Concurso de traslados: primera losa de la Ley de Eficiencia


4 dic 2024


En la reunión, de esta mañana, con el Ministerio, se ha hecho más patente que nunca el error que fue firmar una Acuerdo con el Ministerio sobre la Ley de Eficiencia por parte del Staj, Csif y Ugt.

Debido a la implantación de la fase 1 de esta Ley, que supone la conversión en Tribunales de Instancia de todos los Juzgados Mixtos y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en aquellos partidos judiciales donde no existan juzgados de otro tipo, el Ministerio ha decidido que, en el concurso de traslados, no se ofertarán plazas de estos juzgados.

Está vez no es…que viene el lobo!!!, esta vez, ya lo dijimos en su momento, el lobo está tocando a la puerta y a punto de dejarnos sin muchos derechos que los sindicatos firmantes no pueden garantizar.

Pero además de la parte negativa, que a la larga se convertirá en la más importante, el Ministerio también nos ha informado que tiene intención de convocar el concurso de traslados antes de que acabe el mes y que tiene intención de incluir, en la oferta, todas las vacantes y desiertas.

Bueno…lo de todas es un decir…porque no van a ser todas desde el momento en que han quitado todas las de mixtos y violencias que se incluyan en fase I de la implantación.

Os dejamos el resumen de las tres fases de implantación y a qué afecta cada una, porque nos va llegando la hora de hacernos a la triste idea de la que se nos viene encima, sin haber conseguido NADA a cambio, CERO.

Y no queremos meter el dedo en la llaga…, pero os vamos a recordar que por esta implantación SÍ QUE SUBIERON LAS RETRIBUCIONES DE LAJ’S, JUECES Y FISCALES.

PRIMERA FASE: El día 1 de julio de 2025 los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en aquellos partidos judiciales donde no exista otro tipo de Juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles y de Instrucción Únicas y Secciones de Violencia sobre la Mujer.

Os dejamos un Excel con los partidos judiciales a los que afecta.

SEGUNDA FASE: El día 1 de octubre de 2025, los Juzgados de Primera Instancia, los Juzgados de Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en los partidos judiciales donde no exista otro tipo de Juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles, Secciones de Instrucción y Secciones de Violencia sobre la Mujer.

TERCERA FASE: El día 31 de diciembre de 2025, los restantes Juzgados, no comprendidos en los supuestos anteriores, se transformarán en las respectivas Secciones conforme a lo previsto en la presente ley.


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