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Juzgados de Paz: nueva resolución de sustitución entre Secretarías


1 jul 2026


La Dirección General de Justicia nos ha dado traslado de la última Resolución de sustitución en las Oficinas de Justicia Municipal, actualizado con la inclusión de la última creación de Oficina y con las modificaciones en el Reglamento de Ingreso y Provisión de puestos de trabajo al respecto.

No recoge la opción, ya reconocida en nuestra normativa legal, de qué pueda ser el personal de Auxilio el que sustituya al cuerpo de Gestión, con funciones de Secretaría.

Aunque pueda parecer que reconocer este extremo es reconocer una realidad que se da, en la práctica, realmente supone legalizar la vergonzosa costumbre de esta administración de crear Juzgados de Paz sin personal de los tres cuerpos esperando, como siempre, que seamos el personal el que les saque las castañas del fuego con un esfuerzo que nunca se ve agradecido ni recompensado.

La solución es muy sencilla, no habría ningún problema para las sustituciones, en caso de vacaciones, permisos o licencias, si todas las Oficinas de Justicia Municipal tuvieran, al menos, una persona de cada uno de los tres cuerpos, Auxilio, Tramitación y Gestión.

Os dejamos el enlace a la Resolución

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Concurso de traslados: cómputo del tiempo en sustitución, CCOO gana otra sentencia


25 may 2026


CCOO
 Justicia de Cantabria ha obtenido sentencia favorable del Tribunal de Instancia de Santander en recurso que solicitaba la anulación de la Base Tercera de la Orden PRE/3/2025 por infracción de los Principios Constitucionales de acceso a la Función Pública en condiciones de Igualdad y por vulneración de los Principios de Mérito y Capacidad reconocidos en los artículos 14, 23 y 103 de la Constitución española al no regular la baremación de la antigüedad de los períodos de tiempo de prestación de servicios como funcionario sustituto referidos al Cuerpo o Escala para el que participa en el concurso de traslado. 

Esta sentencia favorable, aunque no es firme, supone un éxito, al menos parcial y provisional, en la lucha contra la discriminación que viene padeciendo el personal titular en las valoraciones de méritos fijadas por las bases de las convocatorias de los concursos de traslado de todos los ámbitos convocantes. 

A la discriminación se refiere precisamente la sentencia cuando dispone, en su fundamentación jurídica, que "...valorar a efectos de antigüedad los servicios prestados por los interinos y no valorar los mismos servicios prestados por los sustitutos en régimen de sustitución vertical supone tratar a estos últimos de forma discriminatoria al introducir una desigualdad en el concepto de mérito sin que sea de apreciar que para ello concurre una causa objetiva y razonable, incurriendo así en arbitrariedad con extralimitación del margen de apreciación de que dispone la Administración para configurar los méritos a tener en cuenta...La Administracion-Gobierno de Cantabria cuando dictó la Resolucion recurrida actuó dentro de sus competencias, a tenor de los articulos 42 y 44 del Estatuto de Autonomia de Cantabria pero ampliando la Norma del Estado introduciendo una desventaja que supone violentar el Principio de Igualdad...".

 

Pero, aunque esta sentencia es un paso más, lo realmente importante es que estamos a la espera del pronunciamiento del Tribunal Supremo en un recurso de casación interpuesto contra otra sentencia (ésta de la Audiencia Nacional) que también se pronunció en primera instancia a favor de esta pretensión de CCOO.

 

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CCOO exigimos la valoración de las sustituciones a efectos de concurso


4 feb 2026


    Ante la Nota colgada ayer en la página web del Ministerio respecto a la valoración de los servicios prestados en calidad de personal funcionario interino como mérito de cara a la resolución del “concursillo” de traslados, desde CCOO nos hemos vuelto a dirigir a la Administración para reiterar nuestra petición de que de igual forma, los servicios prestados como funcionario/a sustituto/a computen también a los mismos efectos. 

    Para CCOO lo contrario no sólo supone una flagrante discriminación del personal funcionario titular que ha realizado sustituciones al cuerpo en el que se participa, sino que contraviene la Sentencia núm. 1.081/2022 de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictada en el Recurso de Casación 744/2021

    Ello ya fue argumentado en nuestro recurso interpuesto en su día contra esta grave discriminación y perjuicio causado contra el personal titular (aún pendiente de resolución), pues en la mencionada sentencia se establece que “La valoración de los servicios prestados como funcionario de carrera, personal fijo, y como funcionario interino o personal de duración determinada, no pueden ser objeto de valoración diferente” y que “La solución contraria a la expuesta supondría incurrir en un trato discriminatorio que proscribe la Directiva1999/70/CE del Consejo de la Unión Europea, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada”

    El Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP, sobre el trabajo de duración determinada, establece que “se entenderá por trabajador con contrato de duración determinada el trabajador con un contrato de trabajo o una relación laboral concertados directamente entre un empresario y un trabajador, en los que el final del contrato de trabajo o de la relación laboral viene determinado por condiciones objetivas tales como una fecha concreta, la realización de una obra o servicio determinado o la producción de un hecho o acontecimiento determinado”, siendo, por tanto, el personal sustituto (regulado en los artículos 40.3 y 74 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia) personal de duración determinada que, a efectos de la valoración de los servicios prestados, no puede tener una valoración diferente del personal fijo o del personal funcionario interino. 

