Próxima convocatoria de Bolsa de Laj's Sustitutos/as


13 jul 2022


Como CCOO hemos venido reclamando de forma insistente y tras nueve años desde la anterior convocatoria, por fin el Ministerio de Justicia anuncia que publicará la bolsa de LAJ sustitutos/as en próximas fechas.

Os dejamos el enlace al texto del borrador:

BORRADOR BOLSA LAJ SUSTITUTOS/AS  

Resaltamos las siguientes novedades en esta nueva convocatoria de bolsas de trabajo de LAJ: 

1.- No se considerarán renuncias los llamamientos efectuados en las siguientes circunstancias:

a) Incapacidad temporal iniciada con anterioridad al llamamiento y debidamente acreditada.

b) Maternidad, si el llamamiento se produce entre el quinto mes de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto.

c) Por el cuidado de hijos hasta el cumplimiento de tres años o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

d) Por nombramiento como fiscal sustituto/a o juez/a sustituto/a o en régimen de provisión temporal.

e) En el supuesto de violencia sobre la mujer debidamente justificado que impida a la víctima el desempeño del puesto de trabajo. 

2.- Cuando por renuncia u otras causas legales no existieran candidatas o candidatos suficientes o hasta la entrada en funcionamiento de las bolsas, podrán ser llamadas las personas pertenecientes al Cuerpo de Gestión que reúnan los requisitos para formar parte de la bolsa y manifiesten su interés, hasta la formación de una nueva.

Los llamamientos se efectuarán en el siguiente orden:

1º Quienes acrediten mayor experiencia en sustituciones.

2º A igual experiencia o en su ausencia, quienes hayan aprobado más ejercicios de acceso al Cuerpo.

3º Por antigüedad de servicios prestados.

3.- Se valorarán como méritos los ejercicios aprobados en las pruebas de acceso a LAJ por promoción interna (antes solo se valoraban los del turno libre). 

4.- Se dará publicidad en el ámbito territorial a los llamamientos, para mejorar su transparencia. 

Si bien hay considerables mejoras, desde CCOO seguiremos defendiendo la inclusión de las que no nos han admitido, como son: 

● Que las plazas de LAJ no cubiertas se ofrezcan en sustitución vertical al cuerpo de Gestión antes de recurrir a las bolsas de trabajo.

Eliminar los periodos de LAJ sustituto/a en prácticas para el cuerpo de Gestión que acceda a las sustituciones.

● Que toda la gestión de las sustituciones de LAJ sea llevada a cabo por las gerencias territoriales o el Ministerio y no por las Secretarías de Gobierno ni Secretarías Coordinadoras, como actos administrativos de gestión de personal que son y se hace con el resto de cuerpos.

 

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