Desde que en la reunión de ayer por la mañana la Dirección General de Justicia nos informara de los futuros cambios que pensaba realizar, de forma generalizada, en cuanto a cómputo horario, CCOO hemos estado realizando gestiones, aportando argumentos y legislación, para evitar que se produzcan los que consideramos claramente ilegales.
Parece que el esfuerzo no ha sido en
balde y ayer la Dirección General nos comunicó a todas las
organizaciones sindicales, que iba a revisar determinados puntos y,
posiblemente, a modificarlos respecto a las barbaridades de las que nos
informaron ayer.
Respecto a la información que
publicamos ayer nos han llegado ya tantas tergiversaciones que queremos hacer
alguna pequeña aclaración para evitar cualquier tipo de confusión.
Lo primero es deciros que en esa
reunión estuvo quien elaboró la nota informativa de ayer y está elaborando la
que estáis leyendo.
Que en esa reunión había representación
de todos los sindicatos y que no alcanzamos a comprender, más allá de que yo
tome notas más rápido, la confusión que se ha creado en alguno de ellos dado
que la información transmitida por la Directora General fue muy clara. Muy
negativa, pero muy clara.
Es cierto que se convocó para hablar
del fichaje del personal forense, pero también es cierto que se terminó
hablando de forma general ya que el fichaje es común para todo el personal, sea
forense o de cualquier otro cuerpo.
En cuanto a lo que informamos ayer os
aclaramos los siguientes extremos:
-Cuando hablamos del cómputo de las
horas de guardias nos referimos a todas las guardias en las que el horario a
realizar supera las 7,30 horas. La Directora General comunicó que se les iba a
considerar como tiempo trabajado todas las horas de duración de la guardia, que
es lo que establece la normativa estatal, pero que sólo 7,30 iban a figurar en
su cómputo horario.
Eso significa que realmente no se le computan todas las horas, sólo las 7,30 como hasta ahora y, por tanto, es mentira la afirmación de que todas las horas que dura la guardia se van a considerar tiempo de trabajo efectivo.
-En el punto sobre el cómputo horario
de las libranzas y su consideración como si fueran un sábado o un domingo, que
fue literalmente lo dicho por la Directora General, la referencia es a un
sábado o un domingo de cualquier fin de semana, es decir, a un sábado o un
domingo en que no se trabaja.
Eso no quiere decir, ni tiene nada que
ver, con el cómputo horario de las guardias que se realizan en sábado, domingo
o festivo, que se seguirán computando como hasta ahora.
Lamentamos si la redacción de la
información ha podido dar lugar a elucubraciones, posiblemente favorecidas por
voces que pretenden confundir al personal. Nuestra intención siempre es
informar de la forma más sencilla y clara posible, tanto de las noticias buenas
como de las que nos son desfavorable.
No es el estilo de CCOO esconderse cuando vienen los problemas, sino mantener una postura contundente y realizar todas las gestiones necesarias para defender nuestras condiciones laborales como legalmente nos corresponden.
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