Esta Resolución de la AGE no sólo implanta por fin la nueva jornada laboral de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, sino que además fija las normas sobre el calendario laboral y recoge otras mejoras fundamentalmente relacionadas con la conciliación.
Cabe mencionar que, tal y como CCOO ya habíamos recordado al Ministerio en nuestro escrito presentado el pasado 31 de marzo, esta jornada ya nos era de aplicación directa toda vez que el art. 502.2 de la LOPJ establece que “La duración de la jornada general semanal será igual a la establecida para la Administración General del Estado”, pero no así otras cuestiones que también se recogen en la Resolución de 14 de abril de 2026 de la Secretaría de Estado de Función Pública, y que el Ministerio de Justicia -a pesar de nuestras reiteradas alegaciones- NO INCORPORA A ESTA NUEVA ORDEN.
Podéis consultar estas medidas en nuestra hoja de 21 de mayo de 2026 (consulta aquí)
Pero CCOO vamos aún más allá, y exigimos al Ministerio el derecho a disfrutar de un día adicional de descanso por cada festividad laboral retribuida y no recuperable que coincida en sábado, así como que el mismo criterio se aplique a quienes presten el servicio de guardia en día no laborable. No es ninguna quimera ni nos hemos vuelto locxs. Entre otra mucha jurisprudencia al respecto, así se pronuncia -por última- la Sentencia 130/2026, de 13 de julio, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, dictada en un procedimiento de conflicto colectivo promovido por la FSC de CCOO. Cierto que se trata jurisprudencia de lo Social, pero igual de cierto es que los principios a los que alude son plenamente extrapolables a la contenciosa. Y así lo solicitamos expresamente en el escrito presentado por registro el pasado 28 de julio de 2026 y así lo ha recogido ya, por ejemplo, en el calendario laboral firmado por los compañeros de la SS de la Seguridad Social de CCOO (podéis consultar la información completa aquí).
Por último, cabe mencionar que tras la publicación de la Orden por el Ministerio cada administración prestacional debería, en el ámbito de sus competencias, proceder a la adaptación de sus calendarios laborales previa negociación con la representación del personal en la Mesa correspondiente.
CCOO nos felicitamos por este logro histórico pero no nos conformamos. Hemos exigido y seguimos exigiendo del Ministerio que incorpore TODAS y cada una de las mejoras en la Orden de Jornada y horario de las que ya disfrutan nuestros compañeros de la Administración General del Estado.
Mientras esto no sea así, deberemos seguir peleando porque todas estas u otras mejoras que pudieran acordarse se recojan en los calendarios laborales que de verdad que deberá dictar cada CCAA con transferencias en su ámbito o el propio Ministerio de justicia para los territorios no transferidos.