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Horario reducido de verano: empieza el lunes 1 de junio


28 may 2026



Horario de Verano: Claves de la Jornada Reducida

¡Ya está aquí el horario de verano! Os facilitamos un resumen rápido de cómo se organiza nuestra jornada durante los próximos meses para que podáis planificar vuestra conciliación y exprimir al máximo el periodo estival.

🗓️ ¿Cuándo se aplica?

El horario reducido estará vigente desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre (ambos días incluidos).

📊 Así queda tu día a día:

La jornada diaria se reajusta para que pases menos tiempo en el puesto de trabajo:

  • ⏳ Duración total: Tu día laboral pasa a ser de 6 horas y 30 minutos.

  • 🔒 Tramo obligatorio (Parte fija): De lunes a viernes, la presencia obligatoria se reduce a 5 horas y 30 minutos, concentradas entre las 8:30 y las 14:30 horas.

  • 🔀 Margen de maniobra (Parte flexible): El tiempo restante hasta completar las 6h 30min diarias lo puedes distribuir a tu conveniencia hasta las 19:00 horas.






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Concurso de traslados: cómputo del tiempo en sustitución, CCOO gana otra sentencia


25 may 2026


CCOO
 Justicia de Cantabria ha obtenido sentencia favorable del Tribunal de Instancia de Santander en recurso que solicitaba la anulación de la Base Tercera de la Orden PRE/3/2025 por infracción de los Principios Constitucionales de acceso a la Función Pública en condiciones de Igualdad y por vulneración de los Principios de Mérito y Capacidad reconocidos en los artículos 14, 23 y 103 de la Constitución española al no regular la baremación de la antigüedad de los períodos de tiempo de prestación de servicios como funcionario sustituto referidos al Cuerpo o Escala para el que participa en el concurso de traslado. 

Esta sentencia favorable, aunque no es firme, supone un éxito, al menos parcial y provisional, en la lucha contra la discriminación que viene padeciendo el personal titular en las valoraciones de méritos fijadas por las bases de las convocatorias de los concursos de traslado de todos los ámbitos convocantes. 

A la discriminación se refiere precisamente la sentencia cuando dispone, en su fundamentación jurídica, que "...valorar a efectos de antigüedad los servicios prestados por los interinos y no valorar los mismos servicios prestados por los sustitutos en régimen de sustitución vertical supone tratar a estos últimos de forma discriminatoria al introducir una desigualdad en el concepto de mérito sin que sea de apreciar que para ello concurre una causa objetiva y razonable, incurriendo así en arbitrariedad con extralimitación del margen de apreciación de que dispone la Administración para configurar los méritos a tener en cuenta...La Administracion-Gobierno de Cantabria cuando dictó la Resolucion recurrida actuó dentro de sus competencias, a tenor de los articulos 42 y 44 del Estatuto de Autonomia de Cantabria pero ampliando la Norma del Estado introduciendo una desventaja que supone violentar el Principio de Igualdad...".

 

Pero, aunque esta sentencia es un paso más, lo realmente importante es que estamos a la espera del pronunciamiento del Tribunal Supremo en un recurso de casación interpuesto contra otra sentencia (ésta de la Audiencia Nacional) que también se pronunció en primera instancia a favor de esta pretensión de CCOO.

 

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Incidencia en Cronos: desaparecen vacaciones y asuntos propios


19 may 2026


Esta mañana nos hemos encontrado con que, tanto los días de asuntos propios como los de vacaciones, han desaparecido del Cronos, o bien salen con datos erróneos.

Hecha la consulta, nos han comunicado que procurarán arreglarlo a lo largo de la mañana, o a la mayor brevedad posible y que el personal no tiene que hacer nada.

