Tramitación Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, Orden PJC/1436/2024, de 4 de diciembre (BOE de 19 de diciembre)
7 de julio de 2025
CUADERNILLO DE EXAMEN.
7 de julio de 2025
CUADERNILLO DE EXAMEN.
- Lo que pidió CCOO a efectos de provisión del puesto: un área por cada Sala y un equipo por cada Sección del TS y de la AN; un área por cada Sala y equipos por cada sección y de los TSJ, así como un SC de ejecución; un área por cada jurisdicción y equipos por cada sección de las AP; un área por cada jurisdicción y por cada Sección de un Tribunal de Instancia; un equipo por jurisdicción en los Tribunales de Instancia de sección única; otro especializado en VIDO y, como mínimo, un equipo por cada 15 efectivos.
- Acuerdo con Csif, Staj, Ugt y Cig con Ministerio: constituir un equipo sólo cuando el número de efectivos sea igual o superior a 50 (cosa que nos parece, sencillamente, una aberración que deja la libre elección de destino reducida a la mínima expresión).
Cabe destacar que este reducidísimo número de centros de destino comporta, a su vez, la mayor posibilidad de movilidad forzosa en dichas oficinas.
- CCOO lleva denunciando, desde mucho antes de que se aprobara la Ley de Eficiencia, y lo ha seguido defendiendo en la negociación de este Real Decreto, que el texto de la Ley y el acuerdo de esos sindicatos con el Ministerio de Justicia iba a permitir la asignación de funciones cualquiera a los responsables de los servicios comunes de Tramitación y del resto. El Real Decreto hoy publicado, lo recoge sin tapujos ⇨ Artículo 39.4: 4. No obstante lo previsto en el apartado anterior, la persona responsable de la dirección o jefatura de la unidad o centro de destino podrá, por necesidades del servicio, mediante resolución motivada y con carácter temporal, atribuir la realización de cualquiera de las funciones propias del cuerpo, para el mejor funcionamiento de dichas unidades, a los funcionarios que ocupen con carácter definitivo puestos de trabajo genéricos.»
- Se establece que, en las Oficinas de Justicia y en las agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios en que preste servicio personal de la Administración de Justicia, en los casos de vacante, permisos, vacaciones o licencias, las sustituciones, cuando no sea posible realizarla por personal destinado en el mismo centro de destino, podrán conferirse comisiones de servicio sin relevación de funciones y por el tiempo indispensable, a los titulares de las Secretarías de Oficinas de Justicia en los municipios o de las agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios de las localidades más próximas.
CCOO hemos exigido de forma contundente que todas las sustituciones fueran siempre voluntarias y retribuidas, tal y como ya lo son en el caso de LAJ. Pero el ministerio, en una muestra más de su clasismo extremo, niega a los cuerpos generales lo que gustosa y sustancialmente remunera a otros cuerpos superiores.
OTRAS CUESTIONES EXIGIDAS POR CCOO Y QUE FINALMENTE TAMPOCO HAN SIDO RECOGIDAS EN LAS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS DE ESTE REAL DECRETO
- Reconocimiento de las funciones que efectivamente realizamos, con incremento del Complemento General del Puesto
- Definición de las funciones y tareas de cada puesto para determinar sus retribuciones complementarias
- Incremento de las plantillas para adecuarlas a las cargas de trabajo
- Eliminación de todos los grupos de población equiparando las retribuciones que se perciben por este concepto a las que se cobran en Madrid, Barcelona y las localidades servidas por Magistrado/a de esas provincias
- Voluntariedad y retribución de las sustituciones sin relevación de funciones, además de un régimen de libranzas por su realización de manera análoga a la que ya disfrutan los LAJ
- Negociación y establecimiento inmediato de la carrera profesional
- Teletrabajo
- Eliminación del examen oral en la promoción interna desde el cuerpo de Gestión a LAJ
- Que el régimen de libranzas sea efectivamente igual para todos los cuerpos y que quede incorporado al Reglamento de los cuerpos generales y especiales para que sea, sin lugar a dudas, aplicable en todos los ámbitos territoriales.
CCOO somos el único sindicato de la Mesa Sectorial que no ha firmado ningún acuerdo que permita al Ministerio de Justicia esta sucesión de atropellos a los trabajadores y trabajadoras
7 de julio de 2025
LISTADO DE OPOSITORES QUE SUPERAN EL PROCESO SELECTIVO EN EL ÁMBITO PAÍS VASCO - CORREGIDO.
Advertido error en el listado de opositores que superan el proceso selectivo por el ámbito de País Vasco, se procede a la publicación del listado corregido.
En el caso del personal temporal afectado por la resolución del concurso de traslados, dada la naturaleza excepcional de la situación, se podrá autorizar el disfrute de los días de vacaciones no disfrutados durante el siguiente nombramiento en un órgano judicial cuya gestión corresponda a la Generalitat Valenciana, dentro del año 2025. Esta autorización estará sujeta a la debida justificación de la imposibilidad de disfrute antes de la finalización del nombramiento y será evaluada por la Dirección General de Justicia y Autogobierno.
Como
puntos del Orden del día:
Modificación
del proyecto de la nueva Bolsa de Trabajo,
consistente en modificar el texto pasando los criterios de cese del
personal interino expuestos en el artículo 16.a) a una nueva Disposición
Transitoria, la Séptima.
