INSTRUCCIONES
EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
*El 31
de agosto 2026 CESARÁN aquellos interinos
cuya plaza se haya adjudicado en auxilio concurso de méritos y todos los
cuerpos de concurso oposición y promoción interna.
*El
personal interino cuya plaza no se cubra pero que esté afectado por
la ley 20/21, nombramientos por un máximo de 3 años, irán
cesando durante septiembre.
*El personal
interino que pase a ser titular, sin interrupción del servicio,
podrá disfrutar las vacaciones en el destino como
titular.
*El
personal interino que cese deberá tener las vacaciones disfrutadas.
*Se
publicará, en la web de la DGJ, la adjudicación de destinos en cuánto la
tengan.
*Se
solicitará que el personal adjudicado en los diferentes procesos, comunique a
la DGJ si va a dejar en excedencia la plaza a fin de poder gestionar la
continuidad del personal interino que la cubre (salvo que estén afectados por
la ley 20/21, como ya hemos dicho antes).
*Desde CCOO hemos
vuelto a reivindicar que el cese del personal interino se debe
producir con la efectiva llegada del titular, denunciando que somos el
único territorio que lo hace de esta forma y que la cantidad de mesas vacías
que se produce con este hecho afecta no solo al personal sino también a la
calidad del servicio que ofrecemos.
INSTRUCCIONES EN LA COMUNIDAD DE CATALUNYA
El Departamento de Justicia ha enviado a
CCOO la "nota informativa en
relación con la toma de posesión y las incidencias derivadas de la
resolución de adjudicación de destinos al personal funcionario del cuerpo de auxilio judicial que ha superado las
pruebas selectivas convocadas por la orden
jus/1288/2022, de 22 de diciembre".
Además, indica las instrucciones para la
solicitud del permiso retribuido establecido en la disposición adicional 5ª del real decreto 364/1995.
El Departamento señala en la nota que
"Los interinos del cuerpo de auxilio judicial que no tomen posesión del
destino adjudicado deberán ser cesados y excluidos de la bolsa de personal
interino de este cuerpo, de acuerdo con la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Supremo de fecha 10/06/2026", lo que consideramos una
interpretación muy restrictiva de lo que establece la citada sentencia y un
nuevo ataque al personal interino.
Accedeix a la nota informativa (en
catalán)
Accedeix a la nota sobre el permís
retribuit (en catalán)
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