Estamos esperando que nos remitan la sentencia completa para su lectura y en las próximas horas publicaremos más información al respecto.
Según nos han comunicado en el fallo se establece que:
"Que estimando el recurso contencioso advo interpuesto por la FEDERACIÓN DE SERVICIOS A LA CIUDADANÍA DE COMISIONES OBRERAS contra la desestimación, por silencio advo, del recurso de reposición formulado frente a la Orden JUS/646/2017 de 19 de junio, por la que se convoca concurso de traslados entre los funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, publicada en el BOE de 7 de julio de 2017. Recurso ampliado a la resolución expresa de fecha 23-02-2018 de la Secretaria de Estado (P.D. del Ministro de Justicia), desestimando el recurso interpuesto contra la mencionada Orden JUS/646/2017, de 17 de junio.
Declaro que dicha Orden no es ajustada a Derecho en lo relativo a la convocatoria de plazas de la MUGEJU; y en consecuencia procede anularla en tal extremo; y acceder a los pedimentos interesados en el suplico de la demanda
La Administración demandada deberá sacar a concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia los puestos de trabajo de la MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL ocupados por interinos, y a resultas, dentro de los límites recogidos en la Base Primera apartado 3 de la convocatoria a la que alude esta sentencia.
Se hace expresa condena en costas a la Administración recurrida".Imprimir artículo