Oposiciones: Auxilio estabilización concurso, listado renuncias


30 abr 2025


Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia, respecto de Auxilio Judicial, acceso libre, estabilización, concurso, Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre (BOE de 27 de diciembre) las listas anonimizadas de personas aprobadas que han renunciado expresa o tácitamente, personas aspirantes excluidas por presentación extemporánea de documentación, aspirantes requeridos de subsanación de documentación y persona aspirante en proceso de jubilación antes de la finalización del proceso selectivo. 

NOTA INFORMATIVA DE RENUNCIAS.

 
El Tribunal Calificador Único del Cuerpo de Auxilio Judicial comunica a las personas opositoras del proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre a los efectos de transparencia y objetividad que una vez examinada la documentación de los 2115 aspirantes aprobados por Orden PJC/1496/2024 por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, se hace pública las listas anonimizadas de personas aprobadas que han renunciado expresa o tácitamente, personas aspirantes excluidas por presentación extemporánea de documentación, aspirantes requeridos de subsanación de documentación y persona aspirante en proceso de jubilación antes de la finalización del proceso selectivo. 

Se indica que conforme a lo dispuesto en la base 8.3 se procederá a formar listas complementarias de personas que superan el proceso selectivo, con la indicación de que la realización de las mismas está sujeta a la estimación o desestimación de los recursos interpuestos en tiempo y forma, que puede condicionar el orden de los listados publicados en la web de personas que no superaban el proceso por ámbitos territoriales. 

Las personas aspirantes que se incluyan en las listas complementarias deberán presentar la documentación acreditativa, en un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, sin perjuicio de otras vías de comunicación por parte de la Administración para hacer saber la existencia de estas listas complementarias, a las personas que pudieran ser afectadas. 
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