Si la asistencia es a través
del Sistema Valenciano de Salud (SVS) contactan con
el centro de atención primaria (CAP) más cercano al domicilio o con el servicio
de prevención de riesgos laborales (SPRL) que les corresponda.
Si contactan con el CAP, a ser posible mediante el teléfono: se le asignará SIP si fuera
necesario y el equipo de atención primaria (EAP) se encargará de la cita para
la PCR u otra técnica de diagnóstico adecuada, de la comunicación del resultado
al posible caso, y si es positivo harán su seguimiento y el de sus contactos no laborales.
Si contactan con el SPRL: El médico del trabajo comunicará a través del portal SPRL de
SISVEL el caso de sospecha de COVID-19 al EAP, cumplimentando el
correspondiente formulario contenido en el módulo COVID-19, que incluye el
informe con la solicitud de la PCR. El EAP se hará cargo del posible caso, como
en el apartado anterior.
Si la asistencia es a través
de entidad privada (ASISA, ADESLAS,….) en primer lugar
tienen que contactar con la entidad proveedora de la asistencia, para la atención
sanitaria y si es necesario la realización de la PCR (u otra técnica de diagnóstico
molecular que se considere adecuada) en las primeras 24 horas. La entidad se
encargará de comunicar el resultado al posible caso, y si es positivo hará su
seguimiento, y el médico además hará la declaración obligatoria urgente del caso.
La entidad que realice la atención
sanitaria indicará a cada una de estas personas la obligación de aislamiento
inmediato y les darán las recomendaciones a seguir a la espera del diagnóstico.
Se informará al SPRL que corresponda.
Para la gestión de la baja
médica, incapacidad temporal (IT), se utilizará el mismo procedimiento
que la persona mutualista haya venido utilizando. Si la prestación de la asistencia
sanitaria es a través del Sistema Valenciano de Salud (SVS) será el médico del
CAP que le corresponda el que firmará el documento de baja que al efecto aportará
la persona solicitante. Si la asistencia es por entidad privada será el médico de
esa entidad. El coste de la asistencia sanitaria realizada por el SVS a los
casos confirmados cuya asistencia sanitaria corresponda a entidad privada será
facturado a la entidad que corresponda.
Búsqueda, estudio y seguimiento de los contactos laborales.
Lo realizará el SPRL correspondiente
a partir de que conozca o sea informado de que, en una entidad de su cobertura
sanitaria, hay un caso sospechoso de COVID-19. Las actividades de
identificación de los posibles contactos estrechos en el entorno laboral, su
estudio, información y el seguimiento de los mismos se harán siguiendo las actuaciones
establecidas para ello en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control
de COVID-19, las especificaciones para los SPRL y de adaptación a la Comunitat.
La Conselleria de Sanidad Universal y
Salud Pública se encargará de los contactos no laborales.
La gestión de la baja-IT se hará
igual que con los casos.
Si la prestación de la asistencia sanitaria
es a través del SVS será el médico del CAP el que firmará la baja.
Si la asistencia es por entidad privada será el médico de esa entidad.
Imprimir artículo