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El Gobierno aprueba en Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia


17 dic 2020


Se establecen mecanismos previos de resolución extrajudicial de conflictos (preceptivos en casi todas las demandas civiles), reformas procesales en todas las jurisdicciones e implantación de nuevas tecnologías especialmente en lo relativo a la interoperabilidad y comunicación con la ciudadanía.

Los aspectos más reseñables de este Anteproyecto de Ley son:

1.- Medios adecuados de resolución de controversias.

  • Se implantan para la jurisdicción civil y mercantil.
  • Serán válidos distintos sistemas de conciliación (la actividad negocial, la conciliación privada, la oferta vinculante confidencial, la opinión del experto independiente, la mediación, así como cualesquiera otros procedimientos previstos en la legislación especial como la de consumo).

2.- Reformas de las leyes procesales.

  • Potenciación de las sentencias orales.
  • Se amplía el ámbito y la cuantía del juicio verbal civil.
  • Se introduce el “procedimiento testigo” para dar respuesta a demandas con identidad sustancial de objeto sin necesidad de tramitar todas ellas.
  • Se modifica el recurso de casación.

3.- Reformas procesales para la transformación digital

  • Creación de sedes electrónicas judiciales.
  • Apoderamientos apud-acta por medios telemáticas.
  • Generalización de las videoconferencias y actos de comunicación telemáticos.

El Sector de Justicia de CCOO junto con los servicios jurídicos del sindicato estamos estudiando en profundidad el articulado propuesto con el fin de intervenir durante su tramitación para mejorarlo con nuestras propuestas.

Esta vez el Secretario de Estado ha remitido a las organizaciones sindicales el texto del Anteproyecto de Ley simultáneamente a su aprobación por el Consejo de Ministros, lo que no hizo con de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en recientes fechas y rectificando en ese sentido, lo que agradecemos desde CCOO.

En este enlace está la referencia del Consejo de Ministros del pasado martes en el que el Gobierno resume el texto aprobado.

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CCOO exige al Ministerio de Justicia la negociación inmediata de los aspectos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que afectan a las condiciones de trabajo


25 nov 2020



Aprobado ayer en el Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal 

CCOO EXIGIMOS EL INICIO INMEDIATO DE LAS NEGOCIACIONES PARA GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LOS JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN Y FISCALÍAS

El anteproyecto de ley contempla el traspaso de la investigación de los delitos desde los juzgados de instrucción a las fiscalías y el Ministerio de Justicia tiene que comprometerse con CCOO, y el resto de sindicatos representativos, a garantizar las retribuciones actuales por guardias de quién actualmente las percibe ni suponga el traslado forzoso de ningún/a trabajador/a

El Gobierno ha dado luz verde a la tramitación del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal que, como aspecto que más puede afectar a nuestras condiciones de trabajo, asigna al Ministerio Fiscal la investigación de los delitos que ahora tienen encomendada los juzgados de instrucción. Aun no se conoce el texto completo del anteproyecto pero las líneas fundamentales de su contenido pueden deducirse de la referencia del Consejo de Ministros (y de Ministras) celebrado ayer

Sin perjuicio de otras novedades que puedan contenerse en el texto de esta Ley, este nuevo modelo de proceso penal va a influir de forma muy significativa en el trabajo que desarrollamos en los Juzgados de Instrucción y en la Fiscalías y, por tanto, va a afectar a nuestras condiciones de trabajo. Fundamentalmente nos preocupa:

- Quién hará y, por tanto, cobrará las guardias. Sería intolerable para CCOO cualquier decisión unilateral que disminuya las retribuciones actuales 

- Cuáles serán las futuras plantillas de las fiscalías y de los juzgados de instrucción o mixtos. Para CCOO es igualmente inaceptable que se pudiera pretender la movilidad forzosa

POR ELLO, DESDE CCOO HEMOS SOLICITADO AL MINISTERIO DE JUSTICIA LA CONVOCATORIA URGENTE DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN

√ EN CUMPLIMIENTO DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO QUE OBLIGA A NEGOCIAR LAS MODIFICACIONES ORGANIZATIVAS QUE AFECTEN A LAS CONDICIONES DE TRABAJO

√ PARA GARANTIZAR LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL Y QUE NO HABRÁ PROCESOS DE MOVILIDAD FORZOSA NI PÉRDIDA DE PUESTOS DE TRABAJO

NEGOCIACIÓN ¡¡YA!! DE LA NUEVA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

En otro orden de cosas, CCOO hacemos la siguiente valoración de esta medida:

