En la reunión de hoy 8 de junio de la Comisión Autonómica de Seguimiento del Covid-19 en Justicia han acordado las siguientes normas respecto al acceso de público y profesionales.
Queda sin efecto el sistema de acceso que ha venido denominándose de “cita previa”.
La regla esencial de acceso es la de permitir el mismo a los profesionales y ciudadanos siempre que no se encuentre completo el aforo correspondiente a cada sede y se justifique la necesidad o interés legítimo en el acto o actuación de que se trate.
Al objeto de gestionar el aforo máximo tendrán preferencia de acceso:
1.- los profesionales y ciudadanos que acudan con la correspondiente citación judicial o de fiscalía al acto o actuación a realizar.
2.- los profesionales que presenten email o documento de citación a hora concreta obtenido previamente del órgano judicial, fiscalía, SOJ u OSL previa petición a los mismos por correo electrónico o por teléfono. A estos efectos, en el protocolo que facilitará en breve la Administración prestacional se incluirá en anexo las direcciones de correo electrónico y teléfonos de todos los órganos judiciales, fiscalías, SOJ y OSL de la Comunitat Valenciana.
Se realizarán de forma telemática o telefónica todas las consultas o trámites que resulte factible y siempre que quede garantizada la identidad del comunicante. Los profesionales de los medios de comunicación acreditados podrán acceder a las sedes judiciales a fin de garantizar el derecho a la información.
La Oficina de Comunicación del TSJCV coordinará las medidas necesarias a estos efectos con los servicios de seguridad y de control de accesos, con las gerencias y unidades administrativas de la Consellería de Justicia de las distintas sedes y con los Decanatos y Presidencias de las Audiencias Provinciales.
Las citas a los ciudadanos del SOJ y de la Oficina Socio-Laboral serán gestionadas directamente por tales servicios, los que comunicarán diariamente a la Gerencia o al puesto de guardia de la respectiva sede la identidad y número de DNI de las personas que se encuentren citadas a tales servicios.
Las citas previas que efectúen los Colegios Profesionales sitos en sedes judiciales a sus colegiados/as serán gestionadas por dichos colegios profesionales, emitiendo documento de cita previa que deberá exhibir el/la profesional, si así fuere solicitado.
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