La Dirección General
de Justicia ha dictado una Resolución sobre jornada reducida en Semana Santa
que dice:
“Que
el personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad
Valenciana, durante la Semana Santa disfrutará de cuatro días de jornada
reducida, de 09:00 a 14:00 horas, que serán los días 14, 15,
16 y 17 de abril de 2020.
En cualquier
caso tendrá que respetarse lo que dispone el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de
7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, respecto a la presentación de escritos
sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos
para realizar estas funciones hasta las 15:00 horas.”
Ahora mismo, con
esta crisis sanitaria, nos parece superflua esta medida, lo prioritario es que
se dicte una resolución donde quede claro los permisos por deber inexcusable
por cuidado de familiares, quien y en qué casos pueden solicitarse, el rango de
edad que comprenden, el tiempo que pueden disfrutarse, etc.