1.- El traspaso de la investigación criminal al Ministerio Fiscal en el proceso penal no es una prioridad ante los gravísimos problemas que afectan a la Administración de Justicia. Para atender la sobrecarga de trabajo actual en multitud de órganos judiciales, fiscalías y servicios no jurisdiccionales lo urgente es

  • incrementar el número de oficinas y plantillas de todos los cuerpos funcionariales y categorías profesionales del personal laboral,
  • mejorar significativamente los sistemas informáticos de gestión y comunicación,
  • efectuar un verdadero plan de formación continua del personal, especialmente orientado a las nuevas tecnologías, y
  • profesionalización y especialización de los trabajadoras y las trabajadoras a través, junto a la formación profesional, de Ofertas de Empleo Público con todas las vacantes, de una verdadera carrera profesional y de la clarificación de las funciones de cada puesto de trabajo

2.- El Ministerio Fiscal no es una institución independiente en la actualidad: es el Gobierno quien nombra a su titular “a dedo”; éste, a su vez, nombra “a dedo” a los cargos de mayor responsabilidad de las fiscalías, y éstos, a su vez, también “a dedo” nombran a los puestos intermedios de dichas fiscalías. Y todo el personal de la carrera fiscal está obligado a actuar acatando las directrices de la Fiscalía General del Estado

El ministro Campo ha anunciado que la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal obligará a una modificación del Estatuto del Ministerio Fiscal y, para garantizar la independencia de los y las fiscales en la investigación de los delitos respecto a los gobiernos de turno, es imprescindible modificar el sistema de nombramiento del/la Fiscal General del Estado y que no sea la discrecionalidad, sino el mérito y la capacidad, los que determinen los nombramientos en las jefaturas y puestos intermedios de las fiscalías. De lo contrario, este nuevo modelo de proceso penal estará abocado al más rotundo fracaso.

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CCOO rechaza con la máxima contundencia la OEP 2020 aprobada: por insuficiente, por incumplir los acuerdos suscritos y por vulnerar de nuevo el derecho a la negociación colectiva


29 oct 2020


 


El Gobierno aprueba la OEP 2020 de la Administración de Justicia unilateralmente, sin negociación, sin información siquiera a los sindicatos representativos, en un nuevo desprecio al personal de la Administración de Justicia y a las miles de personas opositoras que esperábamos una oferta mucho mayor, en cumplimiento de los acuerdos suscritos, nuevamente vulnerados

Constituye una nueva violación del derecho a la negociación colectiva, que el ministro de Justicia ha convertido en norma, pues esta forma de actuar se repite desde su toma de posesión

Como ya advirtió CCOO el pasado 20 de octubre, hemos denunciado al ministro de Justicia por la opacidad, falta de transparencia, falta de información y de negociación y por una gestión nefasta de las Ofertas de Empleo Público en la Administración de Justicia (ver nota emitida el 20 de octubre: CCOO denuncia la opacidad, falta de transparencia, negociación y una gestión nefasta de la OEP)

Parecería imposible pero lo ha vuelto a hacer: el ministro de Justicia no ha informado previamente, no ha remitido siquiera, a los sindicatos representativos, los datos de la OEP 2020 para la Administración de Justicia que pretendía aprobar el consejo de ministros de ayer, 27 de octubre, tampoco ha convocado la mesa sectorial, ni él ni su equipo, para dar cuenta de lo que se pretendía aprobar.

El desprecio a la negociación colectiva, la vulneración reiterada de un derecho fundamental se ha convertido en norma para el ministro de Justicia.

Hoy hemos conocido, por una fuente ajena al Ministerio de Justicia, que el consejo de ministros ha aprobado una OEP 2020 para la Administración que, además, incumple los acuerdos suscritos por los sindicatos representativos con el Gobierno por los que se compromete a dejar la tasa de empleo temporal por debajo del 8 %, aunque su compromiso en el Acuerdo suscrito en el ámbito de la Administración de Justicia es más ambicioso aún, debe quedar por debajo del 6 %.Con esta OEP 2020, eso será imposible

Sobre el contenido de la OEP aprobada, nuestro rechazo más rotundo: porque con esta Oferta de Empleo no se va a acabar con el empleo en precario a través de procesos de estabilización y de reposición de todo el empleo perdido, como el Gobierno se comprometió, y de recuperación del empleo necesario en una situación tan grave como la que estamos viviendo en España, con la pandemia. Además, se vuelve a castigar la promoción interna con una oferta que también incumple los acuerdos suscritos

