Quien dijo lo de “siempre puede ser peor” cuanta razón tenía…
Pero el problema está en quién decide cuándo y cuánto puede ser peor.
Por mucho que
los servicios mínimos los firmen desde
Se le ve el corporativismo por donde quiera que
mires y las ganas de joder. Así,
sin finuras ni lindezas, porque las finuras se nos cayeron de la boca al leer
el disparate de funciones que
Si por cada 8
juzgados de lo contencioso bastaba con un Secretario, ahora resulta que hace
falta un auxilio por cada 3…Siempre
ha estado claro que es mucho más productivo el cuerpo de auxilio, pero nunca
hasta ahora lo habíamos tan bien plasmado sobre el papel.
Ante semejante desvarío de poder, CCOO hemos decidido
que era el momento de poner distancia, una gran distancia, con una
administración venenosa y envenenada, que nos lanza a los pies de los leones e
intenta pisotear hasta la saciedad nuestros derechos, incluido el de huelga.
Y a esto podemos añadirle las declaraciones del Secretario Coordinador de Valencia, que indica que ya que quisimos trabajar cuando ellos hacían su huelga ahora se van a encargar de que tengamos que trabajar en vez de hacer la nuestra, como si nosotros pretendiéramos conculcar alguno de sus derechos a pesar de que su colectivo si lo hiciera con los nuestros.
Añade esto a tus motivos, que ya eran muchos y
mañana… Haz Huelga!!
Os dejamos los
servicios esenciales y mínimos que han tenido la desfachatez de publicar:
Se consideran a estos efectos como servicios
esenciales:
- Servicio de
guardia de Juzgados y Fiscalías. Los Juzgados y Fiscalías en servicio de
guardia, en atención a los asuntos que tramitan y la urgencia en su resolución,
deberán Contar con toda su dotación de personal.
- Medidas
cautelares o provisionales, debido a la afectación de Derechos Fundamentales y
la necesidad de su pronta resolución.
- Juicios orales
del orden penal en causas con preso, con el fin de no demorar la resolución de
situaciones de privación de libertad.
- Las
actuaciones del Registro Civil. Se entenderán de cumplimiento prioritario e
inexcusable todas aquellas cuya naturaleza sea registral (nacimientos,
defunciones, matrimonios).
- Las
actuaciones relativas a la violencia de género, en los Juzgados de Violencia
sobre
- La apertura y
el funcionamiento mínimo de todos los Juzgados y Tribunales durante las horas
de audiencia al público, a fin de garantizar la prestación de un servicio
imprescindible de atención al ciudadano y a los profesionales que acudan al
Juzgado, y para la debida asistencia al propio titular del órgano para el
ejercicio de la función jurisdiccional que pueda reputar indispensable.
Se incluye aquí,
como servicio esencial, la práctica de todas aquellas actuaciones en las que
venza un plazo preestablecido en
- Los servicios
de asistencia y apoyo a la función jurisdiccional que desempeñan los Cuerpos de
Tramitación y de Auxilio en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias
Forenses en especial en materia penal, de protección de las víctimas y en
funciones de guardia, lo que obliga al mantenimiento de un servicio mínimo.
- La atención de
las actuaciones en las que deba intervenir menores de edad, personas con discapacidad,
personas especialmente vulnerables o víctimas de violencia sobre la mujer.
- Los
procedimientos para la tutela de los derechos fundamentales y libertades
públicas referidos en el Capítulo IX del Título II del Libro II de
- La gestión y
tramitación de mandamientos de pago y transferencia expedidos por los Letrados
de
- La gestión y
tramitación de mandamientos de pago y transferencia expedidos por los Letrados
de
- El registro y
reparto de asuntos, escritos y documentos.
- La asistencia
a la realización de comparecencias apud-acta para cumplir requerimientos
procesales.
- Aceptación de
aquellos escritos presentados a través de Lexnet que vayan a caducar en un
plazo inferior a 7 días.
- La gestión y
tramitación de los escritos de prórrogas de embargo anotados en el registro de
la propiedad.
- La gestión y
tramitación de los escritos y realización de comparecencias por las que se
solicite el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita cuando
pueda determinar la suspensión del curso del proceso.
- Todas las
actuaciones derivadas de los procesos electorales en curso.
Los servicios mínimos para la realización de estos
servicios esenciales de
- Los Juzgados y
Fiscalías en servicio de guardia deberán contar con toda su dotación de
personal para atender debidamente el servicio.
