Auxilio Judicial. Orden jus/1288/2022. Instrucciones para la toma de posesión en el Ámbito de la Comunidad de Valencia y Comunidad de Catalunya


3 ago 2026


CCOO INFORMA: TOMAS DE POSESIÓN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS PENDIENTES*📢

 

INSTRUCCIONES EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

*El 31 de agosto 2026 CESARÁN aquellos interinos cuya plaza se haya adjudicado en auxilio concurso de méritos y todos los cuerpos de concurso oposición y promoción interna.

*El personal interino cuya plaza no se cubra pero que esté afectado por la ley 20/21, nombramientos por un máximo de 3 años, irán cesando durante septiembre.

*El personal interino que pase a ser titularsin interrupción del servicio, podrá disfrutar las vacaciones en el destino como titular.

*El personal interino que cese deberá tener las vacaciones disfrutadas.

*Se publicará, en la web de la DGJ, la adjudicación de destinos en cuánto la tengan.

*Se solicitará que el personal adjudicado en los diferentes procesos, comunique a la DGJ si va a dejar en excedencia la plaza a fin de poder gestionar la continuidad del personal interino que la cubre (salvo que estén afectados por la ley 20/21, como ya hemos dicho antes).

*Desde CCOO hemos vuelto a reivindicar que el cese del personal interino se debe producir con la efectiva llegada del titular, denunciando que somos el único territorio que lo hace de esta forma y que la cantidad de mesas vacías que se produce con este hecho afecta no solo al personal sino también a la calidad del servicio que ofrecemos.

 

INSTRUCCIONES EN LA COMUNIDAD DE CATALUNYA

El Departamento de Justicia ha enviado a CCOO la "nota informativa en relación con la toma de posesión y las incidencias derivadas de la resolución de adjudicación de destinos al personal funcionario del cuerpo de auxilio judicial que ha superado las pruebas selectivas convocadas por la orden jus/1288/2022, de 22 de diciembre".

 

Además, indica las instrucciones para la solicitud del permiso retribuido establecido en la disposición adicional 5ª del real decreto 364/1995.

El Departamento señala en la nota que "Los interinos del cuerpo de auxilio judicial que no tomen posesión del destino adjudicado deberán ser cesados y excluidos de la bolsa de personal interino de este cuerpo, de acuerdo con la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de fecha 10/06/2026", lo que consideramos una interpretación muy restrictiva de lo que establece la citada sentencia y un nuevo ataque al personal interino.

Accedeix a la nota informativa (en catalán)

 

Accedeix a la nota sobre el permís retribuit (en catalán)


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