Porque ni siquiera recoge esta OEP lo comprometido en el Acuerdo suscrito por los sindicatos representativos con el Ministerio de Justicia el pasado 4 de diciembre de 2018: debe haber una convocatoria adicional del 30 % de plazas para la promoción interna. CCOO no lo olvida y lo va a exigir y exigir hasta lograr el cumplimiento de este compromiso

Como ya advertíamos en nuestra nota del 20 de octubre:

1.- El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea ha requerido al Estado Español por activa y por pasiva en múltiples sentencias para que todas las plazas estructurales estén ocupadas por personal fijo de carrera, reservándose el nombramiento de personal interino para situaciones de urgencia y necesidad. Esto debería obligar al ministerio a convocar en la OEP, al menos, todas las plazas que se encuentran vacantes de las plantillas y RPTs

2.- El envejecimiento de las plantillas funcionariales, también en Justicia, que provocará un elevadísimo número de jubilaciones en los próximos años, exige una previsión para cubrir la gran cantidad de plazas que quedarán vacantes a medio plazo por este motivo

3.- En 2018 se crearon 5 nuevos juzgados (BOE de 28 de diciembre); en 2019 se crearon 53 nuevos juzgados (BOE de 13 de abril), y el propio Ministro Juan Carlos Campo ha anunciado públicamente la creación de 100 nuevas unidades judiciales, conllevando todo ello un aumento de más de 1000 plazas en los cuerpos generales y de Letrados de la Admón. de Justicia, las cuales no han sido incluidas por ahora en la OEP

4.- Las plazas de promoción interna incluidas en las OEP no generan nuevos empleos para la Administración de Justicia, sino que consolidan el mismo número de plazas vacantes que las convocadas por este sistema, y a ello hay que sumar el personal que supera los procesos selectivos de dos o más cuerpos diferentes, lo que genera que algunas plazas de las convocadas queden sin cubrir de forma efectiva

Con todo ello, no cabe para CCOO otra solución efectiva que no pase por incluir en las OEP de cada año la totalidad de las plazas vacantes, más la previsión de jubilaciones del siguiente ejercicio, más las plazas correspondientes a los órganos de nueva creación y separando de la OEP la convocatoria de la promoción interna

Adjuntamos las plazas que, al parecer, ha aprobado el consejo de ministros en su reunión de ayer, 27 de octubre, pues, como decimos más arriba, no ha sido trasladada a los sindicatos representativos información alguna, por lo que existe un margen de error

CUADRO DE PLAZAS DE LA OEP 2020 DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA QUE, SEGÚN LA INFORMACIÓN DE QUE DISPONEMOS, HA APROBADO EL GOBIERNO EL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2020 (según fuentes ajenas al Gobierno y al Ministerio de Justicia, que no las ha entregado)

ACCESO LIBRE

CUERPO

CUPO GENERAL

RESERVA DISCAPACIDAD

TOTALES

LETRADOS

73

6

79

MÉDICOS FORENSES

39

3

42

FACULTATIVOS INTCF

12

1

13

TÉCNICOS ESPECIALISTAS INTCF

10

1

11

AYUDANTES INTCF

7

0

7

GESTIÓN

355

27

382

TRAMITACIÓN

392

29

421

AUXILIO JUDICIAL

199

15

214

TOTALES

1087

82

1169

PROMOCIÓN INTERNA

CUERPO

CUPO GENERAL

RESERVA DISCAPACIDAD

TOTALES

LETRADOS

32

2

34

FACULTATIVOS INTCF

4

0

4

TÉCNICOS ESPECIALISTAS INTCF

4

0

4

GESTIÓN

107

8

115

TRAMITACIÓN

117

9

126

TOTALES

264

19

283


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El Ministerio de Justicia remite el Acuerdo del Consejo de Ministros sobre el Plan de Actuación con posterioridad a su aprobación, vulnerando de nuevo su obligación a la negociación colectiva


8 jul 2020




El Ministerio de Justicia remite el Acuerdo del Consejo de Ministros sobre el Plan de actuación con posterioridad a su aprobación (ayer, 7 de julio), vulnerando de nuevo su obligación al respeto a la negociación colectiva


Acabamos de recibir, en la tarde del 8 de julio, este correo de la Dirección General para el servicio público de Justicia con dos documentos adjuntos

CCOO ESTUDIA LAS ACCIONES LEGALES CONTRA ESTE PLAN DE ACTUACIÓN APROBADO POR EL CONSEJO DE MINISTROS, QUE, ENTENDEMOS, HA VULNERADO DE NUEVO EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

En el propio correo, esa Dirección General reconoce, y citamos literalmente, (...) "y en cuyo resultado final hemos contado con su participación y colaboración."