    Por ello, a fin de evitar este grave perjuicio que pudiera causarse a las personas que han realizado sustituciones, y que incluso pudiera dar lugar a la responsabilidad patrimonial de la Administración, desde CCOO hemos exigido que a la mayor brevedad posible publiquen los servicios.
Esperamos, ahora, la respuesta del Ministerio de Justicia.
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Sustituciones: CCOO exige a la DGJ una nueva regulación más justa y transparente


21 ene 2026


Sigue siendo inexplicable, e inefable, la actitud que está teniendo la Dirección General de Justicia con el personal que estamos a su cargo. A pesar de que, incluso en las Instrucciones para la implantación de la III Fase de los Tribunales de Instancia, la administración hablaba de mantener las sustituciones al cuerpo superior que estuvieran activas, ya se ha producido el cese de algunas de las personas que realizaban alguna de estas sustituciones
.

Pero si esto nos pareció grave, lo que ya creemos que no tiene calificativo, que se pueda poner públicamente al menos, es la respuesta que nos dio la DGJ cuando le preguntamos sobre este asunto, respondiendo que la sustituciones sólo se iban a poder realizar dentro del mismo destino en el que ya se estuviera prestando servicio, lo que supondría una reducción inmensa de nuestras posibilidades de poder hacer una sustitución, sobretodo en el cuerpo de auxilio.

Las sustituciones están reguladas en el Reglamento de Ingreso y Provisión de puestos de trabajo, que no limita, en ningún caso, que se tengan que hacer dentro de un mismo centro de destino, siendo esto sólo mérito pero no un requisito.

 “Artículo 74 Sustituciones, del  Reglamento de Ingreso y Provisión de puestos de trabajo

1. Los puestos de trabajo que se encuentren vacantes, o cuyo titular esté ausente por el disfrute de licencias o permisos de larga duración, con carácter excepcional y siempre que el Ministerio de Justicia y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas con traspasos recibidos no consideren que hayan de cubrirse con funcionarios interinos, podrán ser cubiertos temporalmente por funcionarios titulares mediante sustitución.

4. Tendrá preferencia para realizar la sustitución el funcionario destinado dentro del mismo centro de destino.”

De hecho, lo que sí está previsto es que las sustituciones se realicen tanto en el cuerpo superior como en el mismo cuerpo y así se evidencia cuando en el punto 5 del mismo artículo, se determina:

“5. En todos los casos, para los puestos de trabajo singularizados y para los puestos de trabajo genéricos de distintos centros de destino si se trata de una sustitución de un puesto de trabajo dentro de su mismo cuerpo o del de titulación inmediata superior, conservarán su puesto de origen y tendrán derecho a las retribuciones complementarias del puesto que desempeñen por sustitución.”

Y no os vamos a cansar con más datos, porque entendemos que la cuestión está meridianamente clara y que, al final, todo es una cuestión de que nuestra administración quiera respetar nuestros derechos o bien de que su intención sea privarnos de ellos.

Por ese motivo nos hemos dirigido a la Dirección General de Justicia, poniendo por escrito lo que ya habíamos solicitado en esas mesas de negociación a las que sólo asistimos CCOO, solicitando que se actualice la normativa autonómica sobre sustituciones, renegociándola y actualizándola, incluyendo todas las posibilidades de sustitución y entre cualquier centro de destino, implementando un sistema de oferta de puestos por sustitución ágil y fácil, similar al utilizado en alguna comunidad, como Andalucía, donde se ofrecen a través de la web para que todo el mundo tenga conocimiento y las puede solicitar cualquier persona que así lo desee.

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Cómputo del tiempo en sustitución para el concurso de traslados: la Audiencia Nacional estima el recurso interpuesto


30 sept 2025


Dictada una sentencia, por la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, estimando que el tiempo de servicio en sustitución vertical debe valorarse en los concursos de traslado.

Desde CCOO ya habíamos recurrido en reposición, por este mismo motivo, la última convocatoria de concurso traslados, el de 2024, sin haber obtenido respuesta por parte del Ministerio de Justicia.

Mientras tanto, varias personas afectadas, a título individual, interpusieron recurso contencioso-administrativo y, aunque desestimado en primera instancia, ha sido estimado en recurso interpuesto ante la Audiencia Nacional.

La sentencia falla a favor de los y las recurrentes (con el apoyo del Ministerio Fiscal y la oposición de la Abogacía del Estado), reconociéndoles el derecho a que le sean valorados “a efectos de antigüedad los servicios efectivos prestados en régimen de sustitución vertical” y estableciendo que “valorar a efectos de antigüedad los servicios prestados por los interinos y no valorar los mismos servicios prestados por los sustitutos en régimen de sustitución vertical supone tratar a estos últimos de forma discriminatoria al introducir una desigualdad en el concepto de mérito sin que sea de apreciar que para ello concurre una causa objetiva y razonable, incurriendo así en arbitrariedad con extralimitación del margen de apreciación de que dispone la Administración para configurar los méritos a tener en cuenta”.

Aún no siendo firme la sentencia (cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo), CCOO ya hemos reclamado al Ministerio de Justicia que la tome en consideración para futuras convocatorias de concursos de traslado y elimine esta absurda y caprichosa discriminación entre el personal interino y el personal sustituto que, a efectos de servicios prestados y antigüedad, no tiene justificación alguna.

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Nueva Instrucción sobre Sustituciones en las secretarías de los Juzgados de Paz.


25 abr 2025


Desde la DGJ nos han dado traslado de la nueva instrucción por la que Justicia, dispone que las 
sustituciones en las Secretarías de los Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes, en los casos de vacante, permisos, vacaciones o licencias se realizarán por un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, si lo hubiere, del mismo centro de destino, y en su defecto, por funcionario el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, siempre que reúna los requisitos establecidos para el puesto de trabajo.

Instrucción de sustituciones Juzgados de Paz 

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La DGJ ataca directamente al personal titular


30 jun 2022



Parece que la Dirección General de Justicia ha decidido aplicarse en ver cómo y de que manera puede perjudicar más al personal titular. 

