Resolución jornada reducida semana de Fallas


10 mar 2021


La Dirección General de Justicia nos ha remitido la resolución sobre la jornada reducida durante las fiestas de Fallas en la provincia de Valencia.

A falta de una aclaración sobre la aplicación de la reducción de jornada a aquellas personas que realizan prolongaciones de jornada, realizan teletrabajo o trabajan en turno de tarde, os dejamos un resumen del contenido de la Resolución.

Resolución de jornada reducida

- Se puede acumular la jornada reducida de 3 días en un día completo de libre disposición a disfrutar dentro de los cinco días designados como de jornada reducida, con las siguientes puntualizaciones:

- siempre que las necesidades del servicio queden cubiertas.

- en turno establecido en el órgano judicial que el responsable funcional del órgano debe comunicar a la Unidad Administrativa.

- se garantizará, en los servicios destinados al efecto, la presentación de los escritos sometidos a término hasta las 15 horas.

- Funcionarios y funcionarias que estén de guardia durante alguno de los cinco días de jornada reducida, dicho día o días se les computará como jornada normal a efectos de poder acumular la reducción en los términos establecidos en las resoluciones.

 - Valencia ciudad y localidades de la provincia de Valencia que celebran Las Fallas como fiestas locales:

- Los cinco días de jornada reducida serán el 15, 16, 17, 18 y 22 de marzo con un horario de 9 a 14 horas.

 - Localidades de la provincia de Valencia que NO celebran Las Fallas como fiestas locales:

- Se tendrán los mismos derechos para las fiestas que determine el Ayuntamiento de esa localidad.

 

Por tanto, la acumulación o no de jornada reducida es una elección individual y las opciones durante esa semana serían:

- Realizar durante tres días la jornada normal (como mínimo el horario fijo) y, por tanto, acumular dichas horas en un de día libre disposición. El restante día hasta completar los 5 puedes cogerlo de permiso por asuntos propios o trabajar bien en jornada reducida o en una jornada normal y acumular horario.

- Si no quieres acumular horario en un día de libre disposición puedes realizar la jornada reducida de 9 a 14 horas o bien tu jornada habitual.


 


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