Una vez publicada
la Convocatoria para constituir la Bolsa de trabajo para Justicia de la Comunitat Valenciana en el DOGV de 30 de junio os dejamos
unas orientaciones para tramitar las solicitudes para la inscripción e
inclusión en dicha Bolsa. En esta Convocatoria se dan las instrucciones
prácticas para ser incluido o incluida en la Bolsa de trabajo pero hay que
complementarlas con todo lo que está recogido en la Orden 3/2020 publicada el 17 de febrero en el DOGV que es la normativa que
regula la selección y nombramiento de personal interino a cuerpos generales de
la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana. Hacemos un breve resumen de lo más importante pero es fundamental consultar las dos resoluciones anteriores:
Cuerpos: Médicos Forenses, Gestión, Tramitación y
Auxilio Judicial.
Sólo se puede optar
entre un cuerpo y una provincia y turno (general o diversidad funcional).
El número de
integrantes de la bolsa es el indicado en esta tabla y habrá dos
listados, una lista preferente y otra ordinaria, salvo Forenses que solo hay
una única lista.
Lista preferente, integrada por:
Dependiendo si es
para el cuerpo de Gestión, tramitación y auxilio; los que en el último proceso
selectivo finalizado hayan superado
los primeros ejercicios y tengan la puntuación mínima necesaria para superar el
último ejercicio (según determine la convocatoria) a los que se les suma la
puntuación obtenida en los méritos, es decir, los que aprobaran la oposición y
se quedaron sin plaza.
Lista ordinaria, hasta el número total de integrantes de
cada bolsa, se compondrá de:
·
Los
y las que alcancen el 30% de la puntuación máxima en el primer ejercicio del
último proceso selectivo o en curso (del cuerpo al que optes)
·
Los
y las que tengan un mínimo de servicios prestados acumulados de 2 años (del
cuerpo al que optes) o 5 años en cualquier cuerpo.
Requisitos generales de acceso:
A parte de los
requisitos básicos, que existen en la mayoría de bolsas, lo más significativo
es:
·
Edad
mínima 16 años, salvo auxilio 18 años.
·
Para
tramitación se debe acreditar conocimiento y práctica en procesamiento de
textos con algunas excepciones.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes
Es obligatorio rellenar la solicitud de
inscripción e inclusión de forma telemática para las personas interesadas que
cumplan los requisitos generales establecidos en la base segunda con la solicitud
ajustada al modelo del Anexo I publicada en las
siguientes direcciones (los enlaces no funcionan por lo que los pondremos en cuanto los arreglen)
Como tramitar la solicitud:
1.-
Por trámite telemático con certificado/firma electrónica: la solicitud
podrá ser registrada en el mismo trámite una vez cumplimentada la solicitud con
la autobaremación y los documentos adjuntos (No hay que ir a presentarla a un
registro presencial. La aplicación la registra telemáticamente).
2.-
Por trámite telemático sin certificado/firma electrónica: una vez rellenado
el modelo de solicitud con la autobaremación a través de la página web
indicada, y validado el mismo (ojo, debe quedarse grabada si no puede
invalidarse la instancia), se imprimirá el documento definitivo generado por el
asistente informático acompañando la documentación adjuntada en pdf y una vez
firmado, se registrará:
-
presencialmente en un PROP
-
a través de las oficinas de correos (las instancias deberán presentarse en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes
de ser certificadas. La instancia que se envíe deberá contener el sello de la
oficina de correos, sin que pueda admitirse pasado el plazo de presentación de
instancias aquella que no cumpla este requisito.)
La dirección para presentar las instancias
por estas dos vías es Dirección General
de Modernización y Relaciones con la Admnistración de Justicia, ciudad
administrativa 9 d’Octubre, calle de la Democracia nº77, Torre 4, segunda
planta, 46018 València.
En ambos casos podrá anexar,
por medio de ficheros PDF, la documentación acreditativa que exclusivamente le
sea requerida.
Plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la presente resolución en el DOGV.
Documentación
a aportar:
Será necesario para la valoración de la
solicitud de inscripción e inclusión:
1. Identificación
del solicitante a través del documento nacional de identidad (salvo
presentación empleando certificado electrónico). Deberá adjuntarse el DNI en
formato pdf.
