Plazas ofrecidas a Gestión turno libre: La DGJ se niega a corregir los errores ilegales


24 jul 2024


Hemos detectado varios errores en las plazas que se han ofertado al personal que ha obtenido plaza de Gestión Procesal, turno libre, en unos casos por exceso y en otros por defecto.

No se puede ofrecer al turno libre ninguna plaza que, con anterioridad no se haya ofrecido al turno de promoción interna y las plazas que no se han cubierto por promoción interna, obligatoriamente, hay que ofrecerlas al turno libre.

A que es fácil? Sobre todo si tienes en cuenta que no es una cuestión que nos inventemos ni que de pie a interpretación, hay una regulación muy clara:

El segundo párrafo del art. 490.5 de la LOPJ dice, literalmente:

“Los funcionarios que accedan por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para la ocupación de los puestos de trabajo vacantes ofertados sobre los aspirantes que no procedan de este turno.”

Pues una cuestión resuelta, no? Vamos con la segunda:

Regulada en el art 28.3.en relación con el art. 29.2 del Reglamento de ingreso y provisión de puestos de trabajo (RD 1451/2005):

El 28.3:

“3. Los puestos de trabajo no ocupados por los funcionarios de promoción interna a que se refiere el apartado 2 del artículo 29 de este reglamento, serán ofertados a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno libre.”

Y el 29.2:

“22. Los funcionarios que accedan a un nuevo cuerpo por el turno de promoción interna y que opten por continuar en activo en el cuerpo de procedencia…”

Vamos, que las plazas de quienes hayan pedido la excedencia para quedarse en el cuerpo en el que ya estaban, hay que ofrecerlas al turno libre.

Clarito, clarito!!

O eso pensábamos…hasta que la DGJ, obcecada, nos da excusas para no sacar determinadas plazas y sacar otras de más, diga lo que diga la Ley Orgánica y diga lo que diga el Reglamento.

Seguimos intentando que reflexionen, enmienden y hagan las cosas conforme a la normativa vigente. A ver si tenemos una Dirección General que no se salte la ley a la torera y hace gala de su nombre, cumpliendo la normativa como es de justicia.

Imprimir artículo