Caos con la fase 2


26 may 2020



Ante el caos creado por la fallida Resolución de 26 de mayo  por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 en el territorio de la Comunitat Valenciana, las organizaciones sindicales hemos remitido un escrito a la Conselleria de Justicia para que se solucione inmediatamente el desbarajuste creado en la funcionamiento del trabajo que se realiza en los Juzgados de la Comunitat.
Es fundamental que todo el personal sea consciente de los aforos en cada sede Judicial, no sólo por seguridad, sino por la organización de cada Juzgado, ya que los aforos determinan cuantos funcionarios y funcionarias pueden trabajar al mismo tiempo y, por lo tanto, se concreta los Juzgados que deben tener horario de mañana sólo o de mañana y tarde, lo que condiciona el horario que se realiza en cada modalidad (en sólo mañana horario normal y en mañana y tarde 6 y 4 horas y media, respectivamente).
No es de recibo que se dicten resoluciones por la noche para cumplirse a la mañana siguiente sin ningún tipo de publicidad, ni que queden claro los horarios que se han de cumplir ni el personal exacto que tiene que hacerlo, ni si los que tienen permiso tienen que volver a presentar una documentación ya presentada, ni cuando se pueden tomar vacaciones o permisos, etc.
Por todo ello, las organizaciones sindicales presentamos un escrito con los siguientes puntos:

PRIMERO: Exigimos que se incluyan en la indicada resolución los indicados anexos, así como un pronunciamiento expreso en relación a lo que significan, ya que los mismos únicamente contienen una relación de órganos judiciales, sin hacer ninguna mención a si los mismos cumplen la medidas de seguridad o todo lo contrario.

SEGUNDO: Asimismo reclamamos que en lo sucesivo se actúe con un margen mínimo de previsión para evitar situaciones tan lamentables como la actual. Aún estando en una situación de crisis y siendo conscientes de que los tiempos son escasos, hay muchas medidas que se pueden tomar para evitar nuevas situaciones de caos jurídico como la actual y seguirán contando para ello con nuestra máxima colaboración como hasta ahora, si bien con unos límites razonables que nos eviten situaciones como la presente.

TERCERO: Corresponde a esa Consellería la publicación y difusión de sus propias resoluciones. Por lo tanto, en lo sucesivo, si desean que puedan ser conocidas por el personal antes de su fecha de entrada en vigor, deberán proceder a su publicación en la Intranet con la suficiente antelación y con la debida concreción, ya que es totalmente inaceptable que se nos pretenda utilizar como medio de difusión, máxime si tenemos en cuenta la excesiva premura y falta de precisión sufridas en la presente ocasión.

Todo ello al margen del legítimo derecho que tenemos las centrales sindicales de seguir siendo informadas previamente de cualquier nueva disposición o acuerdo que afecte a las condiciones laborales del personal de justicia en esta Comunidad.

CUARTO: Por último, en relación a los permisos por deber inexcusable por hijos menores o por mayores dependientes, solicitamos que en la resolución se incluya ya mención de hijos hasta 14 años, conforme a lo establecido en la orden ministerial, y asimismo se indique expresamente que quienes lo tienen ya concedido no necesitan realizar una nueva solicitud, por tener ya acreditados y concedidos dichos permisos.
Esperemos que la Administración tome nota de sus errores y comience a hacer las cosas como deben hacerse para que el personal a su cargo tenga una seguridad sanitaria y jurídica en su puesto de trabajo.
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