Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre: publicación en el BOE de los nombramientos y destinos de las personas que han superado el proceso selectivo


29 oct 2021



MINISTERIO DE JUSTICIA

Nombramientos

Orden JUS/1157/2021, de 19 de octubre, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema general de acceso libre, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17582 - 163 págs. - 8.193 KB)     Otros formatos

Destinos

Orden JUS/1158/2021, de 19 de octubre, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17583 - 44 págs. - 1.661 KB)     Otros formatos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Destinos

Orden de 19 de octubre de 2021, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17584 - 10 págs. - 552 KB)      Otros formatos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

Destinos

Resolución de 19 de octubre de 2021, del Departamento de Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17585 - 32 págs. - 1.375 KB)     Otros formatos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Destinos

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17586 - 11 págs. - 589 KB)      Otros formatos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Destinos

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Consejería de Presidencia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17587 - 4 págs. - 253 KB)      Otros formatos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Destinos

Orden PRE/82/2021, de 19 de octubre, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17588 - 4 págs. - 246 KB)      Otros formatos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Destinos

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17589 - 4 págs. - 286 KB)      Otros formatos


COMUNITAT VALENCIANA

Destinos

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17590 - 13 págs. - 667 KB)      Otros formatos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Destinos

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17591 - 4 págs. - 264 KB)       Otros formatos

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Destinos

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17592 - 12 págs. - 639 KB)      Otros formatos

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Destinos

Resolución 329/2021, de 19 de octubre, de la Dirección General de Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17593 - 5 págs. - 277 KB)      Otros formatos

COMUNIDAD DE MADRID

Destinos

Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.

PDF (BOE-A-2021-17594 - 25 págs. - 1.153 KB)      Otros formatos

En la orden del Ministerio de Justicia, y de manera análoga en las de las CCAA, todas ellas publicadas en el BOE de 29 de octubre, se determina literalmente:

PLAZO PARA LA TOMA DE POSESIÓN 

Primero.- Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, (...)  

PARA QUIÉNES OPTEN POR MANTENERSE EN EL CUERPO DE ORIGEN SI YA SON PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA  

Segundo.- Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.  (...)

PERMISOS PARA LA TOMA DE POSESIÓN PARA AQUELLAS PERSONAS QUE OPTEN POR MANTENERSE EN EL CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA

Tercero.- En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia (...) podrán solicitar (...)  un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Esto días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio

  En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.    

OTRAS CUESTIONES SOBRE LA TOMA DE POSESIÓN Y SOBRE LOS PERMISOS DEL REAL DECRETO 364/1995 DE 10 DE MARZO (DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA)

1.- Volvemos a reiterar que hemos pedido de forma insistente al Ministerio de Justicia que las personas interinas de su ámbito, que han superado el proceso selectivo de Tramitación turno libre y que deben por tanto cesar en este ámbito, se les permita cesar el día 1 de noviembre, aunque sea día festivo, si desean tomar posesión el primer día posible, el 2 de noviembre. SIN RESPUESTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA A ESTA JUSTA DEMANDA

2.- El Ministerio de Justicia, en su ámbito de gestión, concederá a todas las personas funcionarias que tomen posesión del Cuerpo de Tramitación, en su ámbito territorial, el permiso establecido en la disposición adicional quinta del RD 364/1995 de 10 de marzo en los siguientes casos y condiciones:

  • El permiso deberá empezar a contar a partir del día siguiente a la toma de posesión.
  • Se concederá siempre y cuando cesen y tomen posesión sucesivamente en el plazo imprescindible de uno, dos o tres días que se concede para estos casos. 
  • Se concederá al personal interino que se encuentre prestando servicios en el momento de la publicación de la adjudicación de destinos de nuevo ingreso, siempre y cuando cesen y tomen posesión sucesivamente.  
  • El permiso se concede cuando hay un cambio de residencia,  y la residencia habitual es donde se tenga el domicilio, por lo que, si se cambia de destino, pero no de domicilio, no se tendría derecho a este permiso.  
  • Este permiso sólo se aplicará al personal que no haya disfrutado de plazo posesorio retribuido.  
Imprimir artículo