Mostrando entradas con la etiqueta Registro Civil. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Registro Civil. Mostrar todas las entradas

5 años sin Reglamento del Registro Civil


5 may 2026


CCOO denuncia que 5 años después de la entrada en vigor de la Ley de Registro civil todavía no se ha aprobado su Reglamento.

  • El borrador del Reglamento ni siquiera se ha sometido el trámite de información pública.

  • La falta de aprobación de Reglamento afecta directamente a la determinación de las competencias de las Oficinas Delegadas, de las Oficinas Generales y de la Oficina Central de Registro Civil, creando inseguridad jurídica y permitiendo cargar de trabajo a las primeras.

  • No es posible, sin Reglamento, la delegación de competencias en el personal de las Oficinas de Registro civil, que hace de todo menos firmar, pero sin cobrar por competencias que en la práctica tiene asumidas.
  • Sólo ha habido una reunión para la negociación de los primeros artículos, en julio de 2025. El Ministerio no contestó a las propuestas sindicales. De esto valen los acuerdos firmados por los otros sindicatos.

5 años después de la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, de Registro Civil, y 15 años después de su aprobación como Ley, seguimos sin Reglamento de Registro Civil. En todo este tiempo el Ministerio de Justicia ha sido incapaz de elaborar, someter a información pública y aprobar en Consejo de Ministros el Reglamento del Registro Civil a que está obligado conforme la Disposición Final Novena de la Ley 20/2011.

Mientras tanto no queda otra que aplicar el Reglamento del Registro Civil de 1958 que, al no estar derogado expresamente por la disposición derogatoria de la Ley 20/2011, de 21 de julio, se considerará aplicable en parte. Son muchas las normas del Reglamento del Registro Civil de 1958, cuya última reforma fue en el año 2007, que han quedado inevitablemente desfasadas o contradicen la Ley 20/2011.

Durante este tiempo el Ministerio de Justicia se ha ocupado casi exclusivamente en implantar DICIREG en todos los Registros civiles, sin importarle las condiciones de su implantación, como si lo único que importase fuese que todos utilicen dicho programa informático y no el desarrollo de una Ley a la que está obligado. Programa que cambia de forma constante, no hay mes en que de repente no aparezca algo nuevo, sin previo aviso, y no siempre para mejorar lo anterior. En 5 años llevamos 34 versiones del programa DICIREG.

Este retraso en la aprobación del Reglamento que desarrolle, aclare y matice la Ley 20/2011 es, a juicio de CCOO, absolutamente inaceptable. No se sabe si existe un proyecto completo de dicho Reglamento ni se ha sometido a información pública tal y como obliga el artículo 26 de la Ley 5’/1997, del Gobierno. En los 5 años desde la entrada en vigor de la Ley 20/2011 el Gobierno ha incumplido sistemáticamente la obligación de informar periódicamente a las Cortes Generales sobre el proceso de implantación del nuevo modelo de Registro Civil que se establece en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 20/2011.

El Ministerio de Justicia está incumpliendo, además, su compromiso de negociar el citado Reglamento al que llegó con CSIF, UGT , STAJ y CIG en su acuerdo de 16 de julio de 2024. Sólo ha habido una reunión al respecto, en julio de 2025, y luego nada de nada.

Son muchos los preceptos de la Ley 20/2011 que se remiten a su desarrollo reglamentario, la falta del cual está causando graves inconvenientes tanto a los ciudadanos como al personal que presta servicio en los mismos. Así, y entre otros:

  • Se está atribuyendo a las Oficinas Delegadas (OJM) funciones que van mucho más allá de las establecidas en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 20/2011, sin soporte legal o reglamentario alguno, y sin importar si su personal es de Administración de Justicia o del Ayuntamiento.

  • Se ordena por algunos Encargados de las Oficinas Generales al personal de la Administración de Justicia destinados en Secretarías de Oficinas de Justicia en los municipios que asuman el Registro Civil de municipios de su Agrupación, ante la negativa del Secretario o Secretaria de algunos municipios de trabajar con Dicireg, sin soporte legal ni reglamentario alguno.

  • No existe una delimitación clara de qué competencias corresponden a la Oficina Central de Registro civil y cuáles a las Oficinas Generales. Esto está suponiendo que desde las Oficinas Generales se remiten expedientes a dicha Oficina Central, que al tiempo son devueltos pese a ser tradicionalmente de la competencia de ésta, lo que origina retrasos y confusión.

