Resolución fase 2 Comunitat Valenciana


25 may 2020


La Dirección General nos ha enviado la Resolución de la Fase 2anexo de órganos con turnos de mañana y tarde de las 3 provincias. En la Resolución hay algunos errores, por ser un corta y pega de la de otro territorio. Mañana nos mandarán una nueva corregida.
Este es un resumen de los puntos fundamentales que se pueden ampliar en dicha Resolución:
Porcentaje de asistencia presencial
▪︎Se establece que será entre el 60 y el 70%, incluyendo a los 3 cuerpos, así como al personal de refuerzo.
▪︎Los Juzgados, Fiscalías e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en servicio
de guardia contarán con toda la dotación de personal que preste dicho servicio.
▪︎El personal destinado en Registro Civil deberá asistir en su totalidad, cuando el Letrado
de la Administración de Justicia responsable considere que es imprescindible para la
correcta prestación del servicio.
▪︎Se establecerán turnos rotatorios diarios.
AUMENTO DE ESTOS PORCENTAJES
Se puede solicitar por los/las Laj's, siempre que sea de forma justificada y no incumplan con ellos las medidas sanitarias de distanciamiento.
EXCLUSIÓN DE PARTICIPACIÓN EN LOS TURNOS
No podrá ser llamado para participar en los turnos el personal declarado exento por ser personal sensible.
Tampoco se podrá incluir al personal que tiene concedido permiso por deber inexcusable,  sin perjuicio de su preferencia para
formar parte de los turnos de tarde si ese horario se ajusta a sus necesidades.
También podrán utilizar el permiso de forma permanente o discontinua.
Aclaramos que la edad de los niños para poder pedir el permiso por deber inexcusable es de 14 años porque así lo establece la Orden Ministerial.
TELETRABAJO
Los funcionarios voluntariamente acogidos a la modalidad de teletrabajo participarán en
los turnos presenciales cuando sea imprescindible para completar los porcentajes de
prestación de servicios en régimen presencial.
Tendrán que estar a disposición del Juzgado durante toda la jornada laboral.
HORARIO
En aquellos órganos que sólo tengan jornada de mañana se hará el horario previo al estado de alarma.
Órganos con turno de mañana y tarde:
Turno de mañana: 6 horas a realizar entre las 7,30 y las 14 horas.
Turno de tarde: 4 horas y media a realizar entre las 15 y las 20 horas.
▪︎Se establece el fichaje a través de Cronos.
▪︎Serán las y los Lajs quienes que personal acude en el turno de tarde, en el caso de que se haya establecido dicho turno.
▪︎En el turno de mañana irá entre el 70 y el 80% de la plantilla y en el turno de tarde entre el 20 y el 30%
▪︎La  participación en el turno de tarde es voluntaria.
▪︎ En el caso de que no haya personal voluntario suficiente se podrá cubrir con personal de otro órgano,  que quedará fuera del turno de su propio Juzgado.
▪︎Si de ese modo tampoco hubiera personal voluntario suficiente se establecerá un turno rotatorio obligatorio.
ACTUACIONES DURANTE LA JORNADA DE TARDE
Con carácter general no habrá atención a público ni profesionales a no ser que se haya acordado previamente la celebración de actuaciones en ese horario.
No podemos entender cómo se ha sacado esta Resolución con tantos errores y que da lugar a más confusión de la ya existente, esperamos que lo solucionen a la mayor brevedad posible.

Imprimir artículo