Lo primero que han decidido es que ya no se van a ofrecer las plazas, de forma prioritaria, para sustitución al cuerpo superior. Ahora va a ser el Laj o la Laj de turno quien decida si ofrece, o no, la sustitución o prefiere que le nombren personal interino. Y para ello, han corrido a modificar las Instrucciones para la solicitud de personal interino que están colgadas en la Intranet, por supuesto después del grave suceso que os vamos a contar.

ANTES:


DESPUÉS:


Pero han ido más allá… El criterio para la oferta de plazas para el concurso de este año, es que cualquier plaza que se haya sacado a resultas en años anteriores y no se haya cubierto, la consideran desierta directamente y no se ofertará en este concurso.

Y por si así leído no parece lo suficientemente grave, os vamos a poner un ejemplo, real, de cual puede ser el punto hasta el que se perjudique al personal titular:

Persona tramitadora a la que no se ofrece, en sustitución vertical, una plaza que podría cubrir y en la que su Laj falsea, además, la solicitud de personal interino y marca la casilla de que “No existe funcionario/a titular del Cuerpo inmediato inferior que reúna el requisito de titulación suficiente y esté interesado/a.” MENTIRA. En ningún momento se le ofrece la posibilidad de hacer la sustitución y respecto a la titulación, la persona es del cuerpo de tramitación, en excedencia, por lo que titulación le sobra.

Puesto en conocimiento de la Dirección General no sólo no hacen nada para solucionar el problema que impunemente crea el Laj, sino que modifican en la Intranet la Instrucciones para la solicitud de personal interino que hay para los Laj, quitando lo de “de forma prioritaria”. 

Pero el agravio va mucho más allá, continuamos: 

En el mismo Juzgado hay una plaza que se quedó desierta en 2020, cuando la persona titular de la misma obtuvo otro destino en el concurso de traslados. Y pensaréis, pues ya tiene una plaza a la que optar en este concurso. Pues no, no la tiene.

Y no la tiene porque esa plaza, que no se cubrió a resultas en el mencionado concurso de 2020, se ha considerado, directamente, desierta y no se va a ofrecer. 

Pero no se vayan todavía que aún hay más… 

Esta persona aprobó tramitación en la última oposición de lo que podría deducirse que, ya que las plazas se las ofrecieron en 2021, le habrían ofrecido esa plaza que decidieron que era desierta en 2020…Pues tampoco. Esa plaza, desierta, y por tanto reservada para la gente que aprueba las oposiciones, tampoco se ofreció a quienes aprobaron tramitación en la última OEP. 

Y os resumimos por si os habéis perdido, este ejemplo que, siendo real, os puede suceder a cualquiera en algún momento de vuestra vida laboral. 

Al personal titular se le está negando, de todas las maneras posibles, su derecho a poder a hacer efectiva su promoción profesional y, por tanto, a mejorar sus retribuciones. 

Y así es como juega la Dirección General de Justicia con nuestra vida laboral y con nuestros ingresos. 

Pero, ojo, la culpa de esta situación no la tiene el personal interino que, al fin y al cabo, están al libre arbitrio de la DGJ igual que el resto. La culpa de esta situación es única y exclusivamente de la DGJ.

  

HOY LE HA PASADO A ESTA PERSONA, MAÑANA TE PUEDE PASAR A TI.

 

HASTA CUÁNDO HAY QUE AGUANTAR EL DESPRECIO DE LA DGJ?

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Sustitución entre funcionarios de tramitación


8 abr 2022


En la Intranet de Justicia se ha publicado convocatoria de 6 de abril de 2022 por la que se ofrece en sustitución entre funcionarios de carrera pertenecientes al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa destinados en el SCPAG (SCEC. ASUNTOS GENERALES) de Valencia el puesto diferenciado de Tramitación Procesal y Administrativa (GU) en el SCPAG de Valencia.

 

El plazo de presentación de solicitudes es del 11 al 13 de abril, ambos inclusive.

 

A la oferta se puede acceder a través del siguiente enlace: https://intraadmjusticia.gva.es/es/substitucions

 

Resolución

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CCOO logra una nueva sentencia favorable a los derechos del personal de Justicia: estimación parcial de una demanda por la que se reconoce el derecho de una trabajadora en sustitución vertical al abono de las pagas extras del puesto desempeñado, salvo trienios


18 dic 2020


  • CCOO logra una nueva sentencia favorable a los derechos del personal de Justicia: El TSJ de Madrid dicta sentencia sobre las sustituciones de cuerpo superior (en este caso, una sustitución del cuerpo de Auxilio a Tramitación) en una de las numerosas demandas presentadas por nuestro sindicato para lograr de una vez el cumplimiento del principio constitucional, de a igual trabajo, igual salario, sentencia que aún no es firme.

LA ASESORÍA JURÍDICA DE CCOO GANA PARCIALMENTE UNA NUEVA DEMANDA JUDICIAL POR LA QUE SE RECONOCE EL DERECHO DE UNA TRABAJADORA DESTINADA EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO, QUE DESEMPEÑA UNA SUSTITUCIÓN EN EL CUERPO SUPERIOR, AL ABONO EN LAS PAGAS EXTRAS DE LAS MISMAS RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES AL PUESTO QUE DESEMPEÑA POR SUSTITUCIÓN, SALVO LOS TRIENIOS

No obstante, la sentencia considera que los trienios son retribuciones básicas ligadas al sueldo base y que éste es el del cuerpo de origen, por lo que no acepta la reclamación de CCOO de que toda persona que ocupa un puesto por sustitución debe percibir también el sueldo base y el trienio del cuerpo que sustituye y que el trienio debe consolidarse en el cuerpo que se ocupa en el momento de cumplirlo. Y la sentencia añade que debe ser objeto de una reclamación específica si la cotización de clases pasivas debe ser del cuerpo que se sustituye 



El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia sobre una de las demandas presentadas por CCOO, en representación de una compañera afiliada, sobre la justa reclamación para el abono de todas las retribuciones del cuerpo superior en las sustituciones de cuerpo de nivel superior, también en las pagas extras.

