Tramitación: 18 de marzo
Gestión y Auxilio: el 25
de marzo
PLAZOS POSESORIOS
Se computarán, en días hábiles, desde el día siguiente al del cese.
- 3 días si no hay cambio de localidad.
-
8 días con cambio de localidad
pero dentro de la misma CCAA.
- 20
días con
cambio de Comunidad Autónoma.
- 1 mes para ir a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
CESES Y TOMAS DE POSESIÓN
-Notificación del cese:
Se realizarán a través de la carpeta ciudadana y se firmará digitalmente.
Se incluyen aquí los ceses de las Comisiones de Servicio de las plazas afectadas.
-Toma de posesión:
Se formalizará en el órgano judicial en el que se hay obtenido la plaza y tras su firma la propia persona interesada deberá remitirlo por correo a la DGJ a la siguiente dirección:
CESE Y PLAZO POSESORIO EN CASO DE PERMISO O LICENCIA
El cese y cómputo de los plazos posesorios se producirán al finalizar los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones.
En estos casos, el cese
se producirá el día de la incorporación al puesto de trabajo tras la
finalización del permiso o licencia y el plazo posesorio comenzará a contar a
partir del día siguiente.
RETRIBUCIÓN DEL PLAZO POSESORIO
-Personal en activo, servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares y no reingresen en cuerpos o escalas a que se refiere este concurso:
El plazo posesorio
será retribuido por la Administración competente respecto de la
plaza obtenida en concurso).
-Reingreso al servicio activo en cuerpos o escalas a que se refiere este concurso desde el resto de excedencias y los adscritos provisionales:
El plazo
posesorio es de 20 días hábiles no retribuidos, a contar desde
el día de publicación en el BOE (estos últimos tienen unos procedimientos
especiales para toma de posesión y permisos que se detallarán en la Resolución
y que podréis consultarnos)
-En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran adscritos provisionales en el cuerpo o escala donde reingresan o en activo en otro cuerpo o escala de la Administración de justicia y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración de justicia,:
Bastará con que, dentro del plazo posesorio de veinte días hábiles tomen posesión en el nuevo cuerpo o escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso.
Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a esta dirección general a través de la dirección de correo electrónico concursos_just@ gva.es, un permiso retribuido de 2 días hábiles si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta 3 días hábiles, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.
CESE DEL PERSONAL INTERINO
Con carácter general, el personal interino que ocupe las plazas que han sido adjudicadas, cesará el 18 de marzo de 2022, en el caso del cuerpo de tramitación procesal y administrativa y el día 25 de marzo de 2022, en el caso de los cuerpos de gestión procesal y administrativa y auxilio judicial, salvo supuestos excepcionales a determinar por esta dirección general, que serán notificados individualmente a cada órgano judicial afectado.