Es un reconocimiento expreso del Ministerio de Justicia de que se ha vulnerado el derecho a la negociación colectiva, pues en la única reunión, con documento del Ministerio de Justicia, no hubo negociación, pues únicamente las organizaciones sindicales expresaron su posición y alternativas a la propuesta del Ministerio, sin contestación alguna de éste a dichas propuestas. Y además, jamás se envió por el Ministerio de Justicia otro documento para negociar, recogiendo al menos alguna de las propuestas de los sindicatos, a pesar de que se habían comprometido a hacerlo antes de su aprobación por el consejo de ministros

Recordamos que CCOO presentó una propuesta completa alternativa al documento del Ministerio de Justicia. Propuesta de CCOO

Esta tarde se envía desde el Ministerio de Justicia, por fin, ese documento prometido, pero con posterioridad a su aprobación por el Consejo de Ministros, ayer, 7 de julio. Esto es lo que llama negociar el Ministro de Justicia

Si a esto llama negociación el Ministro de Justicia, es que, o desprecia mucho dicho concepto, o tiene nulo respeto por el personal de la Administración de Justicia

Estudiaremos dicho documento, y remitiremos la información sobre su contenido, sin perjuicio de las actuaciones legales que CCOO está considerando emprender contra la actuación inaceptable de nuevo del ministro de Justicia

Reproducimos el correo remitido por el Ministerio de Justicia y adjuntamos enlace a los documentos recibidos

---------- Forwarded message ---------
De: @mjusticia.es>
Date: mié., 8 jul. 2020 a las 19:23
Subject: Acuerdo del Consejo de Ministros/ Aprobación del Plan de actuación

Estimados Srs.:

Por indicación de la Directora General para el Servicio Público de Justicia, nos complace remitirles el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 7 de julio de 2020, por el que se aprueba el Plan de actuación de la disposición adicional decimonovena del real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al covid-19 y en cuyo resultado final hemos contado con su participación y colaboración

En todo caso, es nuestro deseo, con toda seguridad compartido, que la ejecución de este Plan contribuirá a superar la previsible ralentización que sufrían nuestros Juzgados y Tribunales tras la finalización del estado de alarma

Un cordial saludo

Unidad de Apoyo
Dirección General para el Servicio Público de Justica
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Para CCOO, el Ministro de Justicia vuelve a vulnerar el derecho a la negociación colectiva e impone un plan de actuación sin ni siquiera contestar a las propuestas que le hemos remitido lo sindicatos





CONSEJO DE MINISTROS: 7 DE JULIO DE 2020

PARA CCOO, EL MINISTRO DE JUSTICIA HA VUELTO A VULNERAR EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA: DENUNCIAMOS QUE EL PLAN DE ACTUACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, QUE HA APROBADO EL CONSEJO DE MINISTROS, SE HA HECHO SIN CONTAR CON EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SIN INFORMAR NI SIQUIERA A LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL DE SU CONTENIDO FINAL


Un plan de actuación que CCOO rechaza por ser absolutamente insuficiente, ineficaz, y hacerse a costa de incrementar las cargas de trabajo del personal, sin ninguna garantía de condiciones de trabajo y retribuciones justas

En la única reunión que el Ministerio de Justicia mantuvo con los sindicatos representativos en la que había un texto sobre el que discutir, remitido con tan solo 16 horas de antelación, los portavoces del Ministerio de Justicia se limitaron a oír las propuestas que les hicimos llegar, sin contestar a ninguna 

CCOO estudia todas las acciones legales contra este plan 

La nueva actuación del Ministro de Justicia es una nueva demostración de su nula disposición a negociar con los representantes del personal de la Administración de Justicia todas las cuestiones que afectan de lleno a sus condiciones de trabajo

Ayer, 7 de julio, el Ministro de Justicia aprobó un plan de actuación que ni responde a las necesidades de la Administración de Justicia, ni incluye a todas las jurisdicciones y centros de trabajo afectados por un importante retraso y acumulación de asuntos