La sentencia determina que también tienen que ser incluidas en las pagas extraordinarias las retribuciones percibidas en concepto de “desempeño conjunto”, que equipara el sueldo base del cuerpo de origen y del cuerpo en el que se sustituye.

CCOO lleva años demandando a las diferentes administraciones que cumplan con el principio constitucional de, a igual trabajo, igual salario. Por eso, entre otras demandas, CCOO sigue reclamando en su acción sindical, y en paralelo en la vía jurídica, que se reconozcan el 100 % de las retribuciones del cuerpo al que se sustituye.

Pero el Ministerio de Justicia y prácticamente todas las CCAA con competencias, en mayor o menor medida, incumplen ese principio, lo que para CCOO, además de tremendamente injusto y crear una desigualdad salarial intolerable (pues tanto el personal titular como el interino que ocupa plaza de cualquier cuerpo percibe retribuciones superiores al personal que ejerce sustitución vertical en la misma plaza), podría constituir, además, un enriquecimiento ilícito de la Administración, que de esta manera actúa para que la ocupación de puestos de trabajo de nivel superior sean retribuidos con salarios inferiores a las funciones que realizan.

La sentencia ganada por CCOO abre la esperanza de que podamos lograr, en un plazo breve mediante la acción judicial, pero sin abandonar la presión sindical, de una vez, la igualdad salarial entre todos los puestos del mismo cuerpo, sea personal titular del cuerpo, personal interino de ese mismo cuerpo, y el personal que realiza la sustitución vertical en ese cuerpo.

CCOO se pone a disposición de su afiliación, y de todo el personal de la Administración de Justicia, en la lucha por lograr esta igualdad salarial entre personas que ocupan puestos del mismo cuerpo en cualquiera de sus formas: cobertura por personal titular, por personal interino o por personal que tiene nombramiento para ejercer sustituciones verticales del cuerpo superior. Objetivo para el que esta sentencia es un importante paso adelante, aunque la misma debe ser aún confirmada para su declaración de firmeza en el caso de que sea recurrida por la Administración o por CCOO, que está estudiando el recurso por las cuestiones no aceptadas.
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Sobre la convocatoria de la bolsa de Letrados de la Administración de Justicia sustitutos


9 jul 2020


BOLSA DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SUSTITUTOS

En relación con la convocatoria de la bolsa de Letrados de la Administración de Justicia sustitutos (que lleva un retraso de casi un año), desde el Ministerio de Justicia nos informan que ya la han retomado. Se espera dar traslado a CCOO y al resto de organizaciones sindicales representativas para finales de julio o principios del mes de septiembre, al objeto de realizar las alegaciones oportunas a la misma

Asimismo, se está ultimando el módulo de presentación telemática de instancias en Ainoa que podría estar listo para el mes de octubre. Una vez que esté listo dicho módulo de presentación se procedería a la convocatoria de la bolsa a la mayor brevedad. Se habilitará en Ainoa la opción para que puedan acceder tanto funcionarios del ámbito no transferido (que ya tienen acceso) como de los ámbitos transferidos, como cualquier ciudadano ajeno a la Administración al objeto de realizar la presentación electrónica de instancia a la bolsa de Letrados sustitutos
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Conseguido el abono de las sustituciones verticales por Resolución en la Comunitat Valenciana


18 may 2020



La Dirección General de Justicia ha publicado en Intranet la Resolución de 12 de mayo que establece un Programa de Actuación continuado para instrumentar el abono de las sustituciones realizadas por los funcionarios del Cuerpo de Auxilio en puestos de Tramitación, y por los funcionarios de este cuerpo en puestos de Gestión todo ello en desarrollo del art. 74 de nuestro Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional y cuyos puntos fundamentales son:

Funcionarios y funcionarias incluidos en el Programa: todos las y los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos de Tramitación y de Auxilio Judicial, destinados en órganos judiciales de la Comunitat Valenciana que desempeñen por sustitución un puesto de trabajo al cuerpo inmediatamente superior.

Características de las plazas: deben de ser vacantes o cuyo titular esté ausente por motivo de permiso o licencia de larga duración (superiores a un mes).

Cuantía individual: las diferencias complementarias correspondientes al complemento general del puesto y el específico o CAT si el puesto no está en NOJ

Sin perjuicio de las anteriores, se establecen en concepto de productividad, por la realización de las sustituciones las cantidades mensuales correspondientes a la diferencia entre el importe del sueldo base correspondiente al puesto desempeñado por sustitución y el sueldo base del cuerpo de pertenencia del funcionario que realiza la sustitución.

En ambos casos, la sustitución se retribuirá en proporción a los días efectivos de sustitución desempeñados.

Entrada en vigor y devengo de las cuantías: desde el 1 de mayo de 2020 y serán actualizadas conforme a los importes que se establezcan para las retribuciones de los funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia en las correspondientes Leyes de Presupuestos. Al tener que recibir las certificaciones de dichas sustituciones no creemos factible que se puedan cobrar antes de la nómina de julio.

“Las victorias tienen muchos padres y las derrotas son huérfanas”, siempre que se consigue un logro importante todos queremos nuestra parte de gloria y la realidad es que se lleva peleando por este derecho más de 25 años y durante este tiempo se han presentado multitud de escritos, peticiones en mesas de negociación y demandas judiciales. Es más muchos sindicatos ni siquiera existían, por lo que querer acaparar todo el trabajo de tantos años de esfuerzo en unas siglas me parece un insulto a la inteligencia del colectivo y un menosprecio para los y las compañeras de todas las organizaciones sindicales que han peleado porque este derecho por fin se hiciera realidad. Nuestra gratitud para todos ellos.
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CCOO exige al ministerio el respeto al derecho a la negociación colectiva


7 nov 2019


  • Sobre la sentencia del Tribunal Supremo que condena al Ministerio de Justicia por vulnerar el derecho fundamental de libertad sindical.