- En los demás
órganos judiciales, se atenderá a la naturaleza y necesidades de cada uno de
los concretos órganos. Con carácter general, los servicios mínimos pueden
garantizarse con la presencia de un único funcionario de gestión o de
tramitación y, en su caso, con un funcionario de auxilio. No obstante, en los
Juzgados de Violencia sobre
- En los
Institutos de Medicina Legal, será necesaria la presencia del 30% de los
funcionarios/as de los Cuerpos Especiales de Médicos Forenses, Facultativos y
Ayudantes de Laboratorio, y un funcionario de los Cuerpos de Tramitación o de
Auxilio.
- En
Coordinadores
Provinciales, y de apoyo a los Decanos, en su caso, será necesario un único funcionario/a
de gestión o tramitación.
- Los servicios
mínimos deberán prestarse necesariamente de forma presencial.
En atención a
estos criterios, se proponen los siguientes servicios mínimos en el ámbito de
competencia de
1. Tribunales
Superiores de Justicia.
Un funcionario/a
del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o un funcionario/a del Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa por cada una de las Secciones y un
funcionario/a del Cuerpo de Auxilio Judicial por Sala del Tribunal Superior de
Justicia.
Un funcionario/a
del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o un funcionario/a del Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa en
2. Audiencias
Provinciales.
Un funcionario7a
del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o un funcionario/a del Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa por cada una de las secciones; y un
funcionario/a del Cuerpo de Auxilio Judicial por cada tres secciones.
3. Con excepción
de los Juzgados que actúen de guardia, que habrán de contar con toda la
dotación de personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente, en los
órganos que se especifican a continuación, se consideran servicios mínimos los
funcionarios/as siguientes:
3.1 SCAG de
Valencia, Castellón y Alicante: En la sección de Asuntos Generales, tres funcionarios/as
en Valencia, uno en Castellón y dos en Alicante En la sección de Actos de
Comunicación: tres funcionarios/as en Valencia, uno en Castellón y dos en
Alicante.
3.2 Resto de
SCAG: 2 funcionarios/as
3.3 Juzgados de
Primera Instancia e instrucción: 1 de Gestión o 1 de Tramitación y por cada 3
Juzgados,1 de Auxilio.
3.4 Juzgados de
Primera Instancia: 1 de Gestión o 1 de Tramitación y por cada 3 Juzgados, 1 de
Auxilio.
3.5 Juzgados de
instrucción: 1 de Gestión o 1 de Tramitación y por cada 3 Juzgados, 1 de
Auxilio.
3.6 Juzgados de
lo Penal de Valencia: 1 de Gestión o 1 de Tramitación por cada Juzgado y 8 de
Auxilio para todos los Juzgados.
3.7 Juzgados de
lo Penal de Alicante: 1 de Gestión o 1 de Tramitación por cada Juzgado y 4 de
Auxilio para todos los Juzgados.
3.11 Juzgados de
lo Mercantil: uno de Gestión y uno de Tramitación, y 1 de Auxilio por cada
cuatro
Juzgados.
3.12 Juzgados de
Vigilancia Penitenciaria: uno de Gestión o uno de Tramitación, y uno de
Auxilio.
3.13. Juzgados
de Violencia sobre
3.14 Juzgados de
Menores: 1 funcionario/a en cada juzgado.
3.15 Registros
Civiles únicos: uno de Gestión o uno de Tramitación, y uno de Auxilio.
3.16 Resto
Registros Civiles: uno de Gestión o uno de Tramitación.
3.17. Un
funcionario/a por cada uno de los Juzgados de Paz.
3.18. Servicio
Común Procesal de Ejecución de Mislata: 1 funcionario/a del Cuerpo de Gestión
Procesal o Administrativa o de Tramitación Procesal y Administrativa.
4. Órganos del Ministerio
Fiscal:
4.1. Un
funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y dos funcionarios
del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en cada una de las
distintas Fiscalías, con excepción de las que actúen de guardia, que habrán de contar
con toda la dotación de personal que efectúa el servicio de guardia
habitualmente.
4.2 En las
Adscripciones de Fiscalía: un funcionario/a.
5. En los
Institutos de Medicina Legal, el 30% de los funcionarios/as de los Cuerpos
Especiales de Médicos Forenses, Facultativos y Ayudantes de Laboratorio, y un
funcionario/a de los Cuerpos de Tramitación o de Auxilio.
3.8 Juzgados de
lo Penal de Castellón: 1 de Gestión o 1 de Tramitación por cada Juzgado y 2 de
Auxilio para todos los Juzgados.
3.9 Juzgados de
lo Contencioso-Administrativo: 1 de Gestión o 1 de Tramitación, y un
funcionario de Auxilio Judicial por cada 3 juzgados.
3.10 Juzgados de
lo Social: 1 de Gestión o 1 de Tramitación, y 1 de Auxilio por cada tres
Juzgados.
6. En las
oficinas de los Secretarios Coordinadores Provinciales, y en las de apoyo a los
Decanos, en su
caso, un
funcionario/a de gestión o tramitación.