En caso de que tengas que solicitar vacaciones o permisos antes de la resolución del problema, ponte en contacto con la Unidad Administrativa o remite tu solicitud por correo a ua_justiciavalencia@gva.es

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Un día más de permiso en 2026 en toda la Administración de Justicia


29 ene 2026


Habrá un día más de permiso en 2026

Se debe a la coincidencia del 15 de agosto (festivo nacional) en sábado

En la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública se recoge que:

“El personal incluido al que les es de aplicación la Resolución de 28 de febrero de 2019 tendrá derecho al disfrute durante el año 2026 de un día adicional de permiso por la coincidencia en sábado del día 15 de agosto de 2026.”

Y el artículo 503 de la LOPJ establece que:

“Las personas funcionarias tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que tendrá una duración de nueve días.”

De este modo, la resolución de Función Pública afecta directamente al personal de la AGE y, por aplicación de la LOPJ, a todo el personal de Justicia de todos los ámbitos territoriales

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Reducción de Horario por fiestas locales


27 ene 2026



Desde la DGJ nos han trasladado las resoluciones de reducción de horario por fiestas locales tanto en las Oficinas de Justicia en los Municipios como en los cabezas de partido, os adjuntamos las resoluciones.

 Resolución Jornada Reducida Oficinas Municipales

Resolución Jornada Reducida Cabeza de Partido


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Reducción de Jornada en Fiestas Locales


14 ene 2026



 Desde la DGJ nos han remitido la resolución por la que se establece la Jornada reducida por fiestas locales para el año 2026 en las Oficinas de Justicia en el Municipio Ubicadas en la Comunidad Valenciana. 

Durante los días de jornada reducida, el horario de trabajo será de 9 a 14 horas.

Resolución

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Circular informativa y protocolos en caso de emergencia para el personal de la Generalitat


10 oct 2025


 


Desde la DGJ nos trasladan circular informativa y protocolos debido a la situación reiterada de avisos meteorológicos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la Comunidad Valenciana, considerando los riesgos que pueden implicar el desplazamiento al lugar de trabajo y para garantizar la seguridad y el bienestar del personal.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIAS EXTERIORES PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT

CIRCULAR INFORMATIVA

PROTOCOLOS DE INVASSAT



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Recordatorio para tener en cuenta por el personal interino


9 sept 2025



 Desde la DGJ nos han remitido informe sobre el disfrute de vacaciones y permisos del personal funcionario interino, y que se ha de tener en cuenta, al estar pendiente del próximo concursillo y finalización del tiempo de nombramiento. 

También esperamos que la DGJ informe y con tiempo, de los refuerzos que continuaran, puesto que a fecha de hoy no hay notificación de los que van a continuar.

RESOLUCIÓN

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Grupos salariales del Personal al Servicio de la Administración de Justicia transferido


4 jun 2025


 


Se ha publicado en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana: 

Resolución por la que se aprueban nuevos grupos salariales de aplicación al personal al servicio de la Administración de justicia cuya competencia corresponde a la Generalitat Valenciana.

Hasta tanto no se apruebe la RPT de un determinado órgano judicial, continuará aplicándose el régimen retributivo vigente conforme a la plantilla existente y a los grupos salariales actualmente aplicables, sin perjuicio de su posterior integración en los nuevos grupos salariales establecidos por este acuerdo.

Tablas salariales publicadas

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Jornada y vacaciones de verano


2 jun 2025



 Jornada y vacaciones de verano

 Horario reducido: del 1 de Junio hasta el 30 de septiembre inclusive. La jornada diaria se reduce a 6,30 horas, la parte fija del horario sigue siendo de 5 horas y 30 minutos, a desarrollar de lunes a viernes, entre las 8,30 y las 14,30 horas y el resto de jornada es flexible hasta las 19 horas.