La
Dirección General fundamenta esta modificación en que, a partir de la entrada
en vigor de las Relaciones de puestos de trabajo de los nuevos centros de
trabajo, las plazas ya tendrán un código concreto de cada puesto de trabajo y
será ese el que se use en los concursos, cobertura por personal interino, etc,
por lo que todo el mundo podrá saber qué plaza concreta se ofrece o qué plaza
concreta se cubre, al estar identificada con ese código.
Por
ejemplo, si se ofrece en un concurso una plaza cuyo código ( es ficticio) es el
310252, en el caso de que esa plaza sea adjudicada a una persona titular, la
persona interina que la ocupa sabrá que es su plaza la que se cubre, porque en
su nombramiento también figurará ese código y sabrá que va a tener que cesar.
Desde
CCOO hemos solicitado que, en caso de no ofrecer todas las vacantes de los
juzgados, se utilice el mismo criterio de la bolsa para decidir cuáles se ofrecen y cuáles
no y no
haya la posibilidad de que esa decisión se pueda tomar de forma arbitraria por
nuestros superiores.
Creación
de una segunda plaza en Informática de la Guardia de Alicante
Con
la creación del cuarto Juzgado de Violencia sobre la Mujer en Alicante y que
supondrá que empiecen a hacer guardias, se considera necesario aumentar el
número de personas que se encargan del registro de la guardia. Será, de
forma voluntaria y rotatoria, entre el cuerpo de Gestión y el de Tramitación
con destino en el Servicio Común Procesal de Asuntos Generales.
Desde
CCOO nos hemos adherido a la solicitud de que sean dos personas más y no sólo una,
dado que es un servicio que ya está sumamente colapsado.
Otras
cuestiones tratadas:
-Atrasos de la subida
del 0,5 de nuestras retribuciones, con carácter retroactivo desde el 1 de enero
de 2024. Hoy estaba
presente en la mesa la representante de Hacienda, que nos ha informado que el
pago se hará de oficio, sin necesidad de reclamación de ningún tipo ni
siquiera por las personas que ya se han jubilado. Si hay algún cambio de
criterio nos ha dicho que nos informará.
Quienes
en 2024 estuvieran trabajando en otra comunidad tendrán que atenerse a lo
establecido por dicha comunidad,
que es la que tiene que pagarles. Os daremos más información al respecto cuando
llegue el momento del pago, sobre el que nos han dicho que no hay fecha concreta,
pero que su intención en que sea junto con la nómina de agosto, a más tardar
con la de septiembre.
-Brecha salarial y
atrasos desde enero de 2024:
Igualmente, su intención es pagarlo a más tardar en septiembre, aunque
nos informan que aún está pendiente de algunos trámites previos.
-II Fase de los Tribunales de Instancia: La DGJ nos ha informado de que, tal y como solicitamos, se va a crear Servicio Común de Ejecución en las dos localidades afectadas por esta fase.
Nos alegramos de que hayan entendido y asumido nuestras pretensiones, que supondrán que haya un centro de destino más y una posibilidad más de elección para el personal de elegir el tipo de trabajo que quieren desarrollar, aunque sea dentro de una modificación que tantos recortes de derechos nos supone.
-Just@: Hemos insistido en la necesidad de un nueva reunión, durante el mes de julio, con la empresa que desarrolla el programa, con el fin de poder atajar los incesantes problemas que provoca en la tramitación de los procedimientos, pero la administración no ha mostrado voluntad de hacerla antes de septiembre.
-Llamamiento de personal interino: La Dirección General nos ha confirmado que no se van a paralizar los nombramientos durante el verano.
-CCOO hemos solicitado la convocatoria de la Comisión de Seguimiento de la Bolsa, sin reunirse desde hace meses, para poder tratar todos los temas pendientes.
NUEVAS LISTAS DE APROBADOS Y CORRECCIÓN EN LAS NOTAS DE IDIOMA AUTONÓMICO.
Con posterioridad a la publicación de listados el día 20 de mayo en la página de procesos selectivos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, se han producido modificaciones que vienen justificadas por los siguientes motivos:
1.- Se han subsanado errores en la puntuación de las valoraciones de las lenguas oficiales y del derecho civil.
2.- Se han resuelto recursos de alzada estimatorios que han afectado a la puntuación final del candidato.
3.- Algún candidato no ha aportado la documentación requerida.
Por ello, es preciso publicar un nuevo listado de personas que aprueban el proceso selectivo conforme al orden que ocupan en el listado complementario y que han de presentar la documentación acreditativa en el modo establecido en la Base 8, en el plazo de 5 días, que podrá ser remitido a la dirección de correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es.
Plazo de presentación de alegaciones del 7 de julio al 11 de julio de 2025
Tal y como informó CCOO en su día, ya comprobamos en el borrador de los presupuestos de la Generalitat que aparecía la subida del complemento específico/CAT, y ahora se materializa en Resolución de la DGJ, a falta de saber cuándo se harán dichas cantidades efectivas en nuestras nóminas.
Se confirma con dicha Resolución que las cantidades del incremento son las siguientes: 65 euros para el cuerpo de Gestión, 62 euros para Tramitación y 58 euros para Auxilio Judicial.
Dichas cantidades quedan muy lejos de las subidas salariales conseguidas por otros territorios, y dejan al personal de la Comunidad Valenciana lejísimos de la media nacional. Consideramos que dichas cifras son del todo insuficientes, y, una vez más, ningunean al personal, con una limosna por la que no hubiera hecho falta hacer una huelga.
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