Comunitat Valenciana: plazos posesorios de concurso de traslado, comisiones de servicio y ceses de refuerzos


17 mar 2020



Al estar suspendidos los plazos administrativos tras la declaración del estado de alarma, el personal no está obligado a tomar posesión en el plazo inicialmente previsto sino que dichos plazos volverán a contar cuando se anule el estado de alarma según la información que nos facilita la DG Justicia. 
En uno u otro caso nos comunican que se respetarán los derechos económicos que puedan derivarse de este retraso pero, dado que se está trabajando bajo mínimos, la inclusión en las nuevas nóminas y el reconocimiento de estos efectos económicos se demorará en función de cómo evolucione la situación y sobre todo, las personas afectadas tienen que ponerse en contacto con la DGJ para aportar la documentación necesaria por medios telemáticos remiténdolo por correo electrónico a la siguiente dirección: rrhh_justicia@gva.es 

Para el caso de las comisiones de servicio cuya vigencia vence dentro de esta situación de estado de alarma el personal, al estar suspendidos los plazos adminitrativos, se encontrarán en una situación asimilable a la prórroga y volverá a tenerse en cuenta el plazo de vigencia de la comisión una vez finalizada la situación de alarma. 

Respecto a los refuerzos que finalizan a finales de marzo, se dará por hecho el cese de los mismos en dicha fecha dado que ya estaba establecida y en estos momentos no se puede proceder a la prórroga.


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