Qué supone este
error?
En
la mayoría de los casos ese cómputo erróneo no supone ningún problema ya que no
afecta al encuadramiento, pero ha habido unos 77 casos, en toda la comunidad,
en los que el haber contado más antigüedad de la que realmente tenían, ha
supuesto que a esas personas se las encuadrara en un grupo superior al que realmente
le correspondía o se la encuadrara por primera vez cuando aún no le tocaba.
Cuáles son las
consecuencias?
Ese
encuadramiento, indebido, en un grupo al que no se pertenecía, provocó que las
personas afectadas cobraran un importe superior al que deberían haber cobrado y
que, ahora, la Dirección General de Justicia les esté notificando una
resolución en la que se les informa del error y se les requiere para la
devolución de la diferencia entre lo que cobraron y lo que debían haber
cobrado, únicamente referido a 2024.
Qué debo hacer si
me encuentro en esa situación?
Si
eres una de las personas que ha recibido esta notificación, revisa tu carpeta
ciudadana para ver si te ha llegado algo, ponte
en contacto con cualquiera de los sindicatos.
Nos
encontramos ante un despropósito en que la administración traslada las
consecuencias de su error al personal que no ha tenido nada que ver con el
mismo, eludiendo su propia responsabilidad, y sin tener en cuenta la
jurisprudencia que señala que no debe de ser la persona administrada, máxime
cuando ha actuado de buena fe, la que pague las consecuencias de los errores de
la administración.
Por ese motivo, los
sindicatos nos hemos unido y hemos elaborado un recurso único, que ponemos a
disposición de todas las personas afectadas, tanto si están afiliadas como si
no

