Publicación de la Bolsa trabajo de Justicia para la Comunitat Valenciana: resumen de requisitos y baremos


17 feb 2020



En fecha 17 de febrero se publica en el DOGV la normativa que regulará la selección y nombramiento de personal interino a cuerpos generales de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana (Orden 3/2020).
Cuerpos: Médicos Forenses, Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.
Sólo se puede optar entre un cuerpo y una provincia.
El número de integrantes se establecerá en la convocatoria y habrá dos listados, una lista preferente y otra ordinaria, salvo Forenses que solo hay una única lista.
Lista preferente, integrada por:
Gestión, tramitación y auxilio que hayan superado los primeros ejercicios y tengan la puntuación necesaria para superar el último ejercicio (según determine la convocatoria) del último proceso selectivo finalizado (a día de hoy es el de 2016) a los que se les suma la puntuación obtenida en los méritos.
Lista ordinaria, hasta el número total de integrantes de cada bolsa, se compondrá de:
·         Los y las que alcancen el 30% de la puntuación máxima en el primer ejercicio del último proceso selectivo finalizado o en curso (del cuerpo al que optes)
·         Los y las que tengan un mínimo de servicios prestados acumulados de 2 años del cuerpo al que optes, o 5 años en cualquier cuerpo.
Requisitos generales de acceso:
A parte de los requisitos básicos, que existen en la mayoría de bolsas, lo más significativo es:
·         Edad mínima 16 años, salvo auxilio 18 años.
·         Para tramitación se debe acreditar conocimiento y práctica en procesamiento de textos con algunas excepciones.
Valoración de méritos:
·         Antigüedad: máximo de 100 puntos.
·         Superación de ejercicios en procesos selectivos: máximo 60 puntos.
·         Titulación académica: máximo de 17 puntos.
·         Formación complementaria: máximo de 15 puntos.
·         Conocimiento de valenciano: máximo de 8 puntos.
Los requisitos y méritos se deben cumplir el último día de presentación de solicitudes.
No se valorarán los siguientes méritos:
·         Los alegados y no acreditados en forma y plazo.
·         Los que no se hayan alegado en fase de autobaremación.
Respecto la autobaremación:
·         Es vinculante tanto para la persona solicitante como para la D.G.Justicia (no valdrán méritos distintos a los alegados ni se podrá baremar con una puntuación superior a la alegada).
·         Se excluirá a aquellas personas cuya diferencia entre la puntuación total autobaremada y su puntuación real sea superior a 20% de esta última.
En caso de ser seleccionado o seleccionada para formar parte de la bolsa y no acreditar servicios prestados en Justicia por un mínimo de 3 años, serán nombrados funcionarios/as interinos/as en prácticas con un período de prácticas de 2 meses de duración que en caso de no superarse supondría el cese.
Funcionamiento de la Bolsa de trabajo
No hay grandes cambios con respecto al funcionamiento de la anterior bolsa, sí que es cierto, que se ha modificado el artículo sobre “llamamientos singulares” y siempre que no haya transcurrido más de un año del cese en un centro de destino se podrá nombrar a la misma persona interina durante toda la vigencia de la bolsa y para todo ese partido judicial. La Administración argumenta que es muy difícil cubrir partidos alejados como Requena, Vinaroz, etc.
Con esta nota informativa CCOO quiere facilitar la compresión, a veces compleja, de la Bolsa de Trabajo (hay que tener en cuenta que es un resumen y para el detalle hay que ir a la normativa). Desde CCOO hemos informado de lo acontecido en todo el proceso de negociación, de nuestras alegaciones y propuestas y la forma autoritaria y abrupta en que ha acabado la negociación. Seguiremos peleando por una bolsa más justa junto al colectivo de interinas e interinos.

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