Vacaciones: 22 días hábiles a disfrutar en períodos mínimos de 7 días naturales consecutivos y hasta 7 días hábiles a disfrutar de forma independiente (como si fueran asuntos propios)

- Preferencia del 1 de junio a 30 de septiembre, fuera de este período se deben solicitar con 1 mes de antelación (con informe del Letrado/a)

- Días adicionales por antigüedad:

- por 15 años de servicio: 23 días hábiles

- por 20 años de servicio: 24 días hábiles

- por 25 años de servicio: 25 días hábiles

- por 30 o más años de servicio: 26 días hábiles

 

 

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Libranza de Guardias


26 may 2025


 

 Desde la DGJ nos remiten en el día de hoy la resolución para las libranzas de Guardia, en las que indica:

 "Aplicar al personal al servicio de la Administración de Justicia cuya competencia corresponde a la Generalitat Valencia, el artículo 8 de la Resolución de 17 de julio de 2006 de la Dirección General de Justicia, por la que se aprueban las normas sobre calendario laboral."

Tenemos que indicar que nos complace que la administración indique en la resolución:

Esta disparidad de regulación y sus consecuencias para el personal de los órganos judiciales ha llevado a las distintas Organizaciones Sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Justicia, a solicitar la revisión de los criterios adoptados tras la publicación de la citada Resolución de 5 de marzo de 2025, y el mantenimiento de la regulación prevista en la Resolución de 17 de julio de 2006 de la Dirección General de Justicia, al ser más favorable para todas las partes implicadas.

Resolución

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Suspensión de plazos en las leyes procesales


29 abr 2025


Se adopta por la Comisión Permanente del CGPJ suspender los días 28 y 29 de abril de 2025, los plazos procesales en todos los órganos judiciales de España

Se volverá a reunir la Comisión Permanente para acordar la prorroga de estas medidas o en su caso otras medidas dependiendo de las circunstancias.

 COMISION PERMANENTE

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Circular: Exención al Trabajo y prestación de servicios a Distancia con motivo de la DANA.


7 nov 2024


Desde la Dirección General de Justicia nos acaban de hacer llegar la última Circular sobre la exención de asistencia al trabajo y, sobretodo, sobre trabajo a distancia.

Además del enlace que os hemos dejado arriba, os ponemos el contenido del texto:

"CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Y AUTOGOBIERNO POR LA QUE SE EMITEN INSTRUCCIONES RESPECTO A LA EXENCIÓN DE LA ASISTENCIA AL TRABAJO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS A DISTANCIA CON MOTIVO DE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA PROVOCADA POR LA DANA EN LA COMUNITAT VALENCIANA.

Con motivo de la situación de emergencia provocada por la DANA en la Comunitat

Valenciana, se emiten las siguientes instrucciones que vienen a precisar las situaciones que deben ser contempladas respecto a la exención de asistencia al trabajo y la prestación de servicios a distancia, en orden a la adecuada gestión de los recursos humanos disponibles durante la situación de emergencia.

La presente circular resulta de aplicación a todo el personal funcionario de la Administración dla Justicia cuya competencia, en materia de personal, corresponde a la Comunitat Valenciana. 

1. Duración de las medidas

Las medidas contempladas se mantendrán en tanto persistan las condiciones excepcionales que impiden, dificultan o desaconsejan los desplazamientos. 

2. Prestación de servicios a distancia.

a. Atendiendo a la necesidad de conjugar las situaciones provocadas por la DANA con la debida prestación del servicio público, podrá solicitar la prestación de servicios a distancia, en tanto se mantenga la situación excepcional que se sufre en estos momentos: 

- El personal funcionario con destino en los órganos judiciales que se encuentren en poblaciones afectadas por la DANA. 

- El personal que resida en las poblaciones afectadas. 

- Personal cuyo desplazamiento a su centro de trabajo suponga un riesgo y/o peligro para su integridad física. 