Por estas cuestiones, entre otras, CCOO rechaza este plan:

a) Porque no comprende todas las jurisdicciones, fiscalías, registros civiles y servicios en los que el atraso es igual de importante y preocupante

b) Porque no se acepta que el plan tenga una jornada máxima de 40 horas semanales, y que las retribuciones sean iguales, para todo el personal de Justicia, a las fijadas para los LAJ

c) Porque rechazamos que sea un plan por objetivos, que lo convierte en una sobreexplotación de las personas que se acojan al mismo

d) Porque debe ser estrictamente voluntario y no impuesto por jueces y letrados

e) Porque el ministerio de justicia se opone a crear 600 equipos de refuerzo compuestos por 1 LAJ, 2 GTA, 4 TPA y 1 AJ para los órganos jurisdiccionales y 1 LAJ, 1 GTA, 1 TPA y 1 AJ para el resto de oficinas, y a reforzar las plazas de M. Forenses, Cuerpos Especiales del INT ni Personal Laboral, como medida imprescindible para lograr que la administración de justicia se recupere de una vez del retraso

f) Porque no se acepta que los refuerzos externos sean cubiertos mediante sustituciones verticales, cobrando el 100 % de la retribución total del cuerpo que se sustituye y por comisiones de servicio, otorgadas de forma objetiva con relevación de funciones

CCOO PRESENTÓ EL MISMO DÍA 30 DE JUNIO A PRIMERA HORA, A PESAR DE HABER RECIBIDO LA PROPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SOLO UNAS HORAS ANTES, UNA PROPUESTA CON DECENAS DE MEDIDAS CONCRETAS QUE SÍ SOLUCIONARÍAN EL PROBLEMA ENDÉMICO DE RETRASOS Y ATASCOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, PROPUESTA QUE REMITIMOS POR ESCRITO Y PRESENTAMOS ORALMENTE EN LA REUNIÓN CELEBRADA ESE MISMO DÍA 30 DE JUNIO. ADJUNTAMOS DICHA PROPUESTA:


Además, ni siquiera el Ministerio de Justicia ha remitido a las organizaciones sindicales el texto que ha aprobado el Consejo de Ministros, pues el único texto que se nos remitió la noche del 29 de junio, para una reunión que se convocó por el Ministerio con los sindicatos representativos para la mañana del día siguiente, 30 de junio a las 13 horas (con solo 16 horas de antelación), es el que adjuntamos en este enlace: Propuesta del Ministerio de Justicia

Ayer el Consejo de Ministros aprobó el "ACUERDO por el que se aprueba el plan de actuación de la disposición adicional decimonovena del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19."

El texto publicado por el Ministerio de Justicia en la página del consejo de ministros, que además también se ha publicado en la web del Ministerio de Justicia, es el siguiente, que, como se puede ver, no recoge ningún plan concreto ni las medidas que se van a adoptar, lo que es además, y de nuevo, una falta de transparencia por parte del Ministerio de Justicia

PLAN DE CHOQUE PARA HACER FRENTE A LA LITIGIOSIDAD POSTCOVID-19 Y UNA REFORMA RADICAL EN MATERIA DE DISCAPACIDAD

El Gobierno ha aprobado el plan de choque para aliviar la acumulación de litigios derivada de la crisis sanitaria. Con una dotación económica de más de 50 millones de euros, su objetivo es recuperar la normalidad en los órganos judiciales y aportar mecanismos, recursos y soluciones a las necesidades inmediatas de la Justicia

Durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Campo ha detallado las medidas contenidas en el plan que se desplegará a lo largo de dos fases en los órdenes de lo social, mercantil y contencioso-administrativo y que afectará a un total de 315 juzgados

En la primera fase, entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020, la intervención tendrá lugar en los juzgados con mayor carga de trabajo. En la segunda fase, que se iniciará el 1 de enero de 2021, se dispondrá de información más completa respecto al volumen de demandas presentadas y su tiempo de resolución, lo que permitirá definir la extensión de las medidas a aplicar para su desarrollo posterior

Se aplicarán medidas de autorrefuerzo en los partidos judiciales con un volumen de trabajo superior al 130% del módulo de entrada determinado por el Consejo General del Poder Judicial. La participación del personal de los juzgados en estos programas de actuación por objetivos se reconocerá con una retribución extraordinaria

Además, se desplegarán refuerzos externos en los órganos judiciales que asumirán un volumen de trabajo superior al doble del módulo de entrada fijado por el CGPJ, así como para aquellos otros que, sin superarlo, presenten cifras de causas pendientes elevadas

Por último, se contemplan medidas estructurales como es la creación de 21 nuevos órganos judiciales para absorber y minimizar el impacto del incremento de procedimientos

En su intervención Campo ha advertido de que se trata de un plan de actuaciones por objetivos sobre las que habrá un seguimiento constante y que permitirá la posibilidad de cambiar y acelerar respuestas a los distintos escenarios que puedan darse en los juzgados en esta etapa postcovid

Reforma procesal y civil en materia de discapacidad

Sobre la reforma procesal y civil en materia de discapacidad a la que ha dado luz verde el Gobierno, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha señalado que se está actuando de manera contundente para conseguir que la toma de decisiones de las personas con discapacidad sea fruto de su voluntad y preferencias, y no sean sustituidas en la toma de decisiones de lo que les afecta. "Es una norma que implanta un cambio de paradigma", ha apostillado

