Disfrute de días de asuntos propios, aclaramos la polémica


14 jul 2016


Ante el revuelo causado por informaciones erróneas sobre la aplicación de los días de Asuntos Particulares CCOO informa:
La redacción de la actual normativa dice lo siguiente:
“El personal podrá distribuir dichos días a su conveniencia, previo informe del/la responsable funcional de la oficina judicial u organismo en que preste servicios, respetando siempre las necesidades del servicio. Cuando por estas razones no sea posible disfrutar del mencionado permiso antes de finalizar el mes de diciembre, podrá concederse hasta el 31 de enero siguiente.”
Esta misma redacción estaba en las anteriores normativas de 2007 y 2014 sin que haya habido problemas para disfrutar los días de permiso hasta el 31 de enero.
Por lo visto, por una mala interpretación de la Unidad Administrativa se ha informado que el disfrute de los días de permiso es hasta el 31 de diciembre y que para hacerlo en enero había que acreditar no haberlos podido disfrutar por necesidades del servicio. Esta información ha causado gran malestar entre todos los compañeros por lo que desde la Dirección General se manifiesta que se van a poder coger los días de asuntos particulares sin ningún problema hasta el 31 de enero.
No entendemos que algunos sindicatos utilicen rumores para crear confusión entre los y las compañeras sin antes contrastar la noticia con la Administración, CCOO no va a contribuir a difundir bulos, tenemos que ser parte de la solución no el problema.
Esperamos que con esta información quede aclarado el tema.
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