Os dejamos toda la información que necesitáis saber si tenéis intención de cambiar de compañía médica.
Cambios de entidad médica
Las
solicitudes de cambio de entidad se realizarán siempre por parte de la persona
titular y la resolución aplicará tanto a la persona titular como a las personas
beneficiarias que tenga asociadas.
Tipos
de cambio de entidad médica:
Cambios ordinarios
Las
solicitudes de cambio ordinario de entidad se podrán realizar una
única vez (no se puede cancelar la solicitud realizada) durante el mes
de enero de cada año.
- Plazo
de presentación: del 1 al 31 de
enero de cada año.
- ¡¡NOVEDAD!!
Fecha de alta en la nueva entidad: día de la entrada de la solicitud en
registro público (sede
electrónica, registro electrónico general, delegación provincial de
MUGEJU o cualquier otro registro de los establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas).
- Efectos
del cambio: día siguiente al
que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU.
Cambios extraordinarios
1.-Por
cambio de destino o residencia que implique cambio de provincia o isla.
- Plazo
de presentación:
- En
el caso de cambio de destino: un mes desde la fecha de la toma de posesión.
- En
el caso de cambio de residencia: un mes desde
la fecha de empadronamiento.
- ¡¡NOVEDAD!! Fecha de alta en la
entidad: día de la entrada de la solicitud en registro público.
- Efectos
del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la
base de datos de MUGEJU.
2.-Por
disponer de la conformidad de las entidades privadas afectadas expresada por
escrito.
- Plazo
de presentación: un mes desde
la conformidad por escrito de la entidad a la que se desea el cambio.
- ¡¡NOVEDAD!! Fecha de alta en la
entidad: día de la entrada de la solicitud en registro público.
- Efectos
del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la
base de datos de MUGEJU.
3.-Por
circunstancias excepcionales, para cambios al sistema público de salud, cuando
exista una justificación sanitaria acreditada mediante informe médico o sociosanitario,
según el caso, y se autorice por Resolución de la Gerencia de MUGEJU, por
producirse alguna de las circunstancias descritas en los criterios aprobados
por MUGEJU (ver anexo
de la instrucción para los cambios de entidad).
- Plazo
de presentación: durante todo el año.
- Fecha
de alta en el INSS: día en el que se autorice el
cambio por acuerdo de resolución de la Gerencia de MUGEJU.
- Efectos
del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la
base de datos de MUGEJU.
- IMPORTANTE:
este tipo de cambio al INSS implica permanencia mínima de 2
años en el sistema sanitario público.
4.-Por
circunstancias excepcionales, cuando esté justificado el cambio de una
pluralidad de titulares y
la gerencia de MUGEJU acuerde la apertura de plazo especial de cambio de
entidad.
Cómo tienes que
solicitar el cambio?
Las
personas mutualistas en activo deben
realizar las solicitudes de trámites de MUGEJU a través de medios electrónicos, para lo que deberás disponer del sistema Cl@ve, DNI-electrónico o uno de
los certificados
digitales admitidos.
Las personas mutualistas jubiladas o aquellas que justifiquen problemas de acceso a los medios
electrónicos pueden presentar su solicitud presencialmente en las oficinas
de MUGEJU, o en cualquiera de los demás lugares previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En la sede central de Madrid y en la delegación de Barcelona se recomienda pedir cita previa para garantizar un mejor servicio.
Impreso solicitud cambio entidad médica
Una
vez solicitado el cambio:
Tarjeta sanitaria
- Si
has elegido entidad privada, dicha entidad te enviará
la tarjeta sanitaria al domicilio que conste en la base de datos
de MUGEJU, en el plazo aproximado de una semana. Si el día
de la fecha de efectos del cambio no dispones de la tarjeta, podrás
utilizar la acreditación
de MUGEJU que se descarga desde la sede electrónica de la mutualidad, donde consta tu entidad médica.
- Si has elegido el sistema
público de salud (INSS) debes solicitar, en el departamento de
administración de su centro de salud, la tarjeta sanitaria de su Comunidad
Autónoma. Para ello, puedes presentar el certificado que acredita tu
derecho a la asistencia sanitaria pública, que puede descargar desde
la sede electrónica de
la Seguridad Social.

