Indemnizaciones por cese al personal interino


22 sept 2021


CCOO ayudará al personal afectado a gestionar la solicitud de indemnización en el caso de que el cese sea con motivo de la toma de posesión de personal de nuevo ingreso y que se haya presentado al proceso selectivo sin obtener plaza.

De nuevo insistimos en este derecho que se reconoce en el Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobado por el Gobierno en cumplimiento del acuerdo propiciado por CCOO en el seno de la Mesa General de las Administraciones Públicas.

Este Real Decreto determina en su art. 2:

“6. Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización.

(…)

La no participación del candidato o candidata en el proceso selectivo de estabilización no dará derecho a compensación económica en ningún caso.”

Desde CCOO hemos solicitado, tanto a la Dirección General como a la propia Consellera, que se proceda al pago de las indemnizaciones a aquellas personas a las que les correspondan sin que sea necesario la presentación de demandas judiciales.

Es indignante e inasumible que, una y otra vez, el funcionariado de justicia nos veamos obligados a terminar en los tribunales para conseguir derechos que ya tenemos reconocidos.

A pesar de esta solicitud, y previsores de los problemas con los que nos vamos a encontrar para el pago, CCOO pone a vuestra disposición una reclamación previa de dicha indemnización.

Aquellas personas afectadas que estéis interesadas en presentar la reclamación poneos en contacto con la Sección Sindical o cualquiera de nuestros delegados y delegadas.
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