- Se puede acumular
la jornada reducida de 3 días en un día completo de libre disposición a
disfrutar dentro de los cinco días designados como de jornada reducida, con las
siguientes puntualizaciones:
- siempre que las necesidades del servicio queden cubiertas.
- en turno establecido
en el órgano judicial que el responsable funcional del órgano debe comunicar a la Unidad Administrativa.
- se garantizará, en los servicios destinados al efecto,
la presentación de los escritos sometidos a término hasta las 15 horas.
- Funcionarios
y funcionarias que estén de guardia
durante alguno de los cinco días de jornada reducida, dicho día o días se
les computará como jornada normal a efectos de poder acumular la reducción
en los términos establecidos en las resoluciones.
- Castellón ciudad y localidades
de la provincia de Castellón que celebran La Magdalena como fiestas locales.
- Los cinco días de jornada
reducida serán el 13, 17, 18, 20 y 23 de
marzo con un horario de 9 a 14 horas.
- Castellón ciudad y localidades de la provincia de Castellón que NO
celebran La Magdalena como fiestas locales.
- Se tendrán los mismos derechos
para las fiestas que determine el Ayuntamiento de esa localidad.
Por tanto, la acumulación o no de jornada reducida es una elección
individual y las opciones serían:
Durante los cinco días designados
realizar el horario de
Acumular tres días en uno libre
y tener durante esos cinco días: 1 día libre, 1 día con jornada reducida (o
de permiso) y 3 días con horario normal.
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