  • Está pendiente de terminación la forma y los requisitos en que las plazas de Encargados del Registro Civil se provean entre letrados de la Administración de Justicia, así como régimen de sustitución.

  • Las actuaciones para las que cabe la delegación de funciones por parte del/de la Encargado/a en el personal deben determinarse en el Reglamento. Mientras tanto, en algunos ámbitos se ha suprimido la retribución de delegación de funciones que tenían algunos gestores y gestoras con la excusa de la implantación de la NUMO.

  • No está determinado en qué supuestos y la forma en que las personas pueden comunicar los hechos y actos inscribibles mediante la remisión de formularios y documentación por medios electrónicos. Debemos ser la última administración en que el ciudadano no puede remitir todavía sus solicitudes de forma electrónica.

  • Están pendiente de desarrollo reglamentario supuestos de cambios de apellidos tan importantes como para víctimas de violencia de género o de sus descendientes o el cambio total de identidad si fuese preciso.

  • Está pendiente de desarrollo reglamentario el acceso a la información con fines de investigación familiar, histórica o científica.

  • La tramitación de los procedimientos registrales se debe ajustar a las reglas previstas en la Ley 39/2015, en los términos que reglamentariamente se dispongan.

Todo ello no es sino una muestra más de la indolencia del Ministro Bolaños y su equipo, totalmente ajenos a los problemas reales de la Administración de Justicia, más preocupados por aumentar el número de jueces y fiscales y subirles sus salarios que por resolver los problemas diarios que afrontamos quienes trabajamos en esta administración y que sufren los ciudadanos. Un Ministro de cara sólo a la galería, un Ministerio inútil.

Leer más...

Registro Civil: se inicia, con cuatro años de retraso, la negociación del Reglamente de Registro Civil


9 jul 2025


El pasado jueves, 3 de julio, se produjo la primera reunión entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales para negociar el futuro Reglamento de Registro Civil, en lo que concierne a las condiciones de trabajo del personal de la Administración de Justicia. Tras la entrada en vigor, el 3 de abril de 2021, de la Ley 20/2011 de Registro Civil, la aprobación de su Reglamento constituye una tarea pendiente de suma importancia que, incomprensiblemente, lleva más de 4 años de retraso y que viene siendo reclamada por el personal de los Registros Civiles y por CCOO para una mayor seguridad en su trabajo diario y cubrir las muchas lagunas que tiene la Ley 20/2011. 

Sin un texto sobre la mesa (que remitieron con posterioridad a la reunión y puede verse aquí), el Subdirector General de Nacionalidad y Estado Civil expuso brevemente los ejes que sobre las condiciones de trabajo del personal de Justicia debe contener el Reglamento de Registro civil: funciones diferenciadas por Cuerpos, establecimiento de delegaciones de funciones (que no pueden ser similares a las establecidas antes de Dicireg al sustituirse la firma física de certificados y fe de vida por el sello electrónico) y necesidad de determinación clara de  las funciones que deben asumir las Oficinas Colaboradoras (Oficinas de Justicia del Municipio). 

En nuestra intervención CCOO defendimos los siguientes puntos: 

La aprobación, bien en el Reglamento bien en una norma aparte, de un Manual de Puestos de Trabajo de las Oficinas de Registro Civil, que contenga de forma diferenciada las funciones que los funcionarios y las funcionarias de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial deben realizar en las Oficinas de Registro Civil, tal y como ya solicitamos en nuestro escrito de fecha 10 de junio.

 Nos opusimos a que se hayan implantado las Oficinas Generales de Registro Civil en la primera fase de la nueva Oficina Judicial con criterios meramente cuantitativos, lo que ha supuesto sacar al personal de Auxilio Judicial de prácticamente todas las Oficinas Generales de Registro Civil. 

Expusimos la necesidad de que el Reglamento del Registro Civil aborde la delegación de funciones en el personal al servicio de la Oficina del Registro Civil (art. 20.2 Ley 20/2011) y en el funcionario de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia de superior categoría que preste servicio en las oficinas colaboradoras o bien personal idóneo designado por cada Ayuntamiento (Disposición Adicional Quinta de la Ley 20/2011), partiendo de las siguientes premisas: 

1.    La Delegación de funciones en las Oficinas Generales en ningún caso debe ser inferior a la que se establece en los artículos 44 y 46 del Reglamento del Registro Civil para los/as Gestores/as Delegados/as, si bien adaptada a la supresión de la firma física a partir de la implantación de DICIREG. 