- Personal con responsabilidades familiares que, como consecuencia de la situación, se vea afectado por el cierre de centros educativos, centros de atención sociosanitaria, de carácter asistencial o similares. 

b. Para la prestación de servicios a distancia se requiere contar con portátil de la GVA y conexión a red.

 c. El personal deberá acudir a su puesto de trabajo y recoger su ordenador portátil, si dispone del mismo. 

d. Si no dispusiera de ordenador portátil, deberá comunicarlo a través del correo gerente_ali@gva.es, o a través del teléfono 966902687, facilitando sus datos y situación en la que se encuentra. 

e. Si el personal, por una causa justificada, no pudiera acudir personalmente a recoger el ordenador portátil, podrá encomendar a un tercero su retirada siempre que este último acredite la autorización de la persona interesada y firme la recepción del dispositivo indicando su nombre, apellidos y DNI, así como en representación de quién retira el portátil del centro de trabajo. 

f. Si aun así no pudiera encomendar a un tercero su retirada, comunicará a través del correo gerente_ali@gva.es, o a través del teléfono 966902687, su situación para coordinar la entrega.

g. Las solicitudes para la prestación de servicios a distancia se realizará a través de la aplicación gvCRONOS con la opción denominada Teletrabajo, que una vez validadas, computarán como jornada laboral ordinaria a efectos de cumplimiento. El personal que preste sus servicios a distancia lo efectuará en el mismo horario habitual y tendrá los mismos derechos y deberes que el resto del personal que preste sus servicios en modalidad presencial.

Esta prestación de servicios a distancia tiene carácter extraordinario atendiendo a las circunstancias excepcionales producidas por la DANA y no guarda relación con ninguno de los programas de teletrabajo existentes y en vigor."

 

 






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Exención de asistencia al trabajo como consecuencia de la DANA: Nuevas instrucciones de la Dirección General de Justicia para su reflejo en CRONOS


6 nov 2024


La Dirección General de Justicia no acaba de remitir una Circular mediante la cual se regularizan los distintos supuestos en los que, a causa de las desgraciadas consecuencias de la DANA, se pueden encontrar el personal de justicia y las indicaciones para reflejarlo en Cronos.

También nos han enviado el modelo de declaración responsable que deberá acompañarse.

Os dejamos, también, el texto de la Circular:

"INSTRUCCIONES PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA EXENCIÓN DE ASISTENCIA AL TRABAJO DEL PERSONAL EMPLEADO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CUYAS COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL CORRESPONDEN A LA COMUNIDAD VALENCIANA, AFECTADO POR EL TEMPORAL

Los efectos destructivos en personas, bienes e infraestructuras, derivados de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) sufrida en los últimos días está produciendo la imposibilidad o dificultad grave de desplazamiento, suspensión de actividad judicial ordinaria en determinados Juzgados, cierre de instituciones, centros de trabajo, centros educativos, de atención sociosanitaria, asistencial o similar. A estas circunstancias se añade la necesidad de llevar a cabo trabajos para el restablecimiento de la normalidad en las zonas siniestradas.

Todo ello ha hecho necesario la adopción de ciertas medidas destinadas a asegurar la continuidad y reorganización del trabajo, garantizando, en la medida de lo posible, la seguridad y bienestar del personal ante esta situación excepcional y extraordinaria.

En fecha 31 de octubre de 2024 se emitió una circular informativa de la Dirección General de Justicia y Autogobierno en la que se informó que los días 30 y 31 de octubre de 2024 y aquellos necesarios hasta el restablecimiento de la normalidad en los desplazamientos, eran declarados exentos de asistencia al trabajo para el personal empleado público de la Administración de Justicia cuyas competencias en materia de personal correspondan a la Comunidad Valenciana afectados por el temporal y que considere justificada la imposibilidad de acudir a su centro de trabajo debido a circunstancias de fuerza mayor. Así mismo se informaba que esa exención era aplicable para el personal con responsabilidades familiares afectados por el cierre de los centros educativos, centros de atención socio-sanitaria, de carácter asistencial o similares.

En fecha 3 de noviembre de 2024 la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana adoptó un Acuerdo por el que, entre otras, aprobó la suspensión de la actividad judicial ordinaria de los juzgados de Catarroja, Requena y Torrent.

