Desde la DGJ nos hacen llegar un "Informe recordatorio sobre el disfrute de vacaciones y permiso por asuntos particulares del personal funcionario interino", donde, entre otras cosas, se establece lo siguiente:
En el caso del personal temporal afectado por la resolución del concurso de traslados, dada la naturaleza excepcional de la situación, se podrá autorizar el disfrute de los días de vacaciones no disfrutados durante el siguiente nombramiento en un órgano judicial cuya gestión corresponda a la Generalitat Valenciana, dentro del año 2025. Esta autorización estará sujeta a la debida justificación de la imposibilidad de disfrute antes de la finalización del nombramiento y será evaluada por la Dirección General de Justicia y Autogobierno.
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