La reforma evitará que, como ocurría hasta ahora, un altísimo porcentaje de las denuncias o avisos recibidos por la fiscalía terminasen en la incapacitación de miles de personas, "lo que implica la muerte civil de las mismas", ha señalado Campo. Esta Ley provee de un apoyo adaptado a cada una de las circunstancias, según el titular de Justicia

Inspirada en el artículo 10 de la Constitución, responde con rotundidad al respeto a la dignidad de la persona, en la tutela de sus derechos fundamentales y en el respeto a la libre voluntad de la persona con discapacidad

Supone un cambio importante de terminología, relegando los términos de "incapacidad" e "incapacitación" por otros más precisos y respetuosos, en línea con la reiterada posición ministerial de la importancia que tiene el lenguaje en el ámbito jurídico

El núcleo principal del proyecto es la regulación de las medidas de apoyo que precisen las personas mayores de edad o emancipadas, para que puedan desarrollar plenamente su personalidad y desenvolverse jurídicamente en condiciones de igualdad. Deben ajustarse a los principios de necesidad y proporcionalidad y atender a la voluntad, deseos y preferencias de la persona que requiera la medida

En definitiva, la nueva ley persigue que las personas con capacidad puedan ejercer su capacidad jurídica en el futuro de una forma mucho más autónoma y con menos tutelaje

El texto se ha beneficiado de las aportaciones por parte de colectivos como CERMI, y espera que la tramitación parlamentaria de la Ley se haga de la manera más rápida posible, bajo el paraguas del mayor consenso político."

Adjuntamos igualmente la nota de CCOO, de rechazo frontal, sobre este plan de actuación del Ministerio de Justicia

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El Gobierno acuerda el levantamiento de los plazos procesales a partir del 4 de junio


19 may 2020



El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha acordado hoy incluir en el acuerdo por el que se solicita autorización al Congreso de los Diputados de la prórroga del estado de alarma, el alza de la suspensión de los plazos procesales con efectos desde el 4 de junio.

Este viernes se reunirá de nuevo la Comisión de Coordinación de Crisis de la Administración de Justicia para la lucha contra el coronavirus, en cuyo marco se analizarán los siguientes pasos a abordar dentro del Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia aprobados por orden del Ministerio de Justicia el pasado 8 de mayo​; por supuesto, sin contar con el personal de Justicia.​

Así mismo el Consejo de Ministros ha acordado incluir en el acuerdo, por el que se solicita autorización al Congreso de los Diputados la prórroga del Estado de Alarma, la derogación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, relativa a la suspensión de plazos administrativos, de manera que, con efectos 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudaría.

200519 Consejo de Ministros (PDF. 62 KB)
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El gobierno aprueba en el consejo de ministros de ayer, 28 de abril, el Plan de Transición hacia la nueva normalidad


29 abr 2020


1.- El gobierno aprueba en el consejo de ministros de ayer, 28 de abril, un plan que denomina "plan de transición hacia la nueva normalidad"


1.- PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD

2.- ANEXO I.- PANEL DE INDICADORES INTEGRAL

3.- ANEXO II.- PREVISIÓN ORIENTATIVA PARA EL LEVANTAMIENTO DE LAS LIMITACIONES DE ÁMBITO NACIONAL ESTABLECIDAS EN EL ESTADO DE ALARMA, EN FUNCIÓN DE LAS FASES DE TRANSICIÓN A UNA NUEVA NORMALIDAD

4.- ANEXO III.- CRONOGRAMA ORIENTATIVO PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD


2.- En el consejo de ministros de ayer, 28 de abril de 2020, se aprobaron los Reales Decretos de estructura de los siguientes Ministerios:

Política Territorial y Función Pública

  • REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Consumo y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establecía la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  • REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regulaba la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social, y el Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establecía la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regulaba su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
  • REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de Enero, por el que se establecía la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.


En el RD por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se incluye:

La Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, se adscribe al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Además y de forma temporal, hasta el 6 de octubre de 2020 y en relación con el régimen de clases pasivas del Estado, seguirán prestando servicios en dicha materia la Dirección General de Costes de Personal del Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa y otros centros de los citados Ministerios que participen en su gestión.

Dichos Reales Decretos hoy no se han publicado en el BOE.
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Consejo de ministros del 4 de febrero: Nuevos nombramientos en el Ministerio de Justicia


4 feb 2020


  • En el Consejo de Ministros de 4 de febrero, se han aprobado nuevos nombramientos en el Ministerio de Justicia.

