Aclaraciones Cronos


12 mar 2021


Desde que en la reunión de ayer por la mañana la Dirección General de Justicia nos informara de los futuros cambios que pensaba realizar, de forma generalizada, en cuanto a cómputo horario, CCOO hemos estado realizando gestiones, aportando argumentos y legislación, para evitar que se produzcan los que consideramos claramente ilegales.

Parece que el esfuerzo no ha sido en balde y ayer la Dirección General nos comunicó a todas las organizaciones sindicales, que iba a revisar determinados puntos y, posiblemente, a modificarlos respecto a las barbaridades de las que nos informaron ayer.

Respecto a la información que publicamos ayer nos han llegado ya tantas tergiversaciones que queremos hacer alguna pequeña aclaración para evitar cualquier tipo de confusión.

Lo primero es deciros que en esa reunión estuvo quien elaboró la nota informativa de ayer y está elaborando la que estáis leyendo.

Que en esa reunión había representación de todos los sindicatos y que no alcanzamos a comprender, más allá de que yo tome notas más rápido, la confusión que se ha creado en alguno de ellos dado que la información transmitida por la Directora General fue muy clara. Muy negativa, pero muy clara.

Es cierto que se convocó para hablar del fichaje del personal forense, pero también es cierto que se terminó hablando de forma general ya que el fichaje es común para todo el personal, sea forense o de cualquier otro cuerpo.

En cuanto a lo que informamos ayer os aclaramos los siguientes extremos:

-Cuando hablamos del cómputo de las horas de guardias nos referimos a todas las guardias en las que el horario a realizar supera las 7,30 horas. La Directora General comunicó que se les iba a considerar como tiempo trabajado todas las horas de duración de la guardia, que es lo que establece la normativa estatal, pero que sólo 7,30 iban a figurar en su cómputo horario.

Eso significa que realmente no se le computan todas las horas, sólo las 7,30 como hasta ahora y, por tanto, es mentira la afirmación de que todas las horas que dura la guardia se van a considerar tiempo de trabajo efectivo. 

-En el punto sobre el cómputo horario de las libranzas y su consideración como si fueran un sábado o un domingo, que fue literalmente lo dicho por la Directora General, la referencia es a un sábado o un domingo de cualquier fin de semana, es decir, a un sábado o un domingo en que no se trabaja.

Eso no quiere decir, ni tiene nada que ver, con el cómputo horario de las guardias que se realizan en sábado, domingo o festivo, que se seguirán computando como hasta ahora.

Lamentamos si la redacción de la información ha podido dar lugar a elucubraciones, posiblemente favorecidas por voces que pretenden confundir al personal. Nuestra intención siempre es informar de la forma más sencilla y clara posible, tanto de las noticias buenas como  de las que nos son desfavorable.

No es el estilo de CCOO esconderse cuando vienen los problemas, sino mantener una postura contundente y realizar todas las gestiones necesarias para defender nuestras condiciones laborales como legalmente nos corresponden.

Imprimir artículo