2.    La posibilidad de delegación de funciones en el personal de las Oficinas Generales debe ser lo más extensa posible, recogiendo la práctica diaria de la inmensa mayoría de registros civiles, en la que los Encargados se limitan a firmar asientos y resoluciones. 

3.    La delegación de funciones debe ser remunerada, al implicar la asunción de una mayor responsabilidad por parte del personal de las Oficinas Generales. 

Respecto de las Oficinas Colaboradoras de Registro Civil (antiguos Juzgados de Paz), CCOO solicitamos una clarificación de las funciones que asumen dichas oficinas, que a nuestro juicio no pueden ser las mismas si están o no servidas por personal de la Administración de Justicia y si ello comporta incremento en la carga de trabajo debe procederse al aumento de su plantilla. 

Reclamamos la negociación de la determinación de la forma de provisión de los puestos de trabajo de Encargados y Encargadas de las Oficinas Generales de Registro Civil que sirven, además, en las Oficinas de Justicia, así como del régimen de sustitución de dichos Encargados, conforme la Disposición Adicional Segunda de la Ley 20/2011. 

Además, aprovechamos la reunión para poner de manifiesto que la implantación de DICIREG, aunque aporta mejoras, está implicando un aumento de la carga de trabajo de las Oficinas de Registro Civil que debe tener su reflejo en el aumento de sus plantillas y que debe avanzarse más en la digitalización de las inscripciones manuscritas del Registro Civil (la Ley 20/2011 habla de nacimientos desde 1920), lo cual facilitaría el proceso de capturas de antecedentes. 

Las negociaciones de este Reglamento del Registro Civil se reanudarán en el próximo mes de septiembre.

 

Leer más...

No hay victoria....Empezamos la negociación


25 jun 2025


 

El Ministerio de Justicia convoca, tras años de silencio, Mesa Sectorial sobre la Carrera Profesional y el Reglamento del Registro Civil

EL MINISTERIO DE JUSTICIA CONVOCA, TRAS AÑOS EN SILENCIO, MESA SECTORIAL SOBRE LA CARRERA PROFESIONAL Y EL REGLAMENTO DE REGISTRO CIVIL

CCOO viene demandando al Ministerio de Justicia desde 2018, en que logramos incluir en la reforma de la LOPJ de ese año 2018 (ver enlace:(Reforma de la LOPJ CARRERA PROFESIONAL) que la Carrera Profesional fuera un derecho del personal de la Administración de Justicia, la negociación de las cuantías iniciales correspondientes a la carrera profesional

(Reproducimos literalmente esa modificación en la LOPJ en 2018: Cuarenta y dos. Se introduce un nuevo apartado 3 en el artículo 519, y corre la numeración de los actuales apartados 3 y siguientes: «3. Mediante Real Decreto, previa negociación con las organizaciones sindicales, se establecerán los criterios, requisitos y las cuantías iniciales del complemento de carrera profesional que será igual para todos los cuerpos con independencia de dónde presten sus servicios)

Así, la LOPJ establece en sus artículos 516 y 519 en relación a la carrera profesional lo siguiente, desde la reforma de 2018, pero el Ministerio de Justicia lleva casi siete años sin convocar la mesa sectorial para este fin, incumpliendo desde entonces el mandato de la LOPJ. CCOO lleva exigiendo esta regulación de forma reiterada, esperemos que ahora el Ministerio de Justicia acepte una negociación real y efectiva y logremos por fin dicha regulación y se establezcan de una vez las cuantías mínimas y el resto de cuestiones que debe recoger el complemento de carrera profesional

Artículo 516. (...)

1.º Son retribuciones complementarias fijas en su cuantía y de carácter periódico:

(...)

c) El complemento de carrera profesional

Artículo 519. (...)

3. Mediante Real Decreto, previa negociación con las organizaciones sindicales, se establecerán los criterios, requisitos y las cuantías iniciales del complemento de carrera profesional que será igual para todos los cuerpos con independencia de dónde presten sus servicios

Este es el correo que ha remitido el Ministerio de Justicia convocando la mesa sectorial con ese orden del día:

Buenos días:

Se convoca mesa sectorial para los días 2 y 3 de julio de 2025, en el lugar y con datos de conexión que ya se comunicarán, a las 12 horas los dos días, con el siguiente orden del día:

Día 2: Negociación de la carrera profesional

Día 3: Negociación de los aspectos que afectan a las condiciones de trabajo del Reglamento del Registro Civil

Un saludo

Subdirector General de Acceso y Promoción del Personal de la Admón. de Justicia

Leer más...