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se nombra directora general de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos a Dª ANA GALLEGO TORRES.


Secretario general para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia.-

D. FRANCISCO DE BORJA VARGUES VALENCIA.

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, accedió a la Carrera Judicial en el año 2002. Actualmente destinado como magistrado en los Juzgados de lo Penal (con competencias en materia de Violencia sobre la Mujer) de Madrid.

Anteriormente estuvo destinado en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Illescas (Toledo). Desde el año 2004 hasta el año 2010 estuvo destinado en comisión de servicios en el Ministerio de Justicia ocupando el cargo de coordinador de la Unidad de Apoyo de la Secretaria General de Modernización del Ministerio de Justicia.

Fue miembro, designado por el Ministerio de Justicia, de la Comisión Jurídica Asesora para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial. Ha participado en ponencias y publicaciones en distintas materias relacionadas con el proceso de modernización de la Administración de Justicia y en Proyectos Internacionales como el más reciente de "refuerzo de las capacidades de las oficinas de ejecución civil en Turquía".


Directora general para el Servicio Público de Justicia.-

Dª CONCEPCIÓN LÓPEZ-YUSTE PADIAL.

Licenciada en Derecho por la Universidad San Pablo CEU accedió a la Carrera Fiscal en el año 2004 siendo su primer destino el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

En 2005 fue nombrada asesora de la Dirección General de Relaciones de la Administración de Justicia hasta el 2008 en que fue nombrada asesora de la Secretaría General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, desde la que participó en proyectos organizativos y de modernización del Ministerio de Justicia, y en diversos grupos de trabajo para el asesoramiento, análisis, elaboración y desarrollo de distintas iniciativas normativas.

Desde 2011 hasta el 2013 ocupó plaza de fiscal en la Fiscalía de Área de Getafe - Leganés.

En 2015 fue designada por la fiscal general del Estado como Fiscal de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado para el desempeño de funciones relacionadas con la modernización y organización del Ministerio Fiscal, así como de relaciones institucionales con el Ministerio de Justicia y departamentos de Justicia de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia.

Directora general de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos.-

Dª ANA GALLEGO TORRES.

Nacida en 1974.Licenciada en Derecho por la Universidad de Granada. Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Actualmente ostentaba el cargo de directora general de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Anteriormente fue directora de la Filmoteca Española. Fue subdirectora adjunta de Coordinación Interinstitucional en la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (2013-2016), consejera de Justicia en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea en Bruselas (2011-2012), subdirectora general de Cooperación Jurídica Internacional en el Ministerio de Justicia (2004-2010).
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Nueva estructura en el Ministerio de Justicia


29 ene 2020



BOE DE 29 DE ENERO DE 2020: NUEVA ESTRUCTURA EN EL MINISTERIO DE JUSTICIA

SE SUPRIMEN LAS DIRECCIONES GENERALES DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, LA DE MODERNIZACIÓN DE LA JUSTICIA, LA DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO Y LA SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, entre otras

En el BOE de hoy, 29 de enero de 2020, se publica el Real Decreto de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, con profundos cambios en la estructura de los ministerios, y, en concreto, con profundas modificaciones sobre la estructura anterior (que ha permanecido durante muchas legislaturas) en el Ministerio de Justicia.

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
Organización

Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

PDF (BOE-A-2020-1246 - 20 págs. - 336 KB)    Otros formatos



En este Real Decreto se establece entre otras, la estructura básica del Ministerio de Justicia en su artículo 2.

"Artículo 2. Ministerio de Justicia.

1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

  • a. La Dirección General para el Servicio Público de Justicia
  • b. La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia
  • c. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos.


B) La Subsecretaría de Justicia, de la que depende la Secretaría General Técnica.


C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría.


2. Quedan suprimidas la Secretaría General de la Administración de Justicia, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos, la Dirección General de los Registros y del Notariado, la Dirección General para la Memoria Histórica y la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos."



Se deduce que será la Dirección General para el Servicio Público de Justicia la que contenga las competencias de la ahora suprimida Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública asumirá, al parecer, las competencias entre otras de la suprimida Dirección General de los Registros y del Notariado.