CCOO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA EL CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE LA SENTENCIA Y QUE CONVOQUE LA MESA SECTORIAL PARA NEGOCIAR LAS SUSTITUCIONES Y COMISIONES DE SERVICIO Y LA PRODUCTIVIDAD PARA TODOS LOS CUERPOS Y NO SOLO PARA LETRADOS/AS COMO VIENE RECLAMANDO CCOO INSISTENTEMENTE

CCOO también solicita que a los letrados y las letradas que hayan realizado o estén realizando las sustituciones conforme al Real Decreto anulado por el Supremo se les abonen las cantidades fijadas unilateralmente por el ministerio hasta que se realice la modificación negociada y al alza de las mismas, incremento que también exigimos para el resto de cuerpos

Nada más conocer la sentencia ganada por CCOO el ministerio de justicia se ha dirigido a los Secretarios de Gobierno indicándoles que “el Ministerio de Justicia iniciará con carácter inmediato los trámites de negociación omitidos conforme a la sentencia a fin de reinstaurar a la mayor brevedad el sistema de sustituciones establecido por el Real Decreto ahora anulado”.

Para CCOO no es admisible, y así se lo hemos reprochado por escrito pidiendo una rectificación inmediata, que el ministerio dé por hecho que se repondrá el sistema de sustituciones anulado porque ello supone, cuanto menos, una nueva falta de respeto al derecho a la negociación colectiva y, por lo tanto, como dice el Tribunal Supremo, al derecho fundamental de libertad sindical, o quizá incluso un incumplimiento de la propia sentencia.

En el mismo escrito que hemos dirigido al Ministerio de Justicia hemos exigido una negociación de las sustituciones y comisiones de servicio de todos los cuerpos, compromiso incumplido como señala la propia sentencia del Tribunal Supremo: “tiene razón el Ministerio Fiscal, el acuerdo entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales más representativas de 18 de diciembre de 2015 (publicado en el Boletín Oficial del Estado de 22 de enero de 2016) guarda relación con cuanto dispone el Real Decreto 101/2019”. Y ésta una de las causas fundamentales de la estimación de demanda de CCOO.

CCOO RECLAMA COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD PARA TODOS LOS CUERPOS

También, en referencia al otro aspecto que regulaba el Real Decreto declarado nulo por el Tribunal Supremo en esta sentencia, como es el de la retribución por el programa de actuación por objetivos que, incomprensiblemente, se asigna con exclusividad al cuerpo de Letrados cuando es evidente que el cumplimiento de tales objetivos depende no solo del personal funcionario de este cuerpo, sino de todas las personas integrantes de las oficinas judiciales que también deben ser retribuidas por este concepto de productividad que de forma inexplicable se sigue denegando, CCOO reclamamos que la negociación colectiva de este Real Decreto se extienda también a la retribución por el cumplimiento de objetivos al resto de los cuerpos de funcionarios y funcionarias.

Escrito de CCOO al Secretario General de la Administración de Justicia
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CCOO exige al Ministerio de Justicia negociación y cumplimiento de acuerdos. Reunión con el Subdirector


20 sept 2019




CCOO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES NO PARALICE EL RECONOCIMIENTO DE NUESTROS DERECHOS LABORALES Y RETRIBUTIVOS 

Que el gobierno esté en funciones no puede ser una excusa para retrasar el cumplimiento de los acuerdos firmados con CCOO y a seguir negociando las mejoras profesionales y retributivas pendientes

Tras el parón veraniego, representantes del Sector de Justicia de CCOO hemos mantenido una primera reunión con el Subdirector General de Medios Personales de la Administración de Justicia

Con carácter general, en materias que afectan a todos los territorios con competencias transferidas o no, CCOO hemos reclamado el comienzo inmediato de las negociaciones para:

  • La implantación y retribución de la carrera profesional horizontal.
  • El mantenimiento definitivo del Registro Civil en la Administración de Justicia y de las oficinas de este servicio público en todos los partidos judiciales y Juzgados de Paz
  • La modificación del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo para acabar con la discrecionalidad en la concesión de comisiones de servicio y sustituciones y el reconocimiento del 100% en las sustituciones verticales y para que se garantice la inclusión en los concursos de traslado de todas las plazas vacantes
  • La convocatoria de las pruebas selectivas de la OEP 2019 con un número de plazas suficientes para reducir al 6% la tasa de temporalidad y con la convocaría extraordinaria de plazas para promoción interna en todos los cuerpos generales y especiales que tenemos pactada (también de Ayudantes a Técnicos Especialistas de Laboratorio del INT, bloqueada desde hace lustros)
  • También hemos solicitado la corrección inmediata y “de oficio” de los errores en las cotizaciones a la Seguridad Social, tal y como se pactó en el Acuerdo de 2015

AMBITO NO TRANSFERIDO

Para el personal de este ámbito, hemos exigido al Ministerio:

  • La subida del complemento específico en un mínimo de 300 euros mensuales.
  • El pago de las cantidades establecidas en concepto de fondos adicionales para eliminar las diferencias retributivas derivadas de los grupos de población, comenzando por los Juzgados de Paz y las localidades con Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción del grupo III.
  • La conversión inmediata en plantilla de las plazas de refuerzo con más de tres años de antigüedad, especialmente en Órganos Centrales donde el Ministerio está incumpliendo de forma inaceptable el compromiso alcanzado en el acuerdo firmado con CCOO y otras organizaciones sindicales en diciembre de 2015.
  • La recuperación de la jornada laboral de 35 horas semanales.
  • La valoración individualizada de cada uno de los puestos de trabajo de la oficina judicial, tanto de las RPTs ya aprobadas como de las de próxima implantación como obliga una reciente sentencia del Tribunal Supremo.
  • La convocatoria de Comisiones de Servicio y Sustituciones debidamente negociadas y reguladas para acabar con los arbitrariedades que hasta ahora se están produciendo.

