Renta 2025: qué hacer con los atrasos de 2024 y 2025


10 abr 2026



Como sabéis, este año hemos cobrado los atrasos correspondiente a la subida salarial pactada, para todas y todos los empleados públicos, en el Acuerdo Marco que firmó CCOO junto con Csif y Ugt. Esos atrasos, que tenían efectos retroactivos a 1 de enero de 2025, cobrados en 2026 pero imputables al período impositivo de 2025, debemos incluirlos en la declaración de la renta que estamos a punto de presentar.

Como hay que hacerlo? Te lo explicamos

Este año, en lugar de sacarte un único certificado de ingresos y retenciones, tienes que sacarte dos:

En el primero te certificarán los ingresos y retenciones correspondientes a lo cobrado en 2025. Puedes obtenerlo en el siguiente enlace:

Certificado ingresos y retenciones de lo cobrado en 2025

En el segundo te certificarán los atrasos que hemos cobrado en 2026 pero son correspondientes a 2025. Puedes obtenerlo en el siguiente enlace:

Certificado de atrasos cobrados en 2026 pero de devengo en 2025

Recuerda que necesitas certificado electrónico para poder sacarlos y que puedes hacerlo desde tu puesto de trabajo con tu tarjeta.

Hacienda también ha informado que estos atrasos no estarán recogidos en el borrador de declaración que pone a nuestra disposición, por lo que deberás modificar la casilla 003, incluyendo la cantidad cobrada en concepto de atrasos, antes de aceptar el borrador.

Por qué no podemos declararlo el año que viene al hacer la renta de 2026? Te lo contamos

Pues porque en la Ley del IRPF está establecido que cuando se cobren cantidades imputables a un período impositivo distinto al que se está, habrá que hacer una autoliquidación complementaria (la gente que cobra guardias sabe muy bien de lo que hablamos) y, en este caso, hemos tenido suerte y al estar en plazo de presentación de la declaración de la renta, podemos meterlo directamente en esa declaración, sin tener que llegar a hacer la complementaria.

Y qué pasa, entonces con los atrasos que cobramos de 2024? Te decimos qué hacer

En noviembre de 2025 nos pagaron los atrasos correspondientes a todo el año 2024, que venían del anterior Acuerdo Marco de subida de retribuciones en las Administraciones Públicas, firmado por CCOO y Ugt.

La cuestión es que sobre esas retribuciones no han puesto a nuestra disposición ninguna certificación y eso que la hemos buscado...

En este caso, siendo imputable al período impositivo de 2024, a quien quiera estar en paz con Hacienda, cosa que recomendamos, no le queda otro remedio que presentar una declaración complementaria, haciendo la cuenta la vieja, es decir, sumando las cantidades de todas las nóminas que figuran en el mes de noviembre con atrasos.

Y con todos estos trastornos, merecen la pena las subidas?? Sin ninguna duda!!

Hay quien nos dice que, al final, cuestan más dinero del que dan. Bueno, eso es matemáticamente imposible, claro..

Claro que merecen la pena, si no las tuviéramos sí que deberíamos quejarnos. Entre 700 y 1500 €, limpios, más anuales, dependiendo del cuerpo y la antigüedad, creemos que nos dan la razón al afirmar, con rotundidad, que merecen la pena.

Lo que nos evitaría todos estos trastornos es que la administración se quitara la mala costumbre de pagar todo con retraso y volvernos locos para sabe qué es lo que nos paga cada mes.

Esperamos haberos aclarado el galimatías de los atrasos, pero si os ha quedado alguna duda al respecto, poneos en contacto con nosotr@s para que os la aclaremos.


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