Una vez se haya restablecido la normalidad en los desplazamientos y hayan finalizado las circunstancias extraordinarias que impiden el normal desarrollo de la actividad laboral de los empleados públicos de la Administración de Justicia, cuyas competencias en materia de personal corresponden a la Comunidad Valenciana, es necesario determinar la forma de regularizar sus ausencias de asistencia al trabajo por las circunstancias descritas.

Así, esta Dirección General de Justicia y Autogobierno informa lo siguiente:

- En el supuesto de que la exención de asistencia al trabajo sea consecuencia de las dificultades de desplazamiento a causa de los efectos de la DANA, el personal afectado deberá registrar en la aplicación CRONOS una incidencia de fichaje por cada día de ausencia al trabajo, adjuntando una declaración responsable sobre las circunstancias que impidieron el desplazamiento.

- En el supuesto de que la exención de asistencia al trabajo sea consecuencia de responsabilidades familiares por el cierre de los centros educativos, centros de atención socio-sanitaria, de carácter asistencial o similares, el personal deberá registrar en la aplicación CRONOS una solicitud de permiso por deber inexcusable, por días o por periodo, según el caso, adjuntando una declaración responsable sobre las circunstancias que impidieron la asistencia al centro de trabajo.

- En el supuesto de que la exención de asistencia al trabajo sea consecuencia de los efectos directos y destructivos de la DANA en la persona del empleado público y/o en sus bienes, deberán remitir un correo electrónico a la unidad administrativa que corresponda según la ubicación de su centro de trabajo.

El indicado correo electrónico deberá contener, como mínimo, los siguientes extremos:

a) Datos de identificación personal del empleado público.

b) Centro de destino.

c) Lugar de residencia.

d) Declaración responsable de los efectos producidos por la DANA.

Las direcciones a las que se deberá remitir el correo electrónico, según la ubicación del centro de destino del empleado, son las siguientes:

a) Valencia: ua_justiciavalencia@gva.es

b) Alicante: ua_justiciaalacant@gva.es

c) Castellón: ua_justiciacastello@gva.es

d) Elx: ua_justiciaelx@gva.es

Se anexa modelo de declaración responsable.

 

Dirección General de Justicia y Autogobierno

Conselleria de Justicia e Interior"

 

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Torrent, Requena y Catarroja: nuevo Acuerdo del TSJ


4 nov 2024


Os dejamos el texto y el enlace al  último Acuerdo del TSJ, fechado hoy mismo, respecto a la actividad judicial en los partidos de Torrent, Requena y Catarroja:

D. Rafael Lara Hernández, SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, CON SEDE EN VALENCIA,

C E R T I F I C O: Que en el “Libro de Actas de las sesiones de la Sala de Gobierno” de este Tribunal Superior de Justicia, que se halla a mi cargo, en la correspondiente a la celebrada el día de la fecha figura, entre otros, el siguiente “ACUERDO”, que copiado literalmente es como sigue: 

ÚNICO. - Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo número 175/24, de las propuestas articuladas por los Ilmos. Magistrados Decanos de Catarroja, Torrent y Requena remitidas a esta Secretaría de Gobierno en fechas tres y cuatro de noviembre de 2024 y de conformidad con cuanto se interesa, a la vista de la imperiosa necesidad de dotar de efectivos judiciales los partidos de Requena, Torrent y Catarroja, a fin de poderse atender las necesidades que están surgiendo, por unanimidad de esta Sala de Gobierno se estima conveniente el establecimiento de una medida de apoyo para los meritados partidos judiciales consistentes en la adscripción de un Juez sustituto para desempeñar medida de apoyo transversal en los Juzgados de Requena, en los Juzgados de Catarroja, y también en los Juzgados de Torrent, ello lo anterior, por un plazo de seis meses, en su caso prorrogables.  

A tal fin se acuerda elevar al Consejo General del Poder Judicial la propuesta de nombramiento de tres jueces sustitutos que por turno de llamamiento corresponda, uno para actuar en cada uno de los precitados partidos judiciales de manera transversal, sin perjuicio de inicialmente tener una dedicación exclusiva de apoyo a los juzgados de instrucción competentes para la llevanza de los procedimientos penales consecuencia de la DANA. 

