Vamos
viendo la incidencia, negativa, de todo lo que rodea la implantación del nuevo
modelo organizativo que tanto va a vulnerar muchos de nuestros derechos. La
primera es
Y
habrá quien diga: “pues es poco tiempo”, pero aunque sea una suspensión de sólo
un mes de duración va a afectar, de manera grave e importante, a las personas
que están, actualmente, en comisión de servicios, ya que parece que no se les
va a reasignar otra plaza si la que ocupan se cubre con el concurso, a las
vacaciones ya que donde no se cubran las vacantes o cualquier otra plaza se van
a encontrar con menos personal para los turnos vacacionales, a quien fuera a
realizar una sustitución al cuerpo superior por jubilación o el concurso…
Lo
cierto es que cada una de estas decisiones y modificaciones, nos afectan
directamente y más cuando en el Acuerdo firmado entre Staj, Csif, Ugt y el
Ministerio de Justicia, no se salvaguardaron cuestiones tan importantes, dejándonos
a los pies de los caballos de
Desde CCOO podemos seguir manteniendo que ese Acuerdo fue un grave error, que no protege nuestros derechos sino que los vende a cambio de 0 euros, que regala la paz social cuando más combativos y combativas tendríamos que ser y que el Staj, el Csif y Ugt nunca debieron firmarlo.
Con motivo de la resolución de
Asimismo, la implantación del nuevo modelo organizativo regulado
en
La coincidencia en el tiempo de ambos procesos hace necesario
la toma de medidas que permitan tramitar los procedimientos de provisión de
personal derivados tanto del concurso de traslados como de la implantación de NUMO,
de la manera más eficiente posible.
En consecuencia, desde esta Dirección General, y al objeto de
que se puedan tramitar con celeridad ambos procesos, se va a proceder a la
suspensión temporal de todos los procesos de selección y provisión de personal,
tanto de titulares (comisiones de servicio, adscripciones, sustituciones
verticales...) como de personal interino (ofertas de puestos temporales,
cambios de nombramientos, reclamaciones, etc.), desde el 15 de junio hasta el
15 de julio de 2025.
Por tanto, puesto que se van a suspender todos los procesos de
selección y provisión, no se van a realizar cambios de nombramientos en el caso
de las vacantes producidas por el concurso de traslados, sino que se cubrirán a
través de ofertas a bolsa o por reclamación de interino, todo ello a partir del
15 de julio de 2025.
En base a ello, resulta conveniente que cada órgano judicial
afectado por la resolución del concurso de traslados proponga por escrito la
forma de cobertura de las vacantes generadas por el mismo, teniendo siempre en
cuenta que las citadas propuestas deberán ser remitidas desde el 1 hasta el 15
de julio de 2025 y se dirigirán al Servicio de Selección y Provisión de
personal al servicio de la administración de Justicia de
Lo que se comunica a esa Secretaría de Gobierno para su conocimiento y traslado a los responsables funcionales de los distintos órganos judiciales.
DE