositores

Plano edificios de Blasco Ibáñez


OS DESEAMOS MUCHA SUERTE !!



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Bolsa de Trabajo: Adjudicación convocatoria nº 32/2026



CONVOCATORIA 32/2026. 

Se ha publicado en la página web de la DGJ la adjudicación de puestos de trabajo correspondientes a la oferta 32/2026, publicada el pasado viernes, 25 de septiembre de 2026:



29/09/2026. Resolución adjudicación.

Las personas adjudicadas tendrán que aportar la documentación antes de las 20.00 horas del jueves 1 de octubre de 2026.

Las personas adjudicadas para la cobertura de comisiones de servicio no tomarán posesión el día establecido en la resolución de adjudicación, sino que se les comunicará la fecha de manera individual.

Las personas adjudicadas para los puestos que se detallan a continuación, no tomarán posesión el día establecido con carácter general en la resolución de adjudicación, sino que, por razones organizativas, tomarán posesión el día 5 de octubre de 2026

  • Puesto 50377562
  • Puesto 50377490
  • Puesto 50377216
  • Puesto 312157
  • Puesto 30542


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Tramitación libre PJC/1549/2025: sedes de examen, falta Valencia y otras sedes



Tramitación Procesal y Administrativa, acceso libre, PJC/1549/2025, de 22 de diciembre (BOE de 30 de diciembre).


SEDES DE EXAMEN TRAMITACION LIBRE 1549

Sedes de examen del proceso Orden PJC/1549/2025, 22-12, de Tramitación, turno libre.

Fecha de examen: 3-10-2026
Hora de llamamiento: 9:00 horas (8:00 horas en Canarias)

Falta que se publiquen las AULAS de la alguna de las sedes, entre ellas, las de Valencia.

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