Dicireg: En las oficinas de Registro Civil de los partidos judiciales de Castellón de la Plana y Paterna


20 sept 2024



 Resoluciones por las que se acuerdan la entrada en servicio efectiva de Dicireg en las Oficinas del Registro Civil de los Partidos Judiciales de Castellón de la Plana/Castelló de la Plana, Paterna

Publicado en el BOE de 20 de septiembre de 2024


Registro Civil. Gestión informatizada

Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Castellón de la Plana/Castelló de la Plana, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil

PDF (BOE-A-2024-18888 - 3 págs. - 200 KB)

Otros formatos


Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Paterna, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil

PDF (BOE-A-2024-18890 - 3 págs. - 198 KB)

Otros formatos 

Leer más...

Formación EVID Registro Civil


11 sept 2024


 

Se ha publicado en la intranet la siguiente información:

Formación Evid para Registros Civiles 

Desde la DGJ se va a proceder a implantar en todos los Registros Civiles de la Comunidad Valenciana la solución EVID. A través del Escritorio Virtual de Inmediación Digital, de ahora en adelante (EVID) se posibilita llevar a cabo por videoconferencia segura los diferentes  trámites de atención ciudadana. De esta forma, se podrán celebrar de forma telemática las  reuniones, contando con el almacenamiento íntegro de la documentación aportada por el participante durante la actuación administrativa, así como la grabación y justificante de la celebración de la videoconferencia.

La formación se realizará mediante videoconferencia con Webex y las sesiones tendrán  una duración aproximada de  45 minutos. Los enlaces a las reuniones son los siguientes:

 

Día9:00 horas13:00 horas
Martes 17 de septiembrePulse aquí para acceder a la formaciónPulse aquí para acceder a la formación
Jueves 19 de septiembrePulse aquí para acceder a la formaciónPulse aquí para acceder a la formación

 

Se recuerda que no se necesita disponer de cámara web ni micrófono ya que podrán visualizar la formación conectando desde sus equipos de trabajo; cualquier pregunta o duda, también podrán realizarlas mediante el chat de la videoconferencia. Se recomienda no conectar la cámara web durante la formación para evitar problemas de ancho de banda durante la sesión, así como el uso de auriculares si se va a conectar desde el puesto de trabajo.

Los materiales formativos (manuales y vídeos) así como toda la información se encuentra disponible en la página de EVID en esta Intranet. 

 

 

Leer más...

Registro Civil: Despliegue DICIREG en Torrente y Orihuela


17 abr 2024


En el BOE de hoy 17 de abril se han publicado las Resoluciones de 8 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por las que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Torrent y del Partido Judicial de Orihuela, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el Registro Civil de Orihuela pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Orihuela y los Registros Civiles Municipales Delegados de Albatera, Algorfa, Almoradí, Benejúzar, Benferri, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Formentera del Segura, Granja de Rocamora, Jacarilla, Pilar de la Horadada, Rafal, Redován, San Fulgencio y San Isidro pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Albatera, Algorfa, Almoradí, Benejúzar, Benferri, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Formentera del Segura, Granja de Rocamora, Jacarilla, Pilar de la Horadada, Rafal, Redován, San Fulgencio y San Isidro.

Asimismo,  el Registro Civil de Torrent pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Torrent y los Registros Civiles Municipales Delegados de Alaquàs, Aldaia, Paiporta y Picanya pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alaquàs, Aldaia, Paiporta y Picanya.

El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG, esté prestando servicios en el Registro Civil de dichas localidades y en las secretarías o unidades procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil.

Las resoluciones entran en vigor el día siguiente de su publicación en el BOE.

Resolución Torrent

Resolución Orihuela

Leer más...

Publicadas Resoluciones por las que se acuerda entrada en Servicio efectiva de DICIREG (Registro Civil)


28 dic 2023


Publicadas las Resoluciones por las que se acuerda la entrada en servicio efectiva de DICIREG en las oficinas del Registro Civil de varios partidos judiciales



Registro Civil. Gestión informatizada

Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Alicante/Alacant, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

PDF

Otros formatos

Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Valencia, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

PDF (BOE-A-2023-26573 - 3 págs. - 198 KB)

Otros formatos

Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en la oficina del Registro Civil del partido judicial de Valencia, de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 15 de enero de 2024

Leer más...