Con respecto a la solicitud de nombramiento de funcionarios/as de refuerzo así como de LAJ de refuerzo para los Juzgados de los tres partidos judiciales referidos, se informa por el Secretario de Gobierno que ya se han iniciado las gestiones oportunas en orden a la consecución de refuerzos de Letrado de la Administración de Justicia, y de funcionarios (considerando inicialmente 1 gestor, dos tramitadores y un auxilio para cada unidad), respectivamente con el Ministerio de Justicia y con la Dirección General de Justicia de la Generalitat Valenciana.  

Dada la situación excepcional de imposibilidad de ocupar la sede judicial de los juzgados de Catarroja, y conforme informa la Conselleria de justicia, se acuerda igualmente que el juzgado de guardia de Catarroja continue prestando su servicio ubicado en la ciudad de la justicia de Valencia, en las dependencias habilitadas al efecto, y en espera de que por la Conselleria pueda reubicar al resto de unidades judiciales y servicios comunes de Catarroja.  

Es por esto último por lo que se acuerda igualmente que, para el partido judicial de Catarroja, y hasta en tanto puedan reiniciar la actividad:  

PRIMERO. - Todas las notificaciones y comunicaciones remitidas por los órganos judiciales a través del sistema LEXNET deberán entenderse notificadas el primer día hábil en el que los juzgados de Catarroja reinicien su actividad.  

SEGUNDO. - En cuanto al cómputo de plazos procesales, quedarán excluidos los días que transcurran hasta tal reinicio de actividad.  

TERCERO. - En cuanto se pueda reiniciar la normal actividad en los juzgados y servicios de Catarroja, esta sala de gobierno acordará el reinicio de cómputo de plazos y efectividad de las notificaciones, levantándose entonces la suspensión de su actividad judicial y procesal.  

El precedente acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los oportunos despachos. Comuníquese así al CGPJ y órganos afectados, y a los Colegios profesionales.

Y no habiendo otros asuntos que tratar la Excma. Sra. Presidenta da por finalizada la sesión. 

Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. 

Y para constancia expido el presente en Valencia a 4 de noviembre de 2024 

El Secretario de Gobierno 

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Exención de asistencia al trabajo como consecuencia de la DANA: nueva Circular para Valencia y Castellón


31 oct 2024


Se ha publicado en la Intranet una Circular, ésta directamente de la Dirección General de Justicia, sobre la exención de la asistencia al trabajo. Esta Circular es de aplicación tanto para la provincia de Valencia como para la de Castellón.

Además la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha tomado conocimiento y aceptado la suspensión de los plazos procesales en los órganos judiciales de la provincia de Valencia con efectos del día de ayer, miércoles 30, y hoy, jueves 31 de octubre, solicitada en la tarde de ayer la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El cuerdo aprobado se concreta en los siguientes términos:

1-Todas las notificaciones y comunicaciones remitidas por los órganos judiciales durante los días 30 y 31 de octubre a través del servicio Lexnet deberán entenderse notificadas con fecha del lunes 4 de noviembre.

2-En cuanto al cómputo de plazos procesales, quedarán excluidos los días 30 y 31 de octubre, sin perjuicio de que si la fuerza mayor persiste más allá del día 3 de noviembre se adoptarán los acuerdos necesarios que exijan las concretas circunstancias.