2. Quienes
concurran al cupo de personas con diversidad funcional deberán aportar
necesariamente el siguiente certificado:
·
Certificado
acreditativo de la compatibilidad funcional para el desempeño de la tarea que
correspondan al cuerpo a cuya Bolsa optan.
·
No
será necesario acreditar la condición y el grado de persona con diversidad
funcional, pues será comprobado de oficio por la administración, pero deberá
indicarse dicha condición en la instancia.
3. Las
personas que optan a la bolsa de trabajo de tramitación procesal y
administrativa deberán acreditar conocimientos informáticos mediante
certificado relativo a la realización de cursos de tratamiento de textos, salvo
las excepciones a las que se refiere la base segunda, punto 8 de esta
resolución, debiendo indicar o acreditar esta circunstancia según el supuesto,
tal como se señala en la instancia.
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
Apartado A. Datos de la persona solicitante.
1- Todos
los campos que llevan asteriscos son obligatorios. Respecto de los medios de
comunicación rellenar al menos dos seleccionándolos como opción para recibir
comunicaciones.
2- El
campo de DNI, se cumplimenta con todos los números, más la letra todo junto. No
separar ni con espacios ni otro signo de puntuación. Rellenar con “0” a la izquierda en su caso.
Ejemplo:
08210431X BIEN
08210431 X MAL
Apartado
B. Bolsa de trabajo
Hay que elegir al menos una, condición
necesaria para que grabe la solicitud. Las personas aspirantes solo podrá
presentar una solicitud y en la misma deberá optar por un solo cuerpo de la
Administración de justicia y una sola provincia, siendo causa de exclusión lo
contrario. Asimismo, solo deberá
elegirse uno de los dos turnos: general o diversidad funcional.
Apartado D.
Requisitos. Seleccionar forma de acceso. Lista preferente/Lista ordinaria
Para los cuerpos generales se deberá
seleccionarse una única forma de acceso de la lista preferente o de la lista ordinaria.
Para el cuerpo de Médicos Forenses existirá una única lista por lo que no
deberá seleccionar opción en el Apartado D. de la solicitud.
Apartado E.
Documentación
1- Los
documentos identificativos, los correspondientes a acreditar los méritos y aquellos
que les sean requeridos en la solicitud de inscripción e inclusión, deberán
adjuntarse en formato PDF a la solicitud autobaremable.
Si se presenta la solicitud con
certificado/firma electrónica será suficiente con los documentos adjuntados en
pdf, sin perjuicio de su posterior revisión por la administración.
Si se presenta la solicitud sin
certificado/firma electrónica, mediante PROP o cualquiera de las formas
previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, será obligatorio
acompañar los documentos en papel a la propia solicitud.
En caso de no ser requeridos
específicamente, no deberá adjuntar documentación alguna.
Apartado G. Méritos
En el apartado 1, respecto de la
experiencia profesional, se rellenarán automáticamente los meses, días y puntos,
si bien la persona aspirante podrá rectificar manualmente los meses y días si
lo acredita con certificación correspondiente de haber prestado servicios en
órganos judiciales fuera de la Comunitat Valenciana. El tiempo prestado en otra
administración pública en puesto de médico/a facultativo/a, deberá rellenarlo
la persona aspirante y acreditarlo en forma.
En el apartado 2 se deberá indicar el número de ejercicios superados en
procesos selectivos del cuerpo al que opta de las 3 últimas ofertas de empleo
público, estén finalizadas o en curso. Se han indicado los años
correspondientes a las 3 últimas ofertas de empleo público. Si se ha seleccionado la forma de acceso por
lista preferente: Para estas personas aspirantes, no se volverán a computar
como mérito los ejercicios aprobados en la Oferta de Empleo Público del año
2016, por lo que la casilla correspondiente a dicho año será
“desactivada”.
Respecto la autobaremación:
·
Es
vinculante tanto para la persona solicitante como para la D.G.Justicia (no
valdrán méritos distintos a los alegados ni se podrá baremar con una puntuación
superior a la alegada).
·
Se
excluirá a aquellas personas cuya diferencia entre la puntuación total
autobaremada y su puntuación real sea superior a 20% de esta última.
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