Se amplía el permiso de paternidad/maternidad


12 sept 2025


Publicada en el BOE la Resolución de 9 de septiembre de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto Ley 9/2025 , de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado.

Para ello se ha modificado el texto del Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, de tal manera que se completa la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

Se producen las siguientes mejoras: 

Se amplía el permiso por nacimiento a 19 semanas, aplicándose de la siguiente manera: 

·         17 de esas semanas, retribuidas, se tienen que disfrutar hasta el año de edad del bebé (6 tras el nacimiento) y se aplicará sólo a los nacimientos ocurridos a partir del 30 de julio de 2025. 

·         2 semanas más, también retribuidas, se podrán disfrutar hasta que el niño, o niña, cumpla los 8 años y se aplicará, de forma retroactiva, a los nacimientos ocurridos desde el 2 de agosto de 2024. 

En el caso de familias monoparentales y monomarentales, recordamos que la sentencia del Tribunal Constitucional, de septiembre del 2024, ya les reconocía un permiso de 26 semanas, este plazo se amplía a 32 semanas, a distribuir de la siguiente manera: 

·         28 semanas, retribuidas, hasta el cumplimiento del primer año, de las cuales 6 serán, de forma obligatoria, tras el nacimiento. Sólo se aplicará para los nacimientos posteriores al 30 de julio de 2025. 

·         4 semanas adicionales, retribuidas, hasta el cumplimiento de los 8 años. Se aplicará, de forma retroactiva, a los nacimientos ocurridos a partir  del 2 de agosto de 2024.

El permiso parental no varía y siguen siendo 8 semanas no retribuidas.

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