El representante del Ministerio de Justicia nos ha informado de la inmediata negociación del reparto de los fondos adicionales así como del incremento del plantilla en los servicios comunes de las localidades en las que está implantada la oficina judicial y en las que van a crearse nuevos órganos judiciales a partir del 31 de diciembre de este año

En relación con los incrementos retributivos que demandamos el Ministerio acepta que son justas y necesarias estas demandas y que únicamente son motivos de escasez presupuestaria los que impiden llevarlas a cabo.

Nos informan que el Ministerio de Justicia ha comunicado a Hacienda la necesidad de fondos para incrementar el número de órganos judiciales y plantilla que permitan atender las necesidades del servicio público de la Administración de Justicia y también para atender mejoras en las retribuciones del personal, pero que ven muy difícil que haya dinero para ambas necesidades. Ante este supuesto el Ministerio optaría por priorizar la creación de nuevos juzgados frente al incremento de retribuciones.

CCOO hemos manifestado que no vamos a aceptar este chantaje y que el Gobierno, en funciones o no, está obligado a prestar un servicio público de calidad y también, y con la misma prioridad, a retribuir a su personal de forma justa, adecuada y no discriminatoria respecto a otros ámbitos territoriales. De no rectificar la posición del gobierno seguiremos adelante con la convocatoria de movilizaciones con toda la contundencia que sean necesaria.


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El Ministerio de Justicia violenta el derecho a la negociación colectiva e impone medidas que no garantizan la equidad en la Administración de Justicia


12 mar 2019


  • BOE de 12 de marzo de 2019: se publican dos Reales Decretos, impulsados por la Ministra de Justicia, no negociados ni siquiera informados a las organizaciones sindicales.
  • El Ministerio de Justicia violenta el derecho a la negociación colectiva e impone medidas que no garantizan la equidad en la Administración de Justicia.


MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES E IGUALDAD


Organización

Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.


PDF (BOE-A-2019-3484 - 9 págs. - 219 KB)    Otros formatos


Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia

Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.

PDF (BOE-A-2019-3485 - 7 págs. - 215 KB)    Otros formatos
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Convocatoria de comisiones de servicio y/o sustituciones en la provincia de Málaga


16 feb 2019



Se han publicado en el Portal Adriano varias resoluciones anunciando convocatoria pública para la cobertura de plazas mediante los siguientes mecanismos:

Sustitución horizontal

- 1 Auxilio Judicial, SCAC MÁLAGA

Fecha publicación: 15/02/2019
Plazo presentación: 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Portal Adriano

Enlace Portal Adriano

Enlace Resolución

Comisiones de servicios/sustitución vertical

Gestión

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 Coín

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 Estepona

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 Estepona

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia nº 3 Marbella

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia nº 1 Torremolinos

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia nº 4 Málaga

- 1 plaza Juzgado de lo Penal n.º 1 Málaga

- 1 plaza Juzgado de lo Penal n.º 2 Málaga

- 1 plaza Juzgado de lo Penal n.º 4 Málaga

- 1 plaza Juzgado de lo Penal n.º 13 Málaga

- 1 plaza Juzgado de lo Penal n.º 14 Málaga


Tramitación
- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 Estepona

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 Estepona

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia n.º 1 Marbella

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia n.º 3 Marbella

- 2 plazas Juzgado de Primera Instancia n.º 5 Marbella


Auxilio Judicial

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 Antequera

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 Antequera

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 Estepona

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia n.º 4 Fuengirola

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia n.º 5 Fuengirola

- 1 plaza Juzgado de Instrucción n.º 5 Marbella

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia nº 1 Torremolinos

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 Torrox

- 1 plaza Juzgado de Paz Benalmádena

- 2 plazas Registro Civil Único Málaga

- 1 plaza Juzgado de lo Penal nº9 Málaga

- 1 plaza Juzgado de Primera Instancia nº 17 Málaga

- 1 plaza Juzgado de lo Mercantil n.º 1 Málaga

- 1 plaza SCPJ Marbella


Fecha publicación: 15/02/2019
Plazo presentación: 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Portal Adriano

Enlace Portal Adriano
Enlace Resolución

Sustitución horizontal/Sustitución vertical

Gestión
- 1 Plaza Juzgado de Primera Instancia nº 9 Málaga
- 1 Plaza Juzgado de Primera Instancia nº 11 Málaga
- 1 Plaza Sección 9ª Audiencia Provincial Málaga


Tramitación
- 1 Plaza Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 Estepona
- 1 Plaza Juzgado de Primera Instancia n.º 1 Fuengirola
- 1 Plaza Juzgado de lo Social nº 1 Málaga
- 1 Plaza Juzgado de lo Penal n.º 2 Málaga


Fecha publicación: 15/02/2019
Plazo presentación: 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Portal Adriano

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Comunitat valenciana: se va a cobrar el 100% de las retribuciones en las sustituciones al cuerpo superior


15 feb 2019



Llevamos muchos años reivindicando que “A MISMO TRABAJO, MISMO SUELDO” y, por fin, en la mesa Sectorial hemos acordado que se pague toda la diferencia retributiva, tanto en sueldo base como en complementos, cuando realizamos sustituciones al cuerpo superior.
La Conselleria se comprometió al principio de la legislatura a negociar esta reivindicación histórica y en mesa sectorial se nos presento una propuesta de resolución que la DGJ publicara en breve.
Seguro que hay algún sindicato que se atribuye el éxito de algo que lleva pidiéndose desde tiempos inmemoriales y que la Administración ya se comprometió en resolver a principios de año.

