Fase 2 C.Valenciana: corrección Resolución 25 mayo y anexo sedes con turnos de mañana y tarde


26 may 2020


La Dirección General tras la críticas recibidas por su bochornosa Resolución de 25 de mayo, nos remite un correo con 5 documentos:
La
Resolución de 26 de mayo de la Consellera que corrige la Resolución anterior pero básicamente en dos aspectos, quitar Madrid del corta y pega donde debía decir Valencia y corregir la edad para cuidado de hijos a 14 años como dice el Ministerio de Justicia y no 13 como se empeñaban en decir ellos. Erre que erre, seguían en sus trece.


Un documento firmado por el Subdirector de Infraestructuras donde se
informa de la capacidad de las sedes donde se determinan las ubicaciones críticas (las que están a menos de 2 metros) y que sí dichas ubicaciones críticas superan el 40% se deberían establecer medidas correctoras y, a día de hoy, las más efectivas serían el establecimiento de turnos de mañana y tarde en aquellas sedes.


Asímismo, nos han remitido tres archivos con el listado de órganos de las tres provincias que deben realizar turno de mañana y tarde:

1.-
Órganos en las provincias de Alicante y Castellón

2.-
Órganos en la provincia de Valencia

3.-
Órganos en la ciudad de Valencia

Lo normal en base a dichos documentos hubiera sido que en los listados nos hubieran puesto los aforos de cada órgano, en vez de tener que adivinarlos por lo que se dicen en las distintas resoluciones. Y es que a los y las funcionarias de a pie nos gusta que nos digan las cosas claras y cuantas menos interpretaciones mejor porque menos problemas vamos a tener.

Dicho esto, se desprende de estos archivos que los órganos que no aparecen en ellos sólo van a hacer horario de mañana y por lo tanto su horario será el que teníamos antes del estado de alarma y con la misma flexibilidad horaria.


Los órganos que se recogen en los tres listados anteriores realizarán horario de mañana y tarde:
- Turno de mañana: El horario del turno de mañana será de seis horas diarias, a realizar entre las 7:30 y las 14:00 horas.
- Turno de tarde: El horario del turno de tarde será de cuatro horas y treinta minutos diarios, a realizar entre las 15:00 y las 20:00 horas.

En esta Segunda Fase acudirá de forma presencial entre un 60% y un 70% de la plantilla efectiva que preste servicios en los órganos y servicios judiciales, fiscales e Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, incluyendo a los funcionarios de gestión procesal y administrativa, los de tramitación procesal y administrativa y los de auxilio judicial.


El turno de mañana siempre contará con una dotación superior al del turno de tarde. Como regla general, y siempre que lo permitan las recomendaciones sanitarias, en el turno de mañana asistirá entre el 70% y el 80% del personal que deba acudir en cada fase de desescalada, y en el de tardes entre el 20% y el 30%.

En base a todos estos porcentajes, a modo de ejemplo, en un órgano con una plantilla de 10, deben a acudir en esta fase 6 personas, entre 4 y 5 irían por la mañana y 1 o 2 por la tarde, depende del criterio que se escoja.


La participación de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia en los turnos de tarde en aquellos destinos que así se establezca, será voluntaria.
Cuando existan una pluralidad de interesados superior a las plazas precisas para cubrir el turno de tarde, tendrán preferencia los funcionarios que tengan reconocido el permiso por deber inexcusable por razón de cuidado de menores o mayores dependientes. En su defecto, la preferencia se reconocerá según el criterio de mayor antigüedad en el centro de destino.


Si no existieran funcionarios voluntarios suficientes en el órgano o sede judicial, podrá acordarse la cobertura del turno de tarde por voluntarios del mismo cuerpo, si fuera posible, que presten servicio en el partido judicial. Los mismos quedarán excluidos del turno de su propio órgano o sede judicial.


Solo cuando tampoco de esta forma se cubriera el turno de tarde, podrá establecerse un turno forzoso rotatorio entre el personal del órgano o servicio.

Actuaciones en jornada de tarde: 
Durante la jornada de tarde no se prestará con carácter general servicio de atención al público o profesionales sin perjuicio de su procedencia cuando se haya acordado previamente la celebración de actuaciones en ese horario.

Respecto a los listado de órganos judiciales creemos que va a haber problemas por exceso o por defecto y esperamos que se pueda negociar la inclusión y exclusión de unos y otros conforme se vaya analizando el día a día en los mismos.

Desde CCOO exigimos a la Administración más claridad en las resoluciones, más celeridad en la toma de decisiones y una mejor publicidad de las mismas. Entendemos las dificultades y colaboraremos lo que esté en nuestra mano para salir de esta crisis entre todos pero el colectivo de funcionarios y funcionarias de Justicia está en primera línea y se merece esa claridad, coherencia y transparencia.

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