El Ministerio de Justicia sigue cerrado en banda en las negociaciones de las RPTs
Las
firmas de protesta del personal de los Juzgados de Paz auspiciadas por CCOO y
la presión de este sindicato en la mesa de negociación impiden, por ahora, la
aprobación de las RPTs de las Oficinas de Justicia en el municipio y de las
Oficinas Judiciales de los Tribunales de Instancia de la primera fase, que el
Ministerio de Justicia propuso dar por cerradas para su remisión al BOE
Al
comienzo de la reunión de la mesa de negociación del ámbito no transferido
celebrada ayer, el Ministerio comunicó que daba por terminadas estas
negociaciones y por aprobadas las RPTs sin ningún incremento de plantilla ni de
retribuciones, manteniendo la compatibilidad de todos los puestos de la OJMs
(aunque aplazada hasta que se evalúen las cargas de trabajo) para que tramiten
asuntos de la Oficina Judicial y sin distinguir a efectos de destino ningún
área ni equipo en los Servicios Comunes
Finalmente,
se comprometió a estudiar nuevamente las propuestas de CCOO ante la evidencia,
denunciada por este sindicato, de que, por ejemplo, la no diferenciación y
especialización de los puestos de Violencia sobre la Mujer, retribuidos con un
complemento específico superior, contraviene el Pacto de Estado contra la
Violencia de Género y de que existen multitud de Tribunales de Instancia y
Oficinas de Justicia en el municipio con una plantilla de cuerpos generales
absolutamente insuficiente para atender las actuales cargas de trabajo y la
nuevas funciones impuestas por la Ley de Eficiencia
El
Ministerio de Justicia pretendió dar por terminadas las negociaciones sin
modificar ni una coma de sus propuestas iniciales en materia de plantilla,
retribuciones complementarias, diferenciación de áreas ni equipos ni puestos y
actividades compatibles con otras oficinas, pero, presionado por CCOO, aplazó
finalmente para una nueva reunión, a la que no ha puesto fecha, la continuación
de estas negociaciones
CCOO
hemos recordado al ministerio que aprobar las RPTs sin una valoración previa o
simultánea de los puestos de trabajo de forma individualizada que permita
determinar la cuantía de los complementos específicos es manifiestamente
ilegal: incumple la LOPJ y contraviene la doctrina del Tribunal Supremo que
obliga a ello
Asimismo,
hemos denunciado que también es ilegal esta forma de negociar sin ninguna
voluntad de llegar a acuerdos con las organizaciones sindicales, contraviniendo
los principios esenciales de la negociación colectiva de legalidad, buena fe y
cobertura presupuestaria
Entre
otras múltiples excusas, todas ellas injustificadas, han destacado la falta de
disponibilidad presupuestaria ante lo que CCOO hemos exigido la conversión de
todos los refuerzos actuales en plazas de plantilla y la transformación de las
prolongaciones de jornada en nuevos puestos de trabajo, medidas que no suponen
ningún coste, e incluso hemos manifestado que podríamos aceptar un compromiso
de este necesario incremento de plantillas pactado para que entre en vigor en
2026 o cuando se aprueben en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en
otra disposición de crédito las partidas necesarias para ello
También
hemos mostrado nuestra disposición a pactar los efectos de la eliminación de
las diferencias retributivas por grupos de población hasta esta disponibilidad
presupuestaria (aunque con efectos retroactivos a 2025) así como otros aspectos
económicos como el reconocimiento retributivo de Jefatura de Equipo en las
Secretarías de las OJMs, de la penosidad, dedicación y especialización en
Violencia Sobre la Mujer o la penosidad y peligrosidad en las visitas a centros
penitenciarios y en la realización de embargos o lanzamientos, puestos de
trabajo que proponemos que queden diferenciados en las RPTs
En
todo caso, no podemos aceptar, y así lo hemos denunciado con contundencia, que
se haya acometido está importantísima reforma organizativa de la Administración
de Justicia sin la necesaria dotación presupuestaria para realizarla con
garantías, lo que constituye un altísimo grado de irresponsabilidad de este
Ministerio
En
cuanto a la negativa a diferenciar dentro de los servicios comunes áreas,
equipos o puestos de trabajo, el Ministerio de Justicia ha sido tajante: a
pregunta expresa de CCOO han respondido que su intención es que cualquier
funcionario o funcionaria del servicio común pueda realizar cualquier tarea de
cualquier jurisdicción (o accesorias como las de de registro y reparto),
incluidas las relativas a violencia sobre la mujer, la práctica fuera de la
sede judicial de notificaciones, embargos y lanzamientos, las visitas a los
Centros Penitenciarios o cualquier otra tarea con singular dificultad técnica,
dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, penosidad o peligrosidad, que
deberían corresponderse con puestos de trabajo diferenciados (según un
documento elaborado por el propio Ministerio) y mejor retribuidos y se asignan
a puestos genéricos, sin retribución complementaria alguna que sí se percibe en
la actualidad dónde ya existen rpts o servicios comunes de actos de
comunicación
¡¡ÚNETE
A CCOO EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS!!