Os dejamos el texto de la Circular sobre la exención:

CIRCULAR INFORMATIVA SOBRE LA EXENCIÓN DE ASISTENCIA AL TRABAJO DEL PERSONAL EMPLEADO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CUYAS COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL CORRESPONDEN A LA COMUNIDAD VALENCIANA, AFECTADO POR EL TEMPORAL

 

En atención a las condiciones meteorológicas adversas ocasionadas por el temporal que afecta a la Comunidad Valenciana, especialmente a las provincias de Valencia y Castellón, considerando los riesgos que puede implicar el desplazamiento al lugar de trabajo y para garantizar la seguridad y el bienestar del personal ante la situación extraordinaria que se está viviendo, desde esta Dirección General, conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable, se informa lo siguiente: 

Exención de asistencia al trabajo: 

Los días 30 y 31 de octubre de 2024 y aquellos que sean necesarios hasta el restablecimiento de la normalidad en los desplazamientos, serán declarados exentos de asistencia al trabajo para el personal empleado público de la Administración de Justicia cuyas competencias en materia de personal correspondan a la Comunidad Valenciana, afectados por el temporal y que considere justificada la imposibilidad de acudir a su centro de trabajo debido a circunstancias de fuerza mayor.

 

A tal fin, el personal empleado público de la Administración de Justicia cuyas competencias en materia de personal correspondan a la Comunidad Valenciana, que no pueda acudir al trabajo deberá comunicarlo a su superior inmediato o a la unidad administrativa a la mayor brevedad posible, informando de la situación, a efectos de que los servicios públicos de carácter esencial puedan ser organizados.

 

Así mismo, para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar, esta exención es aplicable al personal empleado público de la Administración de Justicia cuyas competencias en materia de personal correspondan a la Comunidad Valenciana, con dificultades derivadas de la situación de emergencia, especialmente para aquellos con responsabilidades familiares afectadas por el cierre de los centros educativos, centros de atención socio-sanitaria, de carácter asistencial o similares.


Esta medida es aplicable a aquellas personas que se encuentren en zonas de especial afectación y/o riesgo, cuyo desplazamiento resulte comprometido por el temporal, y se mantendrá los días necesarios hasta el restablecimiento de la normalidad en los desplazamientos. 

 

Dirección General de Justicia y Autogobierno Conselleria de Justicia e Interior

 

Firmado por Maria Jose Adalid Hinarejos, el 31/10/2024 12:51:55

Cargo: Directora General de Justicia y Autogobierno

 


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Exención de asistencia al centro de trabajo



La DGJ dictó, anoche, una Circular por la que se amplía la declaración de exención de asistencia al trabajo al día 31 de octubre de 2024 para todo el personal empleado público de la administración de la Generalitat que no pueda acudir a su centro de trabajo debido a circunstancias de fuerza mayor, por encontrarse en zonas de especial afectación y/o riesgo y cuyo desplazamiento resulte comprometido por el temporal, así como a aquel que como consecuencia de la situación, se vea afectado por el cierre de centros educativos, centros de atención socio-sanitaria, de carácter asistencial o similares a fin de garantizar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.



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Flexibilidad horaria por pertenecer a la mesa electoral en las Elecciones Europeas


6 jun 2024


La DGJ ha remitido la resolución sobre la flexibilidad horaria concediendo al personal al servicio de la Administración de Justicia nombrado presidente o vocal de mesa electoral, así como a los que acrediten su condición de interventores de las mismas concediendo la posibilidad de recuperar los 30 minutos de trabajo de diferencia, correspondientes a la parte fija del horario, con cargo a la parte flexible del mismo y dentro del mes de junio de 2024.

> Enlace a la Resolución



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Reducción jornada Semana Santa


28 feb 2024


Desde la DGJ nos han hecho llegar la resolución para la reducción de jornada durante la Semana Santa, por la cual se acuerda lo siguiente:

Que el personal al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad Valenciana, durante la Semana Santa disfrutará de cuatro días de jornada reducida, de 09:00 a 14:00 horas, que serán los días 2, 3, 4 y 5 de abril de 2024.

Resolución

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Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de servicio público justicia


15 ene 2024


 

El viernes día 12 de enero se publicó en el BOE:

Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo

Medidas urgentes

Resolución de 10 de enero de 2024, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo

PDF (BOE-A-2024-665 - 1 pág. - 187 KB)


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