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Horario reducido por las fiestas de la Magdalena


3 mar 2026


Os recordamos que este año los días 10, 11, 12, 13 y 16 de marzo serán de jornada reducida con motivo de las fiestas de la Magdalena.

Dentro de dicho período de jornada reducida se podrá acumular la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio queden cubiertas.

Para poder disfrutar de la jornada de compensación el personal deberá haber realizado necesariamente la jornada laboral mediante trabajo presencial o teletrabajo de al menos tres de los días establecidos de jornada reducida.

Es decir, de los 5 días de reducción, para poder obtener el día de compensación, hay que trabajar 3 días completos, en trabajo presencial o teletrabajo, un día de jornada reducida (que podría ser un día de asuntos particulares, por ejemplo) y un día libre. 

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Horario reducido Fallas y Magdalena: resoluciones de la DGJ


1 mar 2024


La DGJ ha dictado sendas resoluciones relativas a la reducción de jornada durante la semana de fiestas de Fallas y Magdalena de 2024, en la que se acuerda lo siguiente:

- FALLAS: 

- El horario de trabajo será de 9,00 a 14,00 horas.

-  Días: 13, 14, 15, 18 y 20 de marzo de 2024.

- Dentro de dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio quedan cubiertas, por medio del turno que se establezca en el mismo órgano judicial, durante el mencionado periodo, el cual tendrá que ser comunicado por el responsable funcional del órgano a la Unidad Administrativa correspondiente, a efectos organizativos.
Para poder disfrutar de la jornada de compensación el personal deberá haber realizado necesariamente la jornada laboral mediante trabajo presencial o teletrabajo de al menos tres de los días establecidos de jornada reducida.


- MAGDALENA:

- El horario de trabajo será de 9.00 a 14.00 horas.

- Días 5, 6, 7, 8 y 11 de marzo de 2024

- Dentro de dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio quedan cubiertas, por medio del turno que se establezca en el mismo órgano judicial, durante el mencionado periodo, el cual tendrá que ser comunicado por el responsable funcional del órgano a la Unidad Administrativa correspondiente, a efectos organizativos.
Para poder disfrutar de la jornada de compensación el personal deberá haber realizado necesariamente la jornada laboral mediante trabajo presencial o teletrabajo de al menos tres de los días establecidos de jornada reducida.

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