La Dirección General de
Justicia ha dictado dos resoluciones, una sobre control de acceso a sedes
judiciales y otra sobre limpieza e higiene de las sedes judiciales:
1.- Para aquellos casos en
los que resulte imprescindible acudir a la sede judicial, será necesario obtener
previamente la correspondiente cita de conformidad con los protocolos que al
efecto se establezcan.
2.- En las sedes el
personal de seguridad controlará que:
– Todo el público, guarde la distancia
interpersonal.
– Que se cumple el aforo máximo que deberá permitir cumplir con el
requisito mencionado de la distancia interpersonal de 2 metros.
– Se limitará el número de personas que accede y el
tiempo de exposición al mínimo posible.
Adicionalmente, las
personas ajenas a la sede judicial comunicarán en el control de acceso de la entrada
su recorrido, para evitar cualquier prolongación de su presencia.
– Se organizará por parte del personal de
seguridad, el acceso de usuarios que permanecerán en el exterior del centro de
trabajo en espera de acceder cuando lo permita el aforo, para que guarden
rigurosamente la distancia de seguridad.
– Se informará a los usuarios sobre las medidas
organizativas (verbalmente, cartelería, uso de pantallas, altavoces, ...) y su
obligación de cooperar en su cumplimiento.
3.- Se dispone de geles de
base alcohólica o soluciones hidroalcohólicas en lugares visibles y de fácil
localización. Se han colocado dispositivos en lugares próximos a las puertas de
entrada y salida del edificio judicial, a las puertas de los ascensores,
cercanos a las impresoras y fotocopiadoras de uso común, en los puestos de
atención al público y/o control, etc.
El personal de seguridad
controlará que los geles son utilizados sistemáticamente por todas las personas
tras rebasar la puerta de la sede judicial.
Los usuarios que accedan
al edificio judicial con cita previa, deberán disponer y usar mascarillas propias
y utilizar el gel desinfectante en las manos.
En el BOE del 9 de mayo de
2020 se publica la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el
Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de
Justicia ante el COVID-19.
En el articulado de la
citada Orden, se establecen una serie de medidas que en las Sedes Judiciales de
la Comunitat Valenciana, ya se han implementado, pero que es necesario
recopilar y recordar, sobre todo, en lo que se refiere a la puesta en
conocimiento de aquellas empresas prestadoras de servicios, y que son parte
relevante en que se lleve a buen término la citada desescalada en la
administración de justicia.
Al respecto de las medidas
de protección colectiva en las indicaciones generales de higiene, limpieza y
condiciones ambientales de trabajo se señalan las siguientes, de obligado
cumplimiento por parte de las empresas contratadas por la Consellería de
Justicia, Interior y Administración Pública, para la realización del servicio
de limpieza.
1.- Se prestará una
limpieza y desinfección frecuente, con especial atención a zonas de afluencia y
uso común (zonas de espera, aseos, puntos de información, puestos de atención…).
2.- Será necesario limpiar
el área/mesa de trabajo usada por un empleado/a en cada cambio de turno. Para
facilitar la limpieza se dejará la mesa de trabajo lo más ordenada y libre
posibles, y se reducirán los instrumentos, documentos y utensilios que pueda
haber sobre la misma a los estrictamente necesarios para el trabajo.
3.- Se intensificarán las
actuaciones de limpieza y desinfección de las superficies y espacios de trabajo,
con especial atención, entre otros, a pomos de puertas, pasamanos,
interruptores, botones de ascensores, lavabos, suelos, teléfonos, medios
telemáticos de uso común o compartido empleados para videoconferencias u otros
usos, así como sus accesorios (mandos a distancia, micrófonos, auriculares o
similares). Se limpiarán adecuadamente los calabozos cada vez que sean usados.
Se intensificará la limpieza en las zonas de mayor afluencia de personal
(registros civiles, juzgados de guardia, salas de vistas y salas de usos
múltiples.
4.- Para esta
intensificación de las tareas de limpieza e higiene, los detergentes habituales
serán suficientes, aunque también se podrá contemplar la incorporación de lejía
u otros productos desinfectantes a las rutinas de limpieza, siempre en
condiciones de seguridad.
5.- Se intensificarán las
medidas de aireación y ventilación de los lugares de trabajo. Se realizarán tareas
de ventilación periódica en las instalaciones de frecuencia mínima diaria y por
espacio de diez minutos. En despachos y salas de vistas que dispongan de
ventanas con posibilidad de apertura, también se mantendrá una ventilación
diaria no inferior a diez minutos para la adecuada renovación de aire.
6.- La gestión de los
residuos ordinarios continuará realizándose del modo habitual, respetando los
protocolos de separación de residuos.
7.- Todo material de
higiene personal (mascarillas, guantes, etc.) se depositará en la fracción «resto»
(agrupación de residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas
las recogidas separadas). Se debe evitar que los EPIs sean una fuente de
contaminación, por ejemplo, dejándolos sobre superficies del entorno una vez
que han sido retirados. Por tanto, después de su retirada, los EPIs desechables
deberán tirarse en los contenedores distribuidos al efecto. Serán contenedores
o papeleras con tapa, y que dispongan preferentemente de pedal.
La Dirección General de
Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, adquirió desde el
principio de la pandemia, los contenedores con tapa y pedal necesarios, que se encuentran
ubicados principalmente en las zonas de salida del personal, incluyendo los
accesos a parking. El personal de limpieza debe extraer la bolsa de basura y
colocar una segunda bolsa de basura, con cierre, para su depósito en la
fracción resto.
8.- Las empresas
prestadoras del servicio de limpieza se asegurarán de la correcta protección individual
del personal encargado de la limpieza. Todas las tareas de limpieza se
realizarán con mascarilla y guantes de un solo uso. Una vez finalizada la
limpieza, y tras despojarse de guantes y mascarilla, será necesario que el
personal de limpieza realice una completa higiene de manos, con agua y jabón,
durante 40-60 segundos.
9.- Las empresas
prestadoras del servicio de limpieza, repondrán inmediatamente al personal de sus
empresas que se encuentre en IT.
10.- El personal de
limpieza se encargará de:
- Comprobar que existen
toallitas de papel en todos los baños, comunicando cualquier falta a los mantenedores
de las sedes judiciales.
- Comprobar que existe gel
hidroalcohólico en los dispositivos que al efecto se han dispuesto por la
Dirección General, comunicando al mantenedor o reponiendo directamente los
citados dispositivos.
11.- En las Salas de
vistas, una vez finalizado un juicio, el auxilio judicial contactará con el personal
de limpieza, para que inmediatamente pase a limpiar la sala, utilizando
productos de desinfección adecuados. Se procederá por el personal de limpieza a
retirar los plásticos que cubran los micrófonos, colocando unos nuevos, que a
tal efecto ha adquirido la Dirección General.
12.- La Dirección General
ha suscrito y va a continuar suscribiendo contratos de emergencia para los
refuerzos de personal en el servicio de limpieza. Hasta la fecha de inicio de
la pandemia, el servicio de limpieza se venía realizando principalmente por las
tardes, para en la medida de lo posible, no alterar o interrumpir el trabajo
del personal que desarrolla su trabajo en las sedes judiciales. Sin embargo, la
situación actual, nos obliga a que el servicio se refuerce en horario de mañanas,
fines de semana y horarios de las guardias, precisamente para poder dar el
servicio adecuado a las necesidades actuales. A tal efecto, las empresas
prestadoras del servicio de limpieza revisarán sus propuestas, distribuyendo de
una manera eficiente sus efectivos, tanto de la prestación ordinaria del
servicio, conjuntamente con el refuerzo programado.
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