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Convocatoria de comisiones de servicio y sustituciones en la provincia de Sevilla



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La Ministra de Justicia tiene que negociar las retribuciones de todos los cuerpos y categorías profesionales de la Administración de Justicia


25 jul 2018



  • Además de con Jueces/zas y Fiscales, la Ministra de Justicia tiene que negociar las retribuciones de todos los cuerpos y categorías profesionales de la Administración de Justicia

CCOO VUELVE A EXIGIR A LA MINISTRA DE JUSTICIA LA APERTURA DE NEGOCIACIONES PARA MEJORAR TAMBIÉN LAS RETRIBUCIONES DE TODO EL PERSONAL DE JUSTICIA

El Ministerio de Justicia anuncia en nota de prensa que junto con “las cuatro asociaciones profesionales con representación en la carrera judicial y las tres asociaciones profesionales presentes en la carrera fiscal han acordado la puesta en marcha de un grupo de trabajo que estudie la adopción de mejoras retributivas para los miembros de ambas carreras ya en este ejercicio presupuestario de 2018”

El mismo día de la toma de posesión de la nueva ministra de justicia, Dolores Delgado, CCOO le remitimos un escrito en el que le solicitábamos la convocatoria de una reunión para tratar las reivindicaciones laborales y retributivas del personal de la Administración de Justicia.

Hasta la fecha, la nueva ministra no ha tenido a bien convocar dicha reunión con los representantes sindicales de los aproximadamente 50.000 trabajadores y trabajadoras de los cuerpos generales y especiales de personal funcionario de la Administración de Justicia y del personal laboral.

Mientras, en el día de ayer, mantuvo una reunión con las asociaciones profesionales de las carreras judicial y fiscal, colectivo de unas 8000 personas, en la que, según informa el propio ministerio, se ha comprometido a negociar sus retribuciones y otras condiciones de trabajo.

CCOO no vamos a permitir este trato desigual y discriminatorio hacia el personal al que representamos y reiteramos a la ministra Delgado nuestra solicitud de convocatoria urgente de una reunión y la apertura de negociaciones de forma inmediata para las mejoras retributivas y laborales necesarias.

Recordamos que CCOO en la carta remitida a la recién nombrada entonces Ministra de Justicia el pasado día 7 de junio le hacíamos llegar, entre otras, nuestras reivindicaciones de carácter económico:



RECLAMACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO DEL SECTOR DE JUSTICIA DE CCOO

Además de la reivindicación global de este sindicato para recuperar la totalidad de las retribuciones recortadas desde el año 2010 al conjunto del personal del sector público ha llegado el momento de mejorar las condiciones retributivas del personal al servicio de la Administración de Justicia, fundamentalmente mediante la corrección de injustos e injustificados desequilibrios que se vienen produciendo históricamente dentro de este ámbito o en comparación con otras administraciones públicas. CCOO solicitamos (como ya hicimos al equipo ministerial saliente) la apertura inmediata de negociaciones para corregir estos desequilibrios retributivos que se concretan en:

  • La revisión al alza de las retribuciones complementarias del personal funcionario destinado en los Juzgados de Paz.
  • La eliminación de los grupos de población en el Complemento General del Puesto, elevándose las cuantías de este concepto retributivo hasta alcanzar para todo el personal las que se perciben en Madrid y Barcelona.
  • La extensión del complemento de productividad a todos los cuerpos funcionariales y no solo, como en la actualidad, a Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia.
  • El reconocimiento de la carrera profesional horizontal, previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, existente en la inmensa mayoría de la Administraciones Públicas y no contemplado entre los derechos laborales y retributivos del personal de la Administración de Justicia en la LOPJ, que debe modificarse en este sentido.
  • La actualización de las retribuciones para que en todos los tipos guardia la relación salario/hora trabajada sea la misma y se eliminen las discriminaciones existentes en la actualidad en los que unos servicios de guardia están mejor retribuidos que otros.

A estas reivindicaciones hay que sumar derivadas del desequilibrio flagrante e injusto en las retribuciones del personal de la Administración de Justicia derivado de las diferencias existentes en el complemento específico del personal del ámbito de gestión del Ministerio de Justicia en comparación con el del resto de Comunidades Autónomas con competencias transferidas.

Como datos de inicio tenemos que resaltar:

  • El ámbito no transferido es el que tiene peores retribuciones por el complemento específico del conjunto del Estado.
  • Dicho complemento no ha sido revisado desde 2008 (además de haber sido sometido a los recortes generales desde 2010).
  • La diferencia con la comunidad autónoma con mayores retribuciones supera los 500 euros mensuales.
  • La diferencia con la media de las distintas retribuciones del ámbito transferido supera los 200 euros mensuales.
  • La diferencia con la Comunidad de Madrid, donde trabaja personal transferido y no transferido, supera los 320 euros mensuales.

Sin perjuicio de seguir aspirando a la eliminación de estas diferencias salariales, desde CCOO solicitamos una subida lineal inmediata de 300 euros para el complemento específico del personal de  los cuerpos de Letrados y Especiales del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, y del personal de los cuerpos de Médicos Forenses, Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial del ámbito competencial del Ministerio de Justicia.

Otras mejoras retributivas de carácter económico que reclamamos desde CCOO son:

  • Eliminación de los descuentos retributivos en caso de IT.
  • La retribución del 100% de las retribuciones por todos los conceptos en los casos de sustitución en plazas del cuerpo de titulación superior.
  • La elevación de los fondos de acción social al 1% de la masa salarial global, comenzándose, como mínimo con la reposición de las cantidades anteriores a los recortes de 2012.
  • La elevación de las prestaciones de la Mutualidad General Judicial, recuperándose también, como mínimo, las vigentes antes de los recortes de 2012.

