Concurso traslado Comunitat Valenciana: ceses, tomas de posesión y formalización de trámites


19 feb 2021


Se ha publicado la Resolución definitiva por la que se resuelve el concurso de traslado de 2020 en el BOE y en el DOGV

Ceses 22 de febrero para tramitación y 26 de febrero para Gestión y Auxilio Plazos posesorios (en días hábiles) se computarán desde el día siguiente al de su cese.

1.- funcionari@s en activo, servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares y no reingresen en cuerpos o escalas a que se refiere este concurso (para estos funcionarios el plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto de la plaza obtenida en concurso).

         - 3 si no hay cambio de localidad.

         - 8 con cambio de localidad pero dentro de la misma CCAA.

         - 20 con cambio de CCAA

         - 30 en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.

2.- reingreso al servicio activo en cuerpos o escalas a que se refiere este concurso desde el resto de excedencias y los adscritos provisionales tienen un plazo de 20 días hábiles no retribuidos desde el día de publicación en el BOE (estos últimos tienen unos procedimientos especiales para toma de posesión y permisos que se detallan en la Resolución y que podéis consultarnos)

El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen vacaciones, permisos o licencias que se estén disfrutando salvo suspensión o revocación del disfrute de los mismos por circunstancias excepcionales y motivadas.

No obstante, en los casos de funcionarios que reingresen al servicio activo como consecuencia de la resolución del concurso y de funcionarios adscritos provisionales que, igualmente, obtengan destino como consecuencia de la resolución del concurso, y tomen posesión en fechas distintas a las citadas anteriormente, los funcionarios interinos afectados cesarán con motivo de dichas tomas de posesión.

Formalización de los documentos de cese y/o toma de posesión del personal titular (F3T y F1T), los mismos serán remitidos a los órganos judiciales afectados: aquel en que se produce el cese y aquel en que hubiera sido destinado el funcionario titular.

- si el interesado firma digitalmente el documento: podrá proceder a la devolución del mismo a esta dirección de correo electrónico concursosjust@gva.es.

- si el interesado opta por la firma manual: al objeto de agilizar los trámites (nóminas, cronos y en su caso cambio de grupo de cotización a la Seguridad Social), deberá adelantar una copia escaneada a la referida dirección de correo electrónico y proceder a la remisión de una copia del documento original a la sede de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia (Ciudad Administrativa 9 d’Octubre, Torre 4, 2ª planta) de València, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común.

Cese interinos: Con carácter general, las y los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas, cesarán el 22 de febrero de 2021, en el caso del cuerpo de tramitación procesal y administrativa y el día 26 de febrero en el caso de los cuerpos de gestión procesal y administrativa y auxilio judicial, salvo supuestos excepcionales a determinar por esta dirección general, que serán notificados individualmente a cada órgano judicial afectado.

Formalización de los documentos de cese de los funcionarios interinos: serán remitidos al órgano judicial que esté destinado, para su formalización a última hora de la jornada laboral. Una vez formalizado deberá adelantar una copia escaneada a la dirección de correo electrónico interinos_rrhhdgj@gva.es y proceder a la remisión de una copia de los documentos originales a la sede de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia (ciudad administrativa 9 d’Octubre, Torre 4, 2ª planta) de València, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común.

Situación de pandemia: en los casos debidamente justificados que no hayan encontrado alojamiento en la localidad de destino, a aquellos funcionarios que les sea imposible tomar posesión en los plazos señalados, se les amplía el plazo de cese y de toma de posesión durante el tiempo imprescindible que sea necesario para solventar el concreto caso en el que se encuentre la persona afectada.

Para ello, comunicarán dicha circunstancia a la Dirección General, al correo electrónico concursosjust@gva.es, aportando la documentación acreditativa de la imposibilidad de asistir a tomar posesión en el destino adjudicado. Una vez que finalice la causa de dicha imposibilidad, deberán comunicarlo también a la Gerencia o Comunidad Autónoma, cesando al día siguiente de dicha notificación, contando entonces los plazos posesorios establecidos en los puntos Sexto y Séptimo.

 


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