Vamos con otra de cal. La DGJ nos acaba de remitir la Resolución que responde a nuestra solicitud de ampliación, hasta el 31 de marzo de 2022, para el disfrute de las vacaciones y permiso de este año. Nos han Y nos preguntamos que problema supone? Porque no lo entendemos. Si para que te den un permiso, o días de vacaciones, el o la Laj tienen que dar el visto bueno correspondiente, garantizando que el servicio queda debidamente atendido, dónde está el perjuicio?
Al final parece que el NO ya es la respuesta por defecto.
Y quizá si fuera un hecho aislado aún tendría un pase; pero si nos debes dinero, desde hace años, y no nos lo pagas; y si, además, nos rebajas, incumpliendo un Acuerdo, las cantidades de la carrera profesional, lo menos que cabría esperar es un poco de buena voluntad en una cuestión como ésta, que no perjudica a la buena marcha de los órganos judiciales y sí beneficia al colectivo, en general, ya que le permite poder gestionar mejor los días que les quedan por disfrutar y que se han ido dejando, en la mayoría de los casos, por si surgía algún imprevisto relacionado con el Covid.
Pues aquí tenemos toda la buena voluntad...NINGUNA.