Si bien, es pronto para conocer las competencias de cada Dirección General que nace ahora, tras la supresión de muchas Direcciones Generales, entre otras, además de las mencionadas, Dirección General de Relaciones y de los Registros y del Notariado, la de Modernización de la Administración de Justicia y la Secretaría General de la Administración de Justicia.
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Publicado en el BOE el Real Decreto Ley sobre el incremento de retribuciones de las y los empleados públicos para 2020


22 ene 2020


BOE DE 22 DE ENERO DE 2020: REAL DECRETO LEY SOBRE INCREMENTO DE RETRIBUCIONES DE LAS Y LOS EMPLEADOS PÚBLICOS PARA 2020


Hoy se ha publicado en el BOE:

JEFATURA DEL ESTADO

Medidas urgentes

Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público

Como hemos venido exigiendo, el Gobierno aprobó ayer el incremento retributivo de las y los empleados públicos para 2020, tal y como establece el Acuerdo suscrito el 9 de marzo de 2018 por el Gobierno de España y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIF, y lo ha publicado hoy en el BOE:

 A) una subida fija del 2%, 

B) un 0,3% de fondos adicionales que se reparten para la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia y están sujetos a negociación con las organizaciones sindicales por cada Administración

C)   Un incremento variable, en los siguientes términos: para un crecimiento del PIB, igual o superior al 2,5% será un 1% adicional; para un crecimiento del PIB inferior al 2,5 %, el incremento disminuirá proporcionalmente en función de la reducción del crecimiento que se haya producido sobre dicho 2,5%

Las normas que regulan el incremento retributivo contenidas en este Real Decreto-Ley, en tanto se les atribuye la naturaleza de norma básica, aplicable a todas las administraciones públicas, se extienden no solo a los empleados del sector público estatal, sino también a los del sector público autonómico y local

Específicamente, las retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia están reguladas en su artículo 11 de este RDL:

Artículo 11. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia
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Referencia Consejo de Ministros de 21 de enero de 2020: el gobierno aprueba el incremento salarial de las y los empleados públicos para 2020


21 ene 2020


REFERENCIA CONSEJO DE MINISTROS DEL 21 DE ENERO DE 2020: EL GOBIERNO APRUEBA EL INCREMENTO SALARIAL DE LAS Y LOS EMPLEADOS PÚBLICOS PARA 2020


Como hemos informado, el Consejo de Ministros de hoy, 21 de enero de 2020, ha aprobado el incremento retributivo de las y los empleados públicos en el 2% en todos los conceptos, con efectos de 1 de enero de 2020. Adjuntamos enlace a la página web del Gobierno:

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Esta es la reseña completa de la web del Gobierno sobre este Real Decreto Ley:

Política Territorial y Función Pública

LAS RETRIBUCIONES DE LAS EMPLEADAS Y DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS CRECERÁN EL 2% EN 2020
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley sobre incremento retributivo del sector público en 2020, en consonancia con los compromisos asumidos con los sindicatos en materia de función pública.
El Gobierno garantiza, con la aprobación del Real Decreto-ley, que el incremento se hace efectivo desde el 1 de enero de 2020. La subida salarial se aplica a las empleadas y empleados públicos de las administraciones estatal, autonómica y local, y también al sector público empresarial, lo que representa que se van a incrementar las retribuciones de más de 2,5 millones de empleados públicos.
Con la subida salarial aprobada por el Consejo de Ministros se reconoce la dedicación, esfuerzo y profesionalidad de quienes se dedican al servicio público. El Gobierno cumple así el compromiso contraído con los sindicatos para mejorar sus condiciones retributivas desde el primer día de 2020.
Incremento de las retribuciones
El incremento de las retribuciones para 2020 establece las siguientes previsiones:
  • Un incremento fijo del 2% de las retribuciones de las empleadas y los empleados públicos con efectos 1 de enero.
  • Un incremento variable, en función del crecimiento del PIB de 2019.
En el caso de la retribución variable del 1% para un crecimiento del PIB igual o superior al 2,5%, el porcentaje de retribución variable disminuirá proporcionalmente a la reducción que se produzca sobre dicho 2,5% (los porcentajes variables según el crecimiento del PIB quedan reflejados en la tabla resumen de incrementos).
RESUMEN INCREMENTOS RETRIBUTIVOS FIJOS Y VARIABLES 2020
FIJO2%
PIB 2,1 en 20190,20%
PIB 2,2 en 20190,40%
PIB 2,3 en 20190,60%
PIB 2,4 en 20190,80%
PIB 2,5 o superior en 20191%
Al margen de las cuantías establecidas anteriormente, se podrá autorizar un incremento de la masa salarial del 0,30%, como fondos adicionales para la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia, entre otras medidas, previa negociación colectiva.
El coste del Real Decreto-ley, se calcula que ascenderá a 3.212 millones de euros.

Además, el consejo de ministros de hoy ha aprobado:


Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Justicia

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