Como
consecuencia de la llegada de la nueva DANA, se ha publicado, en el Diario
Oficial de
Excepciones:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
c)
Asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, personas con
discapacidad o personas
especialmente
vulnerables.
d)
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
e) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Las poblaciones afectadas son:
Alaquàs
Albal
Aldaia
Alfafar
Algemesí
Alginet
Benetússer
Beniparrell
Catarroja
Chiva
Guadassuar
L’Alcúdia
Llocnou
de
Massanassa
Paiporta
Picanya
Sedaví
Torrent
València
(pedanías sur)
Xirivella
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