(ACTUALIZADO A 6.10.17) GUÍA INSCRIPCIÓN ELECTRÓNICA PROCESOS SELECTIVOS PROMOCIÓN INTERNA OEP 2016


6 oct 2017



NOTA DE CCOO

Acabamos de ponernos en contacto con el Área de Selección del Ministerio de Justicia de nuevo, para reiterar que es muy importante que se publique en la web del Ministerio de Justicia lo antes posible la información oficial del Ministerio de Justicia en relación con los problemas que existen aún para la presentación de las instancias de Gestión y Tramitación promoción interna.

Además, CCOO ha vuelto a reclamar que si los problemas se siguen sin solucionar completamente, el Ministerio debe publicar en la web una nueva modificación del plazo de finalización de la presentación de instancias de participación del proceso selectivo, contando 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la nota en la web que asegura que todos estos problemas ya no existen.

Según el Ministerio de Justicia, han detectado problemas aún en la generación del formulario (instancia), que impide la presentación de las instancias de participación en la oposición en muchos casos. Y nos informan que publicarán dicha nota en el momento en que comprueben que están definitivamente arreglados todos los problemas.

Respecto a los compañeros/as que SÍ han podido generar ya el modelo 790 de instancia y en dicho modelo figura el número de justificante, no tienen por qué preocuparse.

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CCOO hemos confeccionado una guía para realizar la inscripción electrónica en los procesos selectivos de promoción interna de los Cuerpos Generales (Tramitación y Gestión) dado que a pesar de la insistente reclamación de CCOO al Ministerio de Justicia para que se pudiese presentar la inscripción en papel finalmente las convocatorias no lo recoge.

Únicamente aquellos opositores que vayan a realizar el pago mediante una entidad de crédito que no figure en el siguiente enlace, podrán presentar la instancia en formato papel y tendrán que rellenar el Anexo V que se establece en las convocatorias:

ENTIDADES DE CRÉDITO QUE ADMITEN PAGO ELECTRÓNICO

EL MINISTERIO DE JUSTICIA, A PESAR DE LAS INSISTENTES RECLAMACIONES DE CCOO PARA QUE SE PERMITIESE PRESENTARLAS EN FORMATO PAPEL, SE HA NEGADO A RECOGER ESTA RECLAMACIÓN PONIENDO EN RIESGO LOS DERECHOS DE MUCHOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS QUE VAN A TENER DIFICULTAD EN LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA.


1. Certificados digitales:


Para la inscripción electrónica se pueden utilizar distintos certificados entre los cuales están:


2. PROCESO DE INSCRIPCIÓN


Una vez que disponemos de certificado electrónico tenemos que acudir a uno de los siguientes enlaces:

INSCRIPCIÓN PROCESOS SELECTIVOS

Seleccionamos el Cuerpo en el que nos queremos inscribir (Tramitación o Gestión)

En relación al plazo de presentación de instancias reiteramos que son 20 días hábiles y según se establece en la web del Ministerio de Justicia, el plazo de presentación de instancias, se calculará en función de las festividades, de tal manera que cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que reside el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará inhábil en todo caso.

Actualización:  El Ministerio se ha visto a AMPLIAR EL PLAZO HASTA EL 6 DE NOVIEMBRE, por las denuncias realizadas por CCOO y los trabajadores.


Asimismo, como aparecen todos los procesos selectivos que hay abiertos, de cualquier ámbito, si filtramos los datos y ponemos Justicia, nos saldrán los 2 siguientes:





Posteriormente elegimos la opción a través del cual queremos inscribirnos:




A continuación nos lleva a una pantalla donde hay que rellenar datos personales, algunos ya vienen rellenos por el certificado digital:




En cuanto a la localidad de examen el Ministerio ha rectificado y ya aparecen todas las provincias de examen, tal y como establece el BOE (Casilla 20, Provincia de examen).




Casilla 24. Titulación. Seleccione la titulación de acuerdo con lo establecido en la convocatoria. En caso de que no figure en el desplegable, deberá seleccionar el guión que aparece en primer lugar y escribir la titulación que posee en la casilla «Otras titulaciones». Tal y como figura en la siguiente imagen.

Hemos comprobado también lo referente a la titulación exigida en la convocatoria, y está subsanado:



Casilla 25. Acreditación de lengua autonómica y/o Derecho Civil Vasco. «Datos a consignar según las bases de la convocatoria». Quienes deseen realizar las pruebas optativas escribirán la palabra «Realiza» en el cuadro correspondiente al tipo de prueba,quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos escribirán «Documenta» y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, indicarán«Documenta y realiza».

Exención o reducción de tasa:

Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la tasa y deban presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.4 de la convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los siguientes documentos:
  • Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.
  • La certificación relativa a la condición de demandante de empleo.
  • La aportación del título de familia numerosa cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.
En caso de «no prestar el consentimiento» al órgano gestor se deberá marcar la casilla que aparece a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos con la instancia de solicitud.

Asimismo, los demás documentos que se indican en la base 5 deberán aportarse en todo caso junto con la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.


Aquellos aspirantes que opten en virtud de la base 4.2 b) por acreditar los dos años de antigüedad de los dos años si fue interino con anterioridad a aprobar su plaza o si ha realizado sustituciones verticales, de tal modo que la suma de los distintos periodos sea igual o superior a 2 años, desde CCOO aconsejamos que como documento adjunto en la pantalla anterior aporte un certificado emitido por la Administración competente acreditando dichos periodos y así no salir excluido en los listados provisionales.



La cantidad a pagar te la refleja automáticamente el formulario, no obstante las cantidades son 11,43 € o 5,77€ en caso de derecho a reducción. Asimismo se puede optar entre pagar con tarjeta de crédito o mediante cuenta bancaria, hay que elegir la opción en la siguiente pantalla:



Asimismo, y ante las dudas suscitadas os indicamos que en cuanto al modo de pago se puede hacer por:
  • Tarjeta de crédito.
  • Cuenta bancaria.
No obstante, no todas las entidades admiten ambos sistemas, sino que hay entidades que admiten pago con tarjeta de crédito y cuenta bancaria y otras entidades que solo admiten uno de los sistemas.

Al aparecer por defecto seleccionada la opción de tarjeta de crédito, si en el desplegable no te aparece tu entidad bancaria, tienes que seleccionar la opción de cuenta bancaria y aparece un nuevo desplegable donde figuran más entidades.

Por poner un ejemplo, BBVA o ING no admiten pago por tarjeta y solo se puede pagar por cuenta bancaria.


Recordamos la importancia de dar el consentimiento en la siguiente pantalla, ya que en caso contrario deberá acreditar con posterioridad los datos de identificación, titulación, etc.





Tal y como establece el BOE a efectos de comunicaciones y demás incidencias se puede contactar en los siguientes números:


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