Tras
dirigirnos a la Dirección General de Justicia, se nos informa que los
nombramientos, dado el inmenso número de los mismos, se han hecho todos con el
mismo contenido, sin diferenciar entre aquellas personas con nombramiento
anterior o posterior a la entrada en vigor de la Ley 20/2021 pero que el
criterio que han acordado es que a todo el mundo se le tenga en cuenta el
nombramiento en el juzgado de origen y sólo se aplique el cese a los 3 años a aquellas
personas nombradas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley.
CCOO,
aunque agradecemos mucho la aclaración, siempre hemos pensado que las palabras
se las lleva el viento, aunque sea en referencia no a esta administración sino
a administraciones futuras y creemos que es necesario que este criterio quede
reflejado por escrito, evitando la inseguridad jurídica generada al personal
afectado. Por eso hemos reclamado, mediante escrito a la Dirección General de
Justicia, que dicte una Resolución que refleje ese criterio adoptado, del mismo
modo que se ha hecho en algún otro territorio, como Andalucía, aportando
garantías jurídicas al personal afectado.
Os
dejamos el escrito presentado y la Resolución dictada en Andalucía Resolución dictada en Andalucía, que hemos
aportado a modo de ejemplo.