La sentencia es clara y determina que, si bien existen determinadas funciones que exigen presencialidad, hay otras que no. Por tanto
De
esta forma CCOO, gracias al gran trabajo
de nuestra Asesoría Jurídica, consigue la primera sentencia que reconoce el
derecho a la realización de teletrabajo a una persona a la que se lo había
denegado tanto su Laj como
Desde
el primer momento este sindicato defendió que el teletrabajo debería llegar
para quedarse y ese ha sido nuestro empeño permanente. Es esencial regular el
Teletrabajo como tal y no la pseudomodalidad de trabajo no presencial que se ha
inventado
El teletrabajo es perfectamente posible en Justicia, igual que lo es en el resto de Administraciones, lo que hace falta es una normativa propia y adecuada y, para mejorarlo, una correcta adaptación de los medios.
Pero
no vamos a lanzar las campanas al vuelo,
Mientras tanto, seguiremos
interponiendo cuantos pleitos sean necesarios en defensa de un derecho que es
nuestro.