Hemos tenido conocimiento de la reivindicación de las Asociaciones Profesionales Judiciales y Fiscales para que se mejoren sus retribuciones en los servicios de guardia y, al hilo de esta petición, queremos señalarle que para CCOO es una “línea roja” el hecho de que todo el personal que realice la guardia tenga, como ha venido siendo hasta ahora de forma pacífica, la misma retribución ya que otros elementos profesionales como la mayor o menor responsabilidad ya están reconocidos en otros conceptos retributivos y la indemnización por la realización de las guardias es fruto de las horas de trabajo realizadas por encima de la jornada laboral ordinaria y en días y horas no laborables que afecta a todo el personal por igual, sean Jueces/as o de cualquier otro cuerpo funcionarial.
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CCOO traslada a la nueva Directora General las reivindicaciones del personal de Justicia


4 jul 2018




Reunión con la nueva Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia

CCOO TRASLADA A LA DIRECTORA GENERAL EL CONJUNTO DE LAS REIVINDICACIONES DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y LE EXIGE EL COMIENZO INMEDIATO DE LAS NEGOCIACIONES

El anuncio de convocatoria de la Mesa Sectorial para este mismo mes de julio en la que se negociarán las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de 2017, 2018 y 2019 y el reconocimiento de la necesidad de avanzar en la mejora de las condiciones de trabajo, ha sido la respuesta de la representante del nuevo equipo del Ministerio de Justicia a las exigencias de CCOO.

En la reunión que se ha celebrado en el día de ayer la Directora General ha mostrado un talante favorable al inicio inmediato de negociaciones sobre la gran cantidad de asuntos que han quedado pendientes tras la salida del anterior gobierno, y desde CCOO le hemos transmitido que esperamos que estas buenas intenciones se conviertan en hechos concretos

CCOO exige concreción inmediata de los aspectos más urgentes pues llevan pendientes muchos meses: recuperación de los 9 días de asuntos particulares, recuperación del 100% del salario en caso de IT, solución a las cotizaciones de la Seguridad Social, recuperación de la jornada laboral de 35 horas y recuperación del 50 % de las plazas para la promoción interna, entre otros que no pueden demorarse ni un minuto más

CCOO ha exigido además el comienzo de las negociaciones para el incremento de las retribuciones, advirtiendo que, de no producirse, nos veremos abocados a la convocatoria de movilizaciones contundentes en el próximo otoño

Todo apunta a que puede hacerse realidad la adaptación a la Administración de Justicia de los acuerdos en materia de Empleo Público alcanzados por CCOO, como sindicato mayoritario, en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas

EL MINISTERIO DE JUSTICIA HA ANUNCIADO SU INTENCIÓN DE ACUMULAR LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO DE 2017 Y 2018 Y QUE SERÁN CONVOCADAS, COMO LA DE 2019, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
La concreción de estos procesos selectivos se recogerá en las bases de las convocatorias cuya negociación se producirá en breves fechas y siempre en este mes de Julio, según se ha comprometido la Directora General

A continuación recogemos el conjunto de reivindicaciones del personal de la Administración de Justicia que hemos trasladado desde CCOO a la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia en esta reunión:

Temas que afectan al conjunto de la Administración de Justicia en todos los ámbitos territoriales (transferidos y no transferidos):

  • Recuperación de los 9 días de permiso por asuntos particulares.
  • Corrección de errores en las cotizaciones a la Seguridad Social del personal interino.
  • Negociación y convocatoria de la Ofertas de Empleo Público de 2017, 2018 y 2019.
  • Restablecimiento de la jornada laboral de 35 horas semanales.
  • Incremento de las retribuciones complementarias en los Juzgados de Paz y eliminación de los grupos de población en el complemento general del puesto.
  • Reconocimiento y retribución de la carrera profesional horizontal.
  • Modificación de los horarios y retribuciones de los juzgados de guardia (especialmente las de disponibilidad y permanencia).
  • Retribución del 100% en las sustituciones verticales.
  • Elevación de las prestaciones de la MUGEJU.
  • Acuerdo definitivo para el Registro Civil.
  • Recuperación del 50% de plazas y convocatoria extraordinaria de Promoción Interna.
  • Revisión negociada de la Nueva Oficina Judicial y Fiscal y de la implantación de las nuevas tecnologías y el expediente judicial electrónico.
  • Creación de más juzgados donde las cargas de trabajo lo justifiquen.
  • Retirada de la propuesta del modificación del art. 521 de la LOPJ manteniéndose los actuales centros de destino.
  • Formación y especialización obligatoria en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.


2.- Temas que afectan al ámbito no transferido:

  • Conversión en plantilla de todas las plazas de refuerzo estructurales.
  • Regulación negociada de los sistemas extraordinarios de provisión de puestos de trabajo (comisiones de servicio, sustituciones y adscripciones provisionales).
  • Negociación de una nueva orden de selección de personal interino.
  • Incremento de la inversión en planes de formación profesional, con una apartado específico para las nuevas tecnologías.
  • Eliminación de los descuentos en caso de Incapacidad Temporal.
  • Extensión del complemento de productividad a todos los cuerpos. 
  • Subida del complemento específico para eliminar las actuales diferencias con los territorios transferidos.
  • Negociación del Plan de Igualdad.
  • Elevación de los fondos de acción social.
  • Ampliación de las plantillas y categorías del personal laboral, cobertura de todas las plazas y reclasificación e incremento de las retribuciones de las existentes.
  • Plan de inversiones para la mejora de las instalaciones judiciales y del